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Documento DOUE-L-2023-80100

Reglamento Delegado (UE) 2023/167 de la Comisión de 3 de noviembre de 2022 que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/256 por el que se establece una planificación de la rotación plurianual.

Publicado en:
«DOUE» núm. 24, de 26 de enero de 2023, páginas 3 a 6 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80100

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de octubre de 2019, por el que se establece un marco común para las estadísticas europeas relativas a las personas y los hogares, basadas en datos individuales recogidos a partir de muestras, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 808/2004, (CE) n.o 452/2008 y (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento Delegado (UE) 2020/256 de la Comisión (2)  estableció una planificación de la rotación plurianual para la recogida de datos con arreglo al Reglamento (UE) 2019/1700 entre 2021 y 2028.

(2) Para garantizar que la planificación de la rotación plurianual es eficaz y acorde a las necesidades de los usuarios, es necesario adaptarla especificando el tema ad hoc que debe cubrir el módulo ad hoc de 2025 de la Encuesta Europea sobre la Renta y las Condiciones de Vida (EU-SILC), dado que dicho tema se desconocía cuando se adoptó el Reglamento Delegado (UE) 2020/256.

(3) Las adaptaciones de la planificación de la rotación plurianual deben entrar en vigor a más tardar 24 meses antes del inicio de cada período de recogida de datos especificado en la planificación para las recogidas de datos anuales o infraanuales.

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado (UE) 2020/256 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2020/256 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 31 de diciembre de 2022.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 261 I de 14.10.2019, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2020/256 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de una planificación de la rotación plurianual (DO L 54 de 26.2.2020, p. 1).

ANEXO

En el anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2020/256, la parte B se sustituye por el texto siguiente:

«Parte B: Períodos de recogida de datos para los ámbitos con varias periodicidades

Ámbitos

Grupos (siglas)

Años de recogida de los datos

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

Población activa

Trimestral (LFQ)

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Cada trimestre

Anual (LFY)

X

X

X

X

X

X

X

X

“Motivos de la migración” y «Disposiciones relativas al horario laboral” (LF2YA)

X

 

X

 

X

 

X

 

“Participación en educación y formación formal y no formal (doce meses)”, “Discapacidad y otros componentes del Módulo mínimo europeo del estado de salud” y “Componentes del Módulo mínimo europeo del estado de salud” (LF2YB)

 

X

 

X

 

X

 

X

Situación de los inmigrantes y de sus hijos en el mercado laboral (LF8YA)

X

 

 

 

 

 

 

 

Pensión y participación en el mercado laboral (LF8YB)

 

 

X

 

 

 

 

 

“Los jóvenes en el mercado laboral” y “Estudios terminados: detalles, incluidos la interrupción o abandono de los estudios” (LF8YC)

 

 

 

X

 

 

 

 

Conciliación de la vida laboral con la vida familiar (LF8YD)

 

 

 

 

X

 

 

 

Organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral (LF8YE)

 

 

 

 

 

 

X

 

Accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo (LF8YF)

 

 

 

 

 

 

 

X

Tema ad hoc sobre capacidades profesionales

 

X

 

 

 

 

 

 

Tema ad hoc (se determinará más adelante)

 

 

 

 

 

X

 

 

Renta y condiciones de vida

Anual (ILCY)

X

X

X

X

X

X

X

X

Niños (ILC3YA)

X

 

 

X

 

 

X

 

Salud (ILC3YB)

 

X

 

 

X

 

 

X

Mercado laboral y vivienda (ILC3YC)

 

 

X

 

 

X

 

 

Calidad de vida (ILC6YA)

 

X

 

 

 

 

 

X

Transmisión intergeneracional de desventajas y dificultades en materia de vivienda (ILC6YB)

 

 

X

 

 

 

 

 

Acceso a los servicios (ILC6YC)

 

 

 

X

 

 

 

 

Sobreendeudamiento, consumo y riqueza (ILC6YD)

 

 

 

 

 

X

 

 

Tema ad hoc sobre formas de convivencia y condiciones de vida de los menores con progenitores separados o en familias reconstituidas

X

 

 

 

 

 

 

 

Tema ad hoc sobre la eficiencia energética de los hogares

 

 

X

 

 

 

 

 

Tema ad hoc sobre energía y medio ambiente

 

 

 

 

X

 

 

 

Tema ad hoc (se determinará más adelante)

 

 

 

 

 

 

X».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2020/256, de 16 de diciembre de 2019 (Ref. DOUE-L-2020-80266).
Materias
  • Estadística
  • Información
  • Oficina Estadística de las Comunidades Europeas
  • Reglamentaciones técnicas
  • Unión Europea

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