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Documento DOUE-L-2023-80606

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/908 de la Comisión, de 3 de mayo de 2023, por el que se modifica por 335ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 116, de 4 de mayo de 2023, páginas 10 a 12 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80606

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida ( 1 ), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartados 1 y 5,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos de conformidad con dicho Reglamento.

(2) El 26 de abril de 2023, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido en virtud de las resoluciones 1267(1999), 1989(2011) y 2253(2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, añadió dos entradas a la lista de personas, grupos y entidades a las que debe aplicarse la inmovilización de fondos y recursos económicos.

(3) Tras un análisis técnico del anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, deben modificarse dos entidades de la lista de personas y entidades a las que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos.

(4) Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia.

(5) Con el fin de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean efectivas, este debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 e mayo de 2023.

Por la Comisión

En nombre de la Presidenta,

El director general

Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales

 

 

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se modifica como sigue:

1) En el epígrafe «Personas físicas», se añaden las siguientes entradas:

a) «Maulawi Rajab (alias de buena calidad: Maulawi Rajab Salahudin). Fecha de nacimiento: 1976. Lugar de nacimiento: Afganistán. Nacionalidad: afgano. Dirección: Distrito de Paghman, provincia de Kabul, Afganistán. Otros datos: Alto dirigente del Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán EIIL-J. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 26.04.2023.» b) «Sultan Aziz Azam. Fecha de nacimiento: 1985. Lugar de nacimiento: Afganistán. Nacionalidad: afgano. Dirección: Afganistán. Otros datos: Portavoz del Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán EIIL-J. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 26.04.2023.»

2) Los datos de identificación de la siguiente entrada bajo el epígrafe «Personas físicas» del anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se modifican como sigue:

«Emraan Ali (alias de baja calidad: Abu Jihad TNT). Fecha de nacimiento: a) 4.7.1967. Lugar de nacimiento: a) Río Claro, Trinidad y Tobago. Nacionalidad: a) Trinidad y Tobago; b) Estados Unidos de América. Pasaporte n.o a) TB162181 (pasaporte de Trinidad y Tobago expedido el 27.1.2015 y caducado el 26.1.2020); b) 420985453 (pasaporte de los Estados Unidos de América expirado el 6.2.2017). Documento nacional de identidad n.o 19670704052 (número de identificación de Trinidad y Tobago). Dirección: a) Estados Unidos de América (detenido, Centro Federal de Detención — Miami, número de registro: 10423-509); b) #12 Río Claro Mayaro Road, Rio Claro, Trinidad (localización anterior: 2008-marzo de 2015); c) # 7 Guayaguayare Road, Rio Claro, Trinidad (ubicación anterior, aproximadamente 2003); d) Estados Unidos de América (localización anterior: enero de 1991-2008). Otros datos: a) Miembro dirigente del Estado Islámico de Irak y el Levante (EIIL), que figura como Al-Qaida en Irak. Reclutó para el EIIL y dio instrucciones a individuos mediante vídeo en línea para que perpetraran acciones terroristas. b) Descripción física: altura: 176 cm; peso: 73 kg; complexión: media. color de ojos: castaño; color de pelo: negro/calvo; tez: oliva; c) Habla inglés. Fecha de designación con arreglo al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 23.11.2021.»

se sustituye por lo siguiente:

«Emraan Ali (alias de baja calidad: Abu Jihad TNT). Fecha de nacimiento: 4.7.1967. Lugar de nacimiento: Río Claro, Trinidad y Tobago. Nacionalidad: a) Trinidad y Tobago; b) Estados Unidos de América. Pasaporte n.o : a) TB162181 (pasaporte de Trinidad y Tobago expedido el 27.1.2015 y caducado el 26.1.2020); b) 420985453 (pasaporte de los Estados Unidos de América expirado el 6.2.2017). N.o de identificación nacional: 19670704052 (número de identificación de Trinidad y Tobago). Dirección: a) Estados Unidos de América (detenido, Centro Federal de Detención — Miami, número de registro: 10423-509); b) #12 Río Claro Mayaro Road, Rio Claro, Trinidad (localización anterior: 2008-marzo de 2015); c) # 7 Guayaguayare Road, Rio Claro, Trinidad (ubicación anterior, aproximadamente 2003); d) Estados Unidos de América (localización anterior: enero de 1991-2008). Otros datos: a) Miembro dirigente del Estado Islámico de Irak y el Levante (EIIL), que figura como Al-Qaida en Irak. Reclutó para el EIIL y dio instrucciones a individuos mediante vídeo en línea para que perpetraran acciones terroristas; b) Descripción física: altura: 176 cm; peso: 73 kg; complexión: media. color de ojos: castaño; color de pelo: negro/calvo; tez: oliva; c) Habla inglés. Fecha de designación con arreglo al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 23.11.2021.»

 

3) Los datos de identificación de la siguiente entrada del epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades» del anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se modifican como sigue:

«Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán (EIIL-J) [alias: a) Jorasán del EIIL, b) Provincia de Jorasán del Estado Islámico, c) Valiato de Jorasán del EIIL, d) Sección de Asia Meridional del EIIL, e) División de Asia Meridional del EIIL]. Otros datos: El 2015 de enero de 10, un antiguo comandante talibán de Tehrik-e Taliban Pakistan (TTP) anunció la constitución del Estado Islámico de Irak y el Levante — Jorasán (EIIL-J), el cual fue establecido por antiguos comandantes de la facción talibán que juraron lealtad al Estado Islámico de Irak y el Levante (incluido en la lista como Al-Qaida en Irak). EIIL-J ha reivindicado numerosos atentados tanto en Afganistán como en Pakistán. Fecha de designación conforme al artículo 7 sexies, letra e): 14.5.2019.» 

se sustituye por lo siguiente:

«Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán (EIIL-J) [alias: a) Jorasán del EIIL, b) Provincia de Jorasán del Estado Islámico, c) Valiato de Jorasán del EIIL, d) Sección de Asia Meridional del EIIL, e) División de Asia Meridional del EIIL, f) Estado Islámico de Irak y ash-Sham – provincia de Khorasan, g) Jorasán del Estado Islámico de Irak y Siria, h) Estado Islámico de Irak y el Levante en la provincia de Jorasán, i) Estado Islámico de Jorasán, j) EIIL-J, k) ISIS-K, l) IS-Khorasan)]. Otros datos: El 2015 de enero de 10, un antiguo comandante talibán de Tehrik-e Taliban Pakistan (TTP) anunció la constitución del Estado Islámico de Irak y el Levante — Jorasán (EIIL-J), el cual fue establecido por antiguos comandantes de la facción talibán que juraron lealtad al Estado Islámico de Irak y el Levante (incluido en la lista como Al-Qaida en Irak). EIIL-J ha reivindicado numerosos atentados tanto en Afganistán como en Pakistán. Fecha de designación conforme al artículo 7 sexies, letra e): 14.5.2019.»

( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Cuentas bloqueadas
  • Delincuencia organizada
  • Sanciones
  • Terrorismo

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