Está Vd. en

Documento DOUE-L-2022-80944

Decisión de Ejecución (UE) 2022/984 de la Comisión de 22 de junio de 2022 sobre la equivalencia entre el marco regulador de la República Popular China y los requisitos del Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las entidades de contrapartida central autorizadas a compensar derivados extrabursátiles en el mercado interbancario y supervisadas por el Banco Popular de China.

Publicado en:
«DOUE» núm. 167, de 24 de junio de 2022, páginas 103 a 107 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80944

TEXTO ORIGINAL

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/984 DE LA COMISIÓN

de 22 de junio de 2022

sobre la equivalencia entre el marco regulador de la República Popular China y los requisitos del Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las entidades de contrapartida central autorizadas a compensar derivados extrabursátiles en el mercado interbancario y supervisadas por el Banco Popular de China

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (1), y en particular su artículo 25, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

El procedimiento para el reconocimiento de las entidades de contrapartida central («ECC») establecidas en terceros países que se prevé en el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 648/2012 tiene por objeto permitir a las ECC establecidas y autorizadas en terceros países cuyas normas de regulación sean equivalentes a las contenidas en dicho Reglamento prestar servicios de compensación a miembros compensadores o centros de negociación establecidos en la Unión. Dicho procedimiento de reconocimiento y las decisiones de equivalencia previstas en él contribuyen, pues, a la realización del objetivo general del Reglamento (UE) n.o 648/2012, a saber, reducir el riesgo sistémico potenciando el recurso a ECC sólidas y seguras para la compensación de contratos de derivados extrabursátiles, incluso cuando dichas ECC estén establecidas y autorizadas en un tercer país.

(2)

Para que el régimen jurídico de un tercer país se considere equivalente al régimen jurídico de la Unión con respecto a las ECC, el resultado sustancial del marco jurídico y de supervisión aplicable de dicho régimen debe ser equivalente al de los requisitos de la Unión por lo que respecta a los objetivos de regulación logrados por dichos requisitos. Por tanto, la finalidad de la evaluación de tal equivalencia es comprobar si el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China garantiza que las ECC establecidas y autorizadas en dicho país para compensar derivados extrabursátiles en el mercado interbancario no exponen a los miembros compensadores y los centros de negociación establecidos en la Unión a un nivel de riesgo más elevado que aquel al que quedarían expuestos por las ECC autorizadas en la Unión y que, por consiguiente, no suponen niveles inaceptables de riesgo sistémico en la Unión. En este sentido, debe, en particular, tenerse en cuenta el grado significativamente menor de riesgo inherente a las actividades de compensación realizadas en un mercado financiero más pequeño que el mercado financiero de la Unión.

(3)

El artículo 25, apartado 6, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) n.o 648/2012 contiene tres condiciones para determinar que el marco jurídico y de supervisión de un tercer país con respecto a las ECC autorizadas en él es equivalente al establecido en el citado Reglamento.

(4)

De conformidad con el artículo 25, apartado 6, letra a), del Reglamento (UE) n.o 648/2012, las ECC autorizadas en un tercer país deben cumplir requisitos jurídicamente vinculantes que sean equivalentes a los requisitos establecidos en el título IV de dicho Reglamento.

(5)

La presente Decisión se aplica al régimen de regulación y supervisión aplicable a las ECC autorizadas por el Banco Popular de China a compensar derivados extrabursátiles en el mercado interbancario. El Banco Popular de China es responsable de la autorización y la supervisión de las ECC que compensan de forma centralizada las operaciones de derivados extrabursátiles en los mercados interbancarios chinos. En la República Popular China, las operaciones interbancarias con derivados extrabursátiles se definen como las transacciones entre inversores institucionales correspondientes a contratos de derivados que no se negocian en un mercado bursátil supervisado por la Comisión Reguladora de Valores de China («CSRC», por sus siglas en inglés) (2). Los mercados interbancarios chinos constan principalmente del mercado interbancario de obligaciones (3), el mercado de préstamos interbancarios (4) y el mercado de divisas interbancario (5). Los mercados interbancarios de derivados extrabursátiles incluyen los derivados sobre tipos de interés, los derivados sobre tipos de cambio, los derivados sobre renta fija, los derivados de crédito y los derivados sobre materias primas. Los contratos de derivados que son competencia del Banco Popular de China corresponden a un subconjunto de los contratos de derivados cubiertos por las disposiciones aplicables a las ECC establecidas en el Reglamento (UE) n.o 648/2012.

(6)

La presente Decisión no cubre el régimen regulador y de supervisión aplicable a las ECC que compensan derivados negociados en un mercado bursátil supervisado por la CSRC de conformidad con el capítulo V de la Ley de Valores de la República Popular China, el capítulo II del Reglamento sobre la Administración de Operaciones de Futuros y la Ley de Futuros y Derivados de la República Popular China.

