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Documento DOUE-L-2023-80553

Decisión de Ejecución (UE) 2023/837 de la Comisión de 17 de abril de 2023 que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803, por la que se establecen los importes provisionales asignados a cada Estado miembro con cargo a los recursos de la Reserva de Adaptación al Brexit y el importe mínimo de la ayuda a las comunidades costeras locales y regionales [notificada con el número C(2023) 2459].

Publicado en:
«DOUE» núm. 105, de 20 de abril de 2023, páginas 55 a 58 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80553

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2021/1755 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de octubre de 2021, por el que se establece la Reserva de Adaptación al Brexit (1), y en particular su artículo 4, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 8 de octubre de 2021, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803 (2), por la que se establecen los importes provisionales asignados a cada Estado miembro con cargo a los recursos de la Reserva de Adaptación al Brexit, de conformidad con la metodología establecida en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/1755, así como el importe mínimo de los recursos que deben gastarse con arreglo al artículo 4, apartado 4, de ese Reglamento.

(2)

De conformidad con el artículo 4 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/1755, los Estados miembros pueden presentar a la Comisión una solicitud motivada para transferir al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido mediante el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), la totalidad o parte de los importes de su asignación provisional fijada en el acto de ejecución de la Comisión al que se refiere el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/1755.

(3)

Con arreglo al artículo 4 bis, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/1755, cuando un Estado miembro decida transferir la totalidad o parte de su asignación provisional al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con dicho artículo, han de reducirse proporcionalmente los importes que deban destinarse a los fines del artículo 4, apartado 4, párrafo primero.

(4)

Veintitrés Estados miembros han presentado una solicitud motivada para transferir un importe total de 2 089 446 003 EUR de la Reserva de Adaptación al Brexit al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La Comisión ha evaluado positivamente estas solicitudes.

(5)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803 en consecuencia.

(6)

Por razones de programación, los importes provisionales globales asignados a cada Estado miembro deben indicarse a precios corrientes.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 17 de abril de 2023.

Por la Comisión

Elisa FERREIRA

Miembro de la Comisión

 

 

(1)  DO L 357 de 8.10.2021, p. 1.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803 de la Comisión, de 8 de octubre de 2021, por la que se establecen los importes provisionales asignados a cada Estado miembro con cargo a los recursos de la Reserva de Adaptación al Brexit y el importe mínimo de la ayuda a las comunidades costeras locales y regionales (DO L 362 de 12.10.2021, p. 3).

(3)  Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, p. 17).

ANEXO

El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1803 se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO

Importes provisionales asignados a cada Estado miembro con cargo a los recursos de la Reserva de Adaptación al Brexit e importe mínimo de la ayuda a las comunidades costeras locales y regionales, a precios corrientes (en EUR), a raíz de las transferencias de recursos al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Estado miembro

Importe relativo a los factores contemplados en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/1755

Asignación provisional total (después de las transferencias)

Importes transferidos al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)

Importe mínimo que debe gastarse con arreglo al artículo 4, apartado 4, para apoyar a las comunidades costeras locales y regionales

Comercio de bienes y servicios con el Reino Unido

Pescado capturado en la zona económica exclusiva del Reino Unido

Regiones marítimas fronterizas con el Reino Unido

BE-Bélgica

129 217 527

23 333 576

5 172 766

157 723 869

228 850 088

11 040 671

BG-Bulgaria

9 372 864

 

 

9 372 864

6 000 000

 

CZ-Chequia

0

 

 

0

54 918 029

 

DK-Dinamarca

89 484 857

119 487 833

 

208 972 690

66 026 588

14 628 088

DE-Alemania

396 922 262

29 938 608

 

426 860 870

219 739 187

14 969 304

EE-Estonia

0

 

 

0

6 615 616

 

IE-Irlanda

855 060 202

96 925 106

63 216 817

1 015 202 125

150 000 000

48 462 552

EL-Grecia

13 031 153

 

 

13 031 153

25 600 000

 

ES-España

211 333 066

3 113 984

 

214 447 050

58 000 000

 

FR-Francia

142 041 225

41 642 737

47 867 301

231 551 263

504 000 000

16 208 588

HR-Croacia

0

 

 

0

7 190 532

 

IT-Italia

146 769 412

 

 

146 769 412

0

 

CY-Chipre

0

 

 

0

52 056 350

 

LV-Letonia

0

 

 

0

10 946 343

 

LT-Lituania

7 465 868

18 705

 

7 484 573

4 700 000

 

LU-Luxemburgo

0

 

 

0

128 475 124

 

HU-Hungría

57 157 852

 

 

57 157 852

0

 

MT-Malta

4 322 261

 

 

4 322 261

40 000 000

 

NL-Países Bajos

485 768 732

95 761 650

24 784 255

606 314 637

280 000 000

42 442 025

AT-Austria

27 711 512

 

 

27 711 512

0

 

PL-Polonia

172 161 964

1 471 297

 

173 633 261

0

 

PT-Portugal

0

0

 

0

81 358 359

 

RO-Rumanía

0

 

 

0

43 162 623

 

SI-Eslovenia

0

 

 

0

5 257 380

 

SK-Eslovaquia

0

 

 

0

36 307 747

 

FI-Finlandia

9 000 000

 

 

9 000 000

14 242 037

 

SE-Suecia

67 431 973

4 001 632

 

71 433 605

66 000 000

 

Total EU-27

2 824 252 730

415 695 128

141 041 139

3 380 988 997

2 089 446 003

147 751 228 .

»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2021/1803, de 8 de octubre (Ref. DOUE-L-2021-81369).
Materias
  • Ayudas
  • Financiación comunitaria
  • Fondos de dinero
  • Gestión presupuestaria
  • Pesca marítima
  • Política económica
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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