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Documento DOUE-L-2022-81434

Decisión (UE) 2022/1846 del Consejo de 29 de septiembre de 2022 sobre la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio.

Publicado en:
«DOUE» núm. 256, de 4 de octubre de 2022, páginas 3 a 4 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81434

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con la Decisión (UE) 2022/614 del Consejo (2) , el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio (3) (en lo sucesivo, «Acuerdo en forma de Canje de Notas») fue firmado el 5 de abril de 2022, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

(2)

Los objetivos del Acuerdo en forma de Canje de Notas son que la Unión y la República de Mauricio puedan seguir colaborando para promover una política pesquera sostenible y la explotación responsable de los recursos pesqueros en las aguas mauricianas, y que los buques de la Unión puedan llevar a cabo sus actividades pesqueras en esas aguas.

(3)

Conviene aprobar el Acuerdo en forma de Canje de Notas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio.

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el punto 10 del Acuerdo en forma de Canje de Notas (4).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J. SÍKELA

 

(1)  Aprobación de 13 de septiembre de2022.

(2)  Decisión (UE) 2022/614 del Consejo, de 11 de febrero de 2022, sobre la firma, en nombre de la Unión, y la aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República de Mauricio relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Mauricio (DO L 115 de 13.4.2022, p. 43).

(3)  DO L 115 de 13.4.2022, p. 45.

(4)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo en forma de Canje de Notas.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el Acuerdo de 5 de abril de 2022, adjunto a la Decisión 2022/614, de 11 de febrero (Ref. DOUE-L-2022-80616).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Financiación comunitaria
  • Flota pesquera
  • Isla de Mauricio
  • Material de pesca
  • Pesca marítima

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