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Documento DOUE-L-2023-81188

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1644 de la Comisión de 17 de agosto de 2023 que modifica los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 por lo que respecta a las entradas correspondientes al Reino Unido y los Estados Unidos en las listas de terceros países desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza.

Publicado en:
«DOUE» núm. 206, de 21 de agosto de 2023, páginas 64 a 68 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81188

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2016/429 exige que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, los productos reproductivos y los productos de origen animal procedan de un tercer país o un territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países o territorios, o zonas de tales países o territorios, o desde compartimentos de estos en el caso de los animales de la acuicultura.

(3)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas o compartimentos de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692.

(4)

En concreto, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral y de carne fresca de aves de corral y de aves de caza, respectivamente.

(5)

El Reino Unido ha notificado a la Comisión tres brotes de gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) en aves de corral en Escocia, en los municipios de Aberdeenshire (1) y Highland (1), y en la isla de Lewis (1), confirmados los días 8 y 9 de agosto de 2023 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR).

(6)

Además, Estados Unidos ha notificado a la Comisión dos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) en aves de corral en el estado de Nueva York, confirmados los días 29 de julio y 3 de agosto de 2023 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR).

(7)

A raíz de la detección de estos brotes recientes de GAAP, las autoridades veterinarias del Reino Unido y de Estados Unidos han establecido zonas restringidas de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de la enfermedad y limitar su propagación.

(8)

El Reino Unido y Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios, así como las medidas que han adoptado para evitar que la GAAP se siga propagando.

(9)

La Comisión ha evaluado esa información y ha determinado que, habida cuenta de la situación zoosanitaria en las zonas sujetas a restricciones establecidas por las autoridades veterinarias del Reino Unido y Estados Unidos, debe suspenderse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y aves de caza procedentes de dichas zonas, a fin de proteger la situación zoosanitaria de la Unión.

(10)

El Reino Unido ha facilitado información actualizada sobre la situación epidemiológica en sus territorios con respecto a la GAAP que dio lugar a la suspensión de la entrada de determinados productos en la Unión, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.

(11)

En particular, el Reino Unido ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con un brote de GAAP en un establecimiento de aves de corral situado en la provincia de Cumbria (Inglaterra) confirmado el 2 de julio de 2023.

(12)

El Reino Unido ha presentado también información sobre las medidas adoptadas para impedir que siga propagándose la GAAP. En particular, a raíz de esos brotes de la mencionada enfermedad, el Reino Unido ha aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar su propagación, y también ha completado las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados de su territorio.

(13)

La Comisión ha evaluado la información presentada por el Reino Unido, y considera que este país ha ofrecido garantías adecuadas de que la situación zoosanitaria que dio lugar a las suspensiones ya no representa una amenaza para la salud pública o animal en la Unión y que, en consecuencia, debe autorizarse de nuevo la entrada en la Unión de mercancías de aves de corral procedentes de las zonas de esos países desde las que se había suspendido la entrada en la Unión.

(14)

Procede, por tanto, modificar los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 para tener en cuenta la situación epidemiológica actual respecto a la GAAP en el Reino Unido y los Estados Unidos.

(15)

Teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual en el Reino Unido y los Estados Unidos en lo que respecta a la GAAP, las modificaciones que deben introducirse en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia.

(16)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de agosto de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (DO L 174 de 3.6.2020, p. 379).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 114 de 31.3.2021, p. 1).

ANEXO

Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican como sigue:

1)

El anexo V se modifica como sigue:

a)

en la parte 1, la sección B se modifica como sigue:

i)

en la entrada relativa al Reino Unido, la fila correspondiente a la zona GB-2.306 se sustituye por el texto siguiente:

«GB

Reino Unido

GB-2.306

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

2.7.2023

4.8.2023»,

ii)

en la entrada relativa al Reino Unido, se añaden las filas siguientes correspondientes a las zonas GB-2.309, GB-2.310 y GB-2.311 después de la fila correspondiente a la zona GB-2.308:

«GB

Reino Unido

GB-2.309

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

8.8.2023

 

GB-2.310

N, P1

 

8.8.2023

 

GB-2.311

N, P1

 

9.8.2023»,

 

iii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, se añaden las filas siguientes correspondientes a las zonas US-2.457 y US-2.458 después de las filas correspondientes a la zona US-2.456:

«US

Estados Unidos

US-2.457

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

29.7.2023

 

US-2.458

N, P1

 

3.8.2023»;

 

b)

la parte 2 se modifica como sigue:

i)

en la entrada relativa al Reino Unido, se añaden las siguientes descripciones de las zonas GB-2.309, GB-2.310 y GB-2.311 después de la descripción de la zona GB-2.308:

«Reino Unido

GB-2.309

cerca de Stornoway, Isla de Lewis, Escocia (Gran Bretaña)

La superficie contenida en un círculo de 10 km de radio cuyo centro tiene las coordenadas decimales Lat: N58.22 y Long: W6.25

GB-2.310

cerca de Portsoy, Aberdeenshire, Escocia (Gran Bretaña)

La superficie contenida en un círculo de 10 km de radio cuyo centro tiene las coordenadas decimales Lat: N57.67 y Long: W2.80

GB-2.311

en Lochcarron, Highland, Escocia (Gran Bretaña)

La superficie contenida en un círculo de 10 km de radio cuyo centro tiene las coordenadas decimales Lat: N57.40 y Long: W5.50»,

ii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, se añaden las siguientes descripciones de las zonas US-2.457 y US-2.458 después de la descripción de la zona US-2.456:

«Estados Unidos

US-2.457

Estado de Nueva York

Kings 04

Condado de Kings: una zona circular de 10 km de radio que comienza en el punto norte (coordenadas GPS: 73.9673514°W 40.7336098°N)

US-2.458

Estado de Nueva York

Kings 05

Condado de King: una zona circular de 10 km de radio que comienza en el punto norte (coordenadas GPS: 73.9869471°W 40.7240856°N)».

2)

En el anexo XIV, parte 1, la sección B se modifica como sigue:

i)

en la entrada relativa al Reino Unido, las filas correspondientes a la zona GB-2.306 se sustituyen por el texto siguiente:

«GB

Reino Unido

GB-2.306

POU, RAT

N, P1

 

2.7.2023

4.8.2023

GBM

P1

 

2.7.2023

4.8.2023»,

ii)

en la entrada relativa al Reino Unido, se añaden las filas siguientes correspondientes a las zonas GB-2.309, GB-2.310 y GB-2.311 después de la fila correspondiente a la zona GB-2.308:

«GB

Reino Unido

GB-2.309

POU, RAT

N, P1

 

8.8.2023

 

GBM

P1

 

8.8.2023

 

GB-2.310

POU, RAT

N, P1

 

8.8.2023

 

GBM

P1

 

8.8.2023

 

GB-2.311

POU, RAT

N, P1

 

9.8.2023

 

GBM

P1

 

9.8.2023»,

 

iii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, se añaden las filas siguientes correspondientes a las zonas US-2.457 y US-2.458 después de las filas correspondientes a la zona US-2.456:

«US

Estados Unidos

US-2.457

POU, RAT

N, P1

 

29.7.2023

 

GBM

P1

 

29.7.2023

 

US-2.458

POU, RAT

N, P1

 

3.8.2023

 

GBM

P1

 

3.8.2023».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos V y XIV del Reglamento 2021/404, de 24 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80413).
Materias
  • Aves de corral
  • Carnes
  • Enfermedad animal
  • Estados Unidos de América
  • Importaciones
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria

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