(7)

Los requisitos jurídicamente vinculantes de la República Popular China para las ECC autorizadas por el Banco Popular de China son los que figuran en la Ley de la República Popular China sobre el Banco Popular de China («Ley del Banco Popular de China») (6) y en reglamentos subordinados, que establecen las obligaciones jurídicas que deben cumplir las ECC establecidas y autorizadas en la República Popular China. En particular, según la «Comunicación de 2013 sobre cuestiones relativas a la aplicación de los principios para las infraestructuras del mercado financiero de la Oficina General de la República Popular China» (7), las ECC autorizadas están obligadas a aplicar y poner en práctica las normas internacionales establecidas en virtud de los Principios aplicables a las Infraestructuras del Mercado Financiero (PIMF), publicados en abril de 2012 por el Comité de Pagos e Infraestructuras de Mercado y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (8).

(8)

Los principios básicos para las ECC establecidos en las normas aplicables en la República Popular China establecen normas de alto nivel que las ECC deben cumplir para ser autorizadas a prestar servicios de compensación en China. Con arreglo a estos principios, las ECC deben cumplir los PIMF, disponer de mecanismos de gobernanza claros y transparentes, promover la seguridad y la eficiencia de las infraestructuras de los mercados financieros y apoyar la estabilidad del sistema financiero en general. El Banco Popular de China también puede imponer requisitos específicos a las ECC, en particular con respecto a los mecanismos de control interno y los sistemas de gestión de riesgos.

(9)

Las ECC autorizadas están sujetas a la supervisión permanente del Banco Popular de China. Las ECC autorizadas deben notificar al Banco Popular de China cualquier modificación de sus normas o de aspectos importantes, incluidos los cambios en sus abanicos de actividades y el lanzamiento de nuevos servicios, cualquier cambio en el control de la gestión de riesgos y en los planes de emergencia, cualquier modificación de los estatutos y de los procedimientos y las políticas internos, y cualquier fusión o adquisición. El Banco Popular de China debe aprobar tales modificaciones en las normas o aspectos importantes.

(10)

Los requisitos jurídicamente vinculantes en la República Popular China para las ECC sometidas a la supervisión del Banco Popular de China incluyen, por tanto, una estructura de dos niveles. El primer nivel está formado por la Ley del Banco Popular de China y sus reglamentos subordinados, que establecen las normas de alto nivel, incluida la aplicación de los PIMF, que las ECC deben cumplir. El segundo nivel consiste en las normas y procedimientos que obligan a las ECC autorizadas a presentar al Banco Popular de China, para su aprobación, cualquier modificación de su gama de servicios y de sus normas de negocio, incluidas las normas de gestión de riesgos y las normas y procedimientos internos.

(11)

La evaluación de si el marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC establecidas en la República Popular China bajo la supervisión del Banco Popular de China es equivalente al marco jurídico y de supervisión de la Unión también debe tener en cuenta el resultado en términos de reducción del riesgo que dicho marco jurídico y de supervisión garantiza en cuanto al nivel de riesgo al que están expuestos los miembros compensadores y los centros de negociación establecidos en la Unión debido a su participación en dichas entidades. El resultado en lo que respecta a la reducción del riesgo viene determinado, por una parte, por el nivel de riesgo inherente a las actividades de compensación llevadas a cabo por la ECC de que se trate, que depende del tamaño del mercado financiero en que opera, y, por otra, por la idoneidad del marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC para reducir el nivel de riesgo. A fin de lograr un mismo resultado en lo que respecta a la reducción del riesgo, son necesarios unos requisitos más estrictos en la materia en el caso de las ECC que desarrollan sus actividades en mercados financieros más grandes, cuyo nivel inherente de riesgo es mayor, que en el de las ECC que llevan a cabo sus actividades en mercados financieros más pequeños, cuyo nivel inherente de riesgo es menor.

(12)

Los mercados financieros en los que las ECC autorizadas en el mercado interbancario de la República Popular China llevan a cabo sus actividades de compensación son significativamente más pequeños que aquellos en los que las ECC establecidas en la Unión llevan a cabo sus actividades de compensación. En particular, en los tres últimos años, el valor total de las operaciones con derivados compensadas en ECC supervisadas por el Banco Popular de China representó menos del 1 % del valor total de las operaciones con derivados compensadas en la Unión. Por consiguiente, la participación en tales ECC expone a los miembros compensadores y a los centros de negociación establecidos en la Unión a riesgos significativamente menores que los que conlleva su participación en las ECC autorizadas en la Unión.

(13)

Por consiguiente, el marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC establecidas en la República Popular China bajo la supervisión del Banco Popular de China debe considerarse equivalente al marco jurídico y de supervisión de la Unión cuando dicho marco jurídico y de supervisión sea adecuado para mitigar ese nivel de riesgo menor. Las reglas primarias aplicables a las ECC autorizadas por el Banco Popular de China, incluida la obligación impuesta a las ECC autorizadas de aplicar y poner en práctica los PIMF, reducen el menor nivel de riesgo existente en el mercado en cuestión y logran un resultado en términos de reducción del riesgo equivalente al perseguido por el Reglamento (UE) n.o 648/2012.

(14)

La Comisión concluye, por tanto, que el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China garantiza que las ECC autorizadas por el Banco Popular de China cumplen requisitos jurídicamente vinculantes que son equivalentