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Documento DOUE-L-2023-80167

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/257 de la Comisión de 6 de febrero de 2023 por el que se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412 de la Comisión relativo a la autorización del aceite esencial de ylang ylang procedente de Cananga odorata (Lam) Hook f. & Thomson como aditivo en piensos para todas las especies animales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 35, de 7 de febrero de 2023, páginas 19 a 20 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80167

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412 de la Comisión (2)  se autorizó, por un período de 10 años, el uso del aceite esencial de ylang ylang como aditivo en piensos para todas las especies animales.

(2) En la medida transitoria establecida en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412, se indicó una fecha incorrecta para los animales no productores de alimentos.

(3) Procede, por tanto, corregir el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412 en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

«3.   Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan la sustancia especificada en el anexo que hayan sido producidos y etiquetados antes del 11 de septiembre de 2024 de conformidad con las disposiciones aplicables antes del 11 de septiembre de 2022 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales no productores de alimentos.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1412 de la Comisión, de 19 de agosto de 2022, relativo a la autorización del aceite esencial de ylang ylang procedente de Cananga odorata (Lam) Hook f. & Thomson como aditivo en piensos para todas las especies animales (DO L 217 de 22.8.2022, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.3 del Reglamento 2022/1412, de 19 de agosto (Ref. DOUE-L-2022-81250).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentos para animales
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Piensos

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