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Documento DOUE-L-2023-81130

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/809 de la Comisión, de 13 de abril de 2023, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados accesorios de tubería de acero inoxidable para soldadura a tope, acabados o no, originarios de la República Popular China y de Taiwán tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 195, de 3 de agosto de 2023, páginas 57 a 57 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81130

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 61, en el artículo 1, apartado 2:

donde dice:

«Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del pago de derechos, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes:

Empresa

Tipo del derecho antidumping definitivo (porcentaje)

Código TARIC adicional

Zhejiang Jnda Pipeline Industry Co., Ltd

48,9

C178»,

debe decir:

«Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del pago de derechos, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes:

Empresa

Tipo del derecho antidumping definitivo (porcentaje)

Código TARIC adicional

Zhejiang Jndia Pipeline Industry Co., Ltd

48,9

C178».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/08/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2023/809, de 13 de abril (Ref. DOUE-L-2023-80527).
Materias
  • Acero
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Productos siderúrgicos
  • Taiwán
  • Tuberías

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