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Documento DOUE-L-2022-80994

Decisión (PESC) 2022/1093 del Consejo de 30 de junio de 2022 relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 176, de 1 de julio de 2022, páginas 22 a 25 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80994

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 41, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

De acuerdo con la Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo (1), se creó el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) para la financiación por los Estados miembros de las acciones de la Unión en el marco de la política exterior y de seguridad común destinadas a mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional, de conformidad con el artículo 21, apartado 2, letra c), del Tratado. En particular, en virtud del artículo 1, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509, el FEAP puede financiar acciones para reforzar las capacidades de terceros Estados y organizaciones regionales e internacionales en relación con asuntos militares y de defensa.

(2)

La Estrategia Global de 2016 para la Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea establece los objetivos de reforzar la seguridad y la defensa, invertir en la resiliencia de los Estados y sociedades situados al este de la Unión, desarrollar un enfoque integrado en relación con los conflictos y las crisis, promover y apoyar los órdenes regionales de cooperación y reforzar la gobernanza mundial con fundamento en el Derecho internacional, incluido el cumplimiento del Derecho internacional de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario.

(3)

El 21 de marzo de 2022, el Consejo aprobó la Brújula Estratégica con el objetivo de convertirse en un proveedor de seguridad más fuerte y más capaz, en particular recurriendo en mayor medida al FEAP en apoyo de las capacidades de defensa de los socios.

(4)

La Unión está determinada a mantener una estrecha relación en favor de una República de Moldavia fuerte, independiente y próspera, basada en el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo de Asociación»), incluida la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo, y a promover la asociación política y la integración económica, al tiempo que apoya firmemente la soberanía y la integridad territorial de la República de Moldavia dentro de sus fronteras reconocidas internacionalmente. De conformidad con el artículo 5 del Acuerdo de Asociación, la Unión y la República de Moldavia intensificarán su diálogo y cooperación y promoverán la convergencia gradual en el ámbito de la política exterior y de seguridad, incluida la política común de seguridad y defensa (PCSD), y abordarán en particular asuntos relativos a la prevención de conflictos y la gestión de crisis, la estabilidad regional, el desarme, la no proliferación y el control de armas y de su exportación.

(5)

La Unión reconoce la importante contribución de la República de Moldavia a la PCSD de la Unión, incluida la contribución permanente a la Misión de Formación de la Unión Europea en Mali.

(6)

La presente Decisión se añade a la Decisión (PESC) 2021/2136 del Consejo (3), en lo relativo al compromiso continuado de la Unión de apoyar el refuerzo de las capacidades de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia en ámbitos de necesidad prioritaria.

(7)

En su carta de 20 de abril de 2022, dirigida al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante»), el viceprimer ministro y ministro de Asuntos Exteriores e Integración Europea de la República de Moldavia, de conformidad con el artículo 59, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2021/509, solicitó a la Unión el apoyo a las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia, mediante el refuerzo de las capacidades de los servicios de logística, movilidad, mando y control, ciberdefensa, reconocimiento de aeronaves no tripuladas y comunicaciones tácticas.

(8)

Las medidas de asistencia se han de ejecutar teniendo en cuenta los principios y requisitos establecidos en la Decisión (PESC) 2021/509, y en particular el cumplimiento de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (4), y de conformidad con las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP.

(9)

El Consejo reafirma su determinación de proteger, promover y cumplir los derechos humanos, las libertades fundamentales y los principios democráticos, y de reforzar el Estado de Derecho y la buena gobernanza de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con el Derecho internacional, en particular el Derecho internacional de los derechos humanos y el Derecho internacional humanitario.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Establecimiento, objetivos, alcance y duración

1.   Queda establecida una medida de asistencia en favor de la República de Moldavia (en lo sucesivo «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).

2.   La medida de asistencia tendrá como objetivo general contribuir a reforzar las capacidades de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia con el fin de mejorar la seguridad nacional, la estabilidad y la resiliencia en el sector de la defensa, en consonancia con la política de la Unión. Adicionalmente a la ayuda prestada anteriormente por el FEAP, la medida de asistencia permitirá a las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia aumentar la eficacia operativa, acelerar el cumplimiento de las normas de la Unión y la interoperabilidad y, de este modo, proteger mejor a la población civil en situaciones de crisis y emergencia. También reforzará las capacidades del beneficiario en lo relativo a su participación en las misiones y operaciones militares de la PCSD de la Unión, así como en otras operaciones multinacionales. La medida de asistencia tendrá como objetivo específico reforzar las capacidades de las unidades de logística, movilidad, mando y control, ciberdefensa, reconocimiento de aeronaves no tripuladas y comunicaciones tácticas de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia.

3.   Para alcanzar los objetivos establecidos en el apartado 2, la medida de asistencia financiará el suministro de los siguientes equipos no diseñados para producir efectos letales, suministros y servicios, entre ellos la formación sobre los equipos de las unidades del Mando de Fuerzas Terrestres de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia receptoras de ayuda en el marco de la medida de asistencia:

 a) equipos logísticos;

 b) equipos de movilidad;

 c) equipos de mando y control;

 d) equipos de ciberdefensa;

 e) equipos de reconocimiento de aeronaves no tripuladas;

 f) equipos de comunicaciones tácticas.

4.   La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de celebración del primer contrato entre el administrador de las medidas de asistencia en su calidad de ordenador y las entidades a que se refiere el artículo 4, apartado 2, de la presente Decisión, de conformidad con el artículo 32, apartado 2, letra a), de la Decisión (PESC) 2021/509.

