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Documento DOUE-L-2023-80440

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2021/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 767/2008, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1240, (UE) 2018/1860, (UE) 2018/1861 y (UE) 2019/817 en lo que respecta al establecimiento de las condiciones de acceso a otros sistemas de información de la UE a efectos del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes.

Publicado en:
«DOUE» núm. 84, de 23 de marzo de 2023, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80440

TEXTO ORIGINAL

 

1) En la página 16, considerando 10:

donde dice:

«A fin de completar determinados aspectos técnicos detallados del Reglamento (UE) 2018/1240, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos de conformidad con el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por lo que respecta a la especificación de las condiciones para la correspondencia entre los datos contenidos en un registro, una alerta o un expediente de los otros sistemas de información de la UE consultados y los datos contenidos en un expediente de solicitud del SEIAV.»,

debe decir:

«A fin de completar determinados aspectos técnicos detallados del Reglamento (UE) 2018/1240, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos de conformidad con el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por lo que respecta a la especificación de las condiciones para la correspondencia entre los datos contenidos en un registro, una descripción o un expediente de los otros sistemas de información de la UE consultados y los datos contenidos en un expediente de solicitud del SEIAV.».

2) En la página 23, artículo 1, punto 5 [modificación del artículo 11, apartado 9, segunda frase, del Reglamento (UE) 2018/1240]:

donde dice:

«La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 89 a fin de especificar las condiciones para la correspondencia entre los datos contenidos en un registro, alerta o expediente de los otros sistemas de información de la UE consultados y un expediente de solicitud.»,

debe decir:

«La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 89 a fin de especificar las condiciones para la correspondencia entre los datos contenidos en un registro, una descripción o un expediente de los otros sistemas de información de la UE consultados y un expediente de solicitud.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/03/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2021/1152, de 7 de julio (Ref. DOUE-L-2021-80962).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2018/1240, de 12 de septiembre (Ref. DOUE-L-2018-81491).
Materias
  • Acceso a la información
  • Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas
  • Comisión Europea
  • Comités consultivos
  • Cooperación judicial internacional
  • Delegación de atribuciones
  • Extranjeros
  • Ficheros con datos personales
  • Fronteras
  • INTERPOL
  • Libre circulación de personas
  • Redes de telecomunicación
  • Viajeros

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