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Documento DOUE-L-2023-80395

Decisión de Ejecución (UE) 2023/600 de la Comisión de 13 de marzo de 2023 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 en lo que respecta a las normas armonizadas relativas a aparatos de calefacción, luminarias de acuario, interruptores automáticos y secadoras tipo tambor.

Publicado en:
«DOUE» núm. 79, de 17 de marzo de 2023, páginas 171 a 175 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80395

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

Según el artículo 12 de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), el material eléctrico que sea conforme con normas armonizadas o partes de estas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea debe presumirse conforme con los objetivos de seguridad a que se refiere el artículo 3 de dicha Directiva y establecidos en su anexo I a los que se apliquen dichas normas o partes de estas.

(2)

Mediante la carta M/511, de 8 de noviembre de 2012, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN), al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) que facilitaran la primera lista completa de los títulos de las normas armonizadas sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión, y encomendó a estas entidades la elaboración, revisión y finalización de dichas normas armonizadas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE («la solicitud»). Los objetivos de seguridad a los que se refiere el artículo 3 de la Directiva 2014/35/UE, que figuran en su anexo I, no han cambiado desde que se efectuó la solicitud al CEN, el Cenelec y el ETSI.

(3)

Sobre la base de la solicitud, el CEN y el Cenelec revisaron, en lo relativo a las secadoras tipo tambor, la norma armonizada EN 60335-2-11: 2010, modificada por la EN 60335-2-11:2010/A1:2015 y la EN 60335-2-11:2010/A11:2012, cuyas referencias se publicaron mediante la Comunicación de la Comisión 2018/C 326/02 (3). Esto dio lugar a la adopción de la norma armonizada EN IEC 60335-2-11:2022 y su modificación EN IEC 60335-2-11:2022/A11:2022.

(4)

Sobre la base de la solicitud, el CEN y el Cenelec modificaron las siguientes normas armonizadas, cuyas referencias se publicaron mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 de la Comisión (4): EN 60335-2-30:2009, modificada por EN 60335-2-30:2009/A11:2012, EN 60335-2-30:2009/A1:2020 y EN 60335-2-30:2009/A12:2020 y corregida por EN 60335-2-30:2009/AC:2010 y EN 60335-2-30:2009/AC:2014, en lo relativo a los aparatos de calefacción; y EN 62423:2012, modificada por EN 62423:2012/A11:2021, en lo relativo a los interruptores automáticos. Esto dio lugar a la adopción de las siguientes modificaciones: EN 60335-2-30:2009/A2:2022 y EN 60335-2-30:2009/A13:2002; y EN 62423:2012/A12:2022.

(5)

 

 

(6)

Sobre la base de la solicitud, el CEN y el Cenelec también modificaron, en lo relativo a las luminarias para acuarios, la norma armonizada EN 60598-2-11:2013, cuya referencia se publicó mediante la Comunicación 2018/C 326/02. Este proceso dio lugar a la adopción de la norma armonizada modificativa EN 60598-2-11:2013/A1:2022.

 

La Comisión, junto con el CEN y el Cenelec, ha evaluado si dichas normas armonizadas y sus modificaciones se ajustan a la solicitud.

(7)

Las siguientes normas armonizadas cumplen los objetivos de seguridad que pretenden cubrir y que se establecen en la Directiva 2014/35/UE: EN IEC 60335-2-11:2022, modificada por EN IEC 60335-2-11:2022/A11:2022; EN 60335-2-30:2009, modificada por EN 60335-2-30:2009/A11:2012, EN 60335-2-30:2009/A1:2020, EN 60335-2-30:2009/A12:2020, EN 60335-2-30:2009/A2:2022 y EN 60335-2-30:2009/A13:2022 y corregida por EN 60335-2-30:2009/AC:2010 y EN 60335-2-30:2009/AC:2014; EN 62423:2012, modificada por EN 62423:2012/A11:2021 y EN 62423:2012/A12:2022; y EN 60598-2-11:2013, modificada por EN 60598-2-11:2013/A1:2022. Procede, por tanto, publicar las referencias de estas normas, así como sus modificaciones, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(8)

En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se enumeran las referencias de las normas armonizadas que confieren una presunción de conformidad con la Directiva 2014/35/UE. A fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE figuren en un único acto, las referencias de dichas normas y de sus modificaciones deben incluirse en el mencionado anexo.

(9)

Por consiguiente, dado que las normas armonizadas EN 60335-2-30:2009 y EN 62423:2012 han sido revisadas o modificadas, es necesario retirar sus referencias de la serie L del Diario Oficial de la Unión Europea, junto con las referencias de toda norma que las modifique o corrija. Procede, por tanto, eliminar estas referencias del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956.

(10)

Dado que las normas armonizadas EN 60335-2-11:2010 y EN 60598-2-11:2013 han sido revisadas, también es necesario retirar sus referencias de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea, junto con las referencias de toda norma que las modifique o corrija. En el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se enumeran las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE que se retiran de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea. Procede, por tanto, incluir estas referencias en el mencionado anexo.

(11)

A fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para adaptar el material eléctrico al que se aplique la norma armonizada EN 60335-2-11:2010, modificada por EN 60335-2-11:2010/A1:2015 y EN 60335-2-11:2010/A11:2012; EN 60335-2-30:2009, modificada por EN 60335-2-30:2009/A1:2020, EN 60335-2-30:2009/A11:2012 y EN 60335-2-30:2009/A12:2020 y corregida por EN 60335-2-30:2009/AC:2010 y EN 60335-2-30:2009/AC:2014; EN 62423:2012, modificada por EN 62423:2012/A11:2021; o EN 60598-2-11: 2013, es necesario aplazar la retirada de las referencias de dichas normas armonizadas.

(12)

 

(13)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 en consecuencia.

 

El cumplimiento de una norma armonizada confiere una presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes, incluidos los objetivos de seguridad, que se hayan establecido en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se modifica como sigue:

1) el anexo I se modifica de conformidad con el anexo I de la presente Decisión;

2) el anexo II se modifica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El punto 1 del anexo I se aplicará a partir del 17 de septiembre de 2024.

Hecho en Bruselas, el 13 de marzo de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(2)  Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (DO L 96 de 29.3.2014, p. 357).

(3)  Comunicación 2018/C 326/02 de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (DO C 326 de 14.9.2018, p. 4).

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2019, relativa a las normas armonizadas sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión que se han elaborado en apoyo de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 306 de 27.11.2019, p. 26).

ANEXO I

El anexo I se modifica como sigue:

1) Se suprimen las filas 78 y 92.

 

2) Se insertan las filas siguientes en orden secuencial:

Referencia de la norma

«78 bis.

EN 60335-2-30:2009

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-30: Requisitos particulares para aparatos de calefacción de locales

EN 60335-2-30:2009/A1:2020

EN 60335-2-30:2009/A11:2012

EN 60335-2-30:2009/A12:2020

EN 60335-2-30:2009/A13:2022

EN 60335-2-30:2009/A2:2022

EN 60335-2-30:2009/AC:2010

EN 60335-2-30:2009/AC:2014»;

«92 bis.

EN 62423:2012

Interruptores automáticos tipo F y tipo B para actuar por corriente diferencial residual, con y sin dispositivo de protección contra sobreintensidades incorporado, para usos domésticos y análogos.

EN 62423:2012/A11:2021

EN 62423:2012/A12:2022».

3) Se añaden las filas siguientes:

Referencia de la norma

«131.

EN IEC 60335-2-11:2022

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-11: Requisitos particulares para secadoras tipo tambor

EN IEC 60335-2-11:2022/A11:2022

132.

EN 60598-2-11:2013

Luminarias. Parte 2-11: Requisitos particulares. Luminarias de acuario.

EN 60598-2-11:2013/A1:2022».

ANEXO II

En el anexo II se añaden las filas siguientes:

Referencia de la norma

Fecha de retirada

«120.

EN 60335-2-11:2010

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-11: Requisitos particulares para secadoras tipo tambor

EN 60335-2-11:2010/A11:2012

EN 60335-2-11:2010/A1:2015

17.9.2024

121.

EN 60598-2-11:2013

Luminarias. Parte 2-11: Requisitos particulares. Luminarias de acuario.

17.9.2024».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/03/2023
  • Fecha de publicación: 17/03/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 17/03/2023
  • Aplicable el punto 1 del anexo I desde el 17 de septiembre de 2024.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2023/600/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II de la Decisión 2019/1956, de 26 de noviembre (Ref. DOUE-L-2019-81818).
Materias
  • Aparatos de uso doméstico
  • Calefacción
  • Electricidad
  • Normalización
  • Seguridad industrial

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