Artículo 2

Disposiciones financieras

1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la medida de asistencia será de 40 000 000 EUR.

2.   Todos los gastos se gestionarán con arreglo a la Decisión (PESC) 2021/509 y las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP.

Artículo 3

Acuerdos con el beneficiario

1.   El Alto Representante celebrará con el beneficiario los acuerdos necesarios para garantizar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la presente Decisión como condición para el suministro de apoyo en virtud de la medida de asistencia.

2.   Los acuerdos a que se refiere el apartado 1 incluirán disposiciones que obliguen al beneficiario a garantizar:

 a) el cumplimiento por parte de las unidades de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia receptoras de ayuda en el marco de la medida de asistencia, del Derecho internacional pertinente, en particular el Derecho internacional de los derechos humanos y el Derecho internacional humanitario;

 b) el uso adecuado y eficiente de cualquier bien suministrado en virtud de la medida de asistencia para los fines previstos;

 c) el mantenimiento suficiente de cualquier bien proporcionado en virtud de la medida de asistencia para garantizar la aptitud para el uso y la disponibilidad operativa a lo largo de su ciclo de vida;

 d) que no se produzca la pérdida de ningún bien proporcionado en virtud de la medida de asistencia, ni su transferencia al final de su ciclo de vida a personas o entidades distintas de las determinadas en dichos acuerdos sin el consentimiento del Comité del Fondo, establecido en virtud de la Decisión (PESC) 2021/509.

3.   Los acuerdos a que se refiere el apartado 1 incluirán disposiciones sobre la suspensión y la rescisión del apoyo en virtud de la medida de asistencia en caso de que el beneficiario incumpliese las obligaciones establecidas en el apartado 2.

Artículo 4

Ejecución

1.   El Alto Representante será responsable de garantizar que la ejecución de la presente Decisión se ajusta a la Decisión (PESC) 2021/509 y a las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP, de manera coherente con el marco metodológico integrado para evaluar y determinar las medidas y controles necesarios para las medidas de asistencia en el marco del FEAP.

2.   Se encargarán de la ejecución de las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 3:

 a) el Centro Estonio de Inversión en Defensa por lo que respecta al artículo 1, apartado 3, letras a), b), c), e) y f), y

 b) la Academia de Gobernanza Electrónica por lo que respecta al artículo 1, apartado 3, letra d).

Artículo 5

Seguimiento, control y evaluación

1.   El Alto Representante garantizará que se realice un seguimiento del cumplimiento por parte del beneficiario de las obligaciones establecidas con arreglo al artículo 3. Dicho seguimiento permitirá tomar conciencia del contexto y los riesgos de incumplimiento de las obligaciones establecidas en virtud del artículo 3, y contribuirá a prevenir tales incumplimientos, incluidas las violaciones del Derecho internacional de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario por parte de las unidades de las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia receptoras de ayuda en virtud de la medida de asistencia.

2.   El control posterior al envío de los equipos y suministros se organizará de la siguiente forma:

 a) verificación de la entrega, consistente en que los certificados de entrega deben ser firmados por las fuerzas que constituyan el usuario final en el momento de la transmisión de la propiedad;

 b) información sobre el inventario, consistente en que el beneficiario informará anualmente sobre el inventario de los artículos designados hasta que el Comité Político y de Seguridad ya no considere necesaria tal información;

 c) control sobre el terreno, consistente en que el beneficiario otorgará al Alto Representante acceso para llevar a cabo controles sobre el terreno, previa solicitud.

3.   El Alto Representante llevará a cabo una valoración, en forma de una primera evaluación estructurada de la medida de asistencia, seis meses después de la primera entrega de los equipos. Esto podrá implicar visitas sobre el terreno para inspeccionar el equipo y los suministros proporcionados, y los servicios prestados, en virtud de la medida de asistencia, o cualquier otra forma eficaz de obtener información independiente. Una vez finalizadas la entrega de equipos y suministros, y la prestación de servicios, en virtud de la medida de asistencia, se llevará a cabo una evaluación final para valorar si la medida de asistencia ha contribuido al logro de los objetivos establecidos.

Artículo 6

Presentación de informes

Durante el período de ejecución, el Alto Representante presentará al Comité Político y de Seguridad informes semestrales sobre la ejecución de la medida de asistencia de conformidad con el artículo 63 de la Decisión (PESC) 2021/509. El administrador de las medidas de asistencia informará periódicamente al Comité del Fondo, establecido en virtud de la Decisión (PESC) 2021/509, sobre la ejecución de los ingresos y gastos, de conformidad con el artículo 38 de dicha Decisión, lo que incluirá facilitar información sobre los proveedores y subcontratistas implicados.

Artículo 7

Suspensión y terminación

1.   El Comité Político y de Seguridad podrá decidir suspender total o parcialmente la ejecución de la medida de asistencia de conformidad con el artículo 64 de la Decisión (PESC) 2021/509.

2.   El Comité Político y de Seguridad podrá recomendar al Consejo que rescinda la medida de asistencia.

Artículo 8

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 30 de junio de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J.-Y. LE DRIAN

(1)  Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528 (DO L 102 de 24.3.2021, p. 14).

(2)  DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.

(3)  Decisión (PESC) 2021/2136 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de la República de Moldavia (DO L 432 de 3.12.2021, p. 63).

(4)  Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 335 de 13.12.2008, p. 99).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Decisión 2021/509, de 22 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80367).
Materias
  • Armas
  • Ayudas
  • Cooperación militar
  • Financiación comunitaria
  • Fondo CE
  • Moldavia
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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