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Documento DOUE-L-2022-81639

Decisión (PESC) 2022/2185 del Consejo de 8 de noviembre de 2022 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2018/1939 relativa al apoyo de la Unión a la universalización y la aplicación efectiva del Convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear.

Publicado en:
«DOUE» núm. 288, de 9 de noviembre de 2022, páginas 80 a 80 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81639

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 10 de diciembre de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1939 (1).

(2) El 7 de junio de 2021, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2021/919 (2), por la que se modificó la Decisión (PESC) 2018/1939 y se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2022 el período de aplicación para las actividades mencionadas en su artículo 1.

(3) El 7 de junio de 2022 y el 6 de septiembre de 2022, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo solicitaron, respectivamente, y en su calidad de agencias de ejecución, una prórroga de siete meses del período de ejecución de la Decisión (PESC) 2018/1939 hasta el 30 de junio de 2023, habida cuenta del retraso continuado que sufría la ejecución de las actividades contempladas en la Decisión (PESC) 2018/1939 debido a la repercusión de la pandemia de COVID-19.

(4)La continuación de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2018/1939 hasta el 30 de junio de 2023 puede llevarse a cabo sin consecuencias en lo que se refiere a los recursos financieros.

(5) Por lo tanto, procede modificar el artículo 5 de la Decisión (PESC) 2018/1939 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 5 de la Decisión (PESC) 2018/1939, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«Expirará el 30 de junio de 2023.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 8 de noviembre de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

Z. STANJURA

(1)  Decisión (PESC) 2018/1939 del Consejo, de 10 de diciembre de 2018, relativa al apoyo de la Unión a la universalización y la aplicación efectiva del Convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear (DO L 314 de 11.12.2018, p. 41).

(2)  Decisión (PESC) 2021/919 del Consejo, de 7 de junio de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2018/1939 del Consejo relativa al apoyo de la Unión a la universalización y la aplicación efectiva del Convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear (DO L 201 de 8.6.2021, p. 27).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 de la Decisión 2018/1939, de 10 de diciembre (Ref. DOUE-L-2018-82002).
Materias
  • Armas
  • Cooperación internacional
  • Energía nuclear
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Terrorismo

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