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Documento DOUE-L-2023-80040

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2581 de la Comisión, de 20 de junio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al suministro de información en la solicitud de autorización de una entidad de crédito.

Publicado en:
«DOUE» núm. 10, de 12 de enero de 2023, páginas 113 a 113 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80040

TEXTO ORIGINAL

En la página 86, en la nota (2):

donde dice:

«Reglamento Delegado (UE) 2022/2580 de la Comisión, de 17 de junio de 2022, por el que se completa la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas técnicas de regulación que especifican la información que debe proporcionarse en la solicitud de autorización de las entidades de crédito, así como los obstáculos que podrían impedir el ejercicio efectivo de las funciones de supervisión de las autoridades competentes (DO L 335 de XX.XX.XXXX, p. 64).»,

debe decir:

«Reglamento Delegado (UE) 2022/2580 de la Comisión, de 17 de junio de 2022, por el que se completa la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas técnicas de regulación que especifican la información que debe proporcionarse en la solicitud de autorización de las entidades de crédito, así como los obstáculos que podrían impedir el ejercicio efectivo de las funciones de supervisión de las autoridades competentes (DO L 335 de 29.12.2022, p. 64).».

En la página 87, en el artículo 3:

donde dice:

«El presente Reglamento se aplicará a las solicitudes de autorización como entidad de crédito presentadas a partir del XXX inclusive.»,

debe decir:

«El presente Reglamento se aplicará a las solicitudes de autorización como entidad de crédito presentadas a partir del 18 de julio de 2023 inclusive.».

En la página 87, en el artículo 4:

donde dice:

«El presente Reglamento será aplicable a partir del XXX.»,

debe decir:

«El presente Reglamento será aplicable a partir del 18 de julio de 2023.».

En la página 88, en el anexo, nota (1):

donde dice:

«DO L 335 de XX.XX.XXXX, p. 64.»,

debe decir:

«DO L 335 de 29.12.2022, p. 64.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/01/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2022/2581, de 20 de junio (Ref. DOUE-L-2022-81972).
Materias
  • Autorizaciones
  • Control financiero
  • Entidades de crédito
  • Información
  • Libertad de establecimiento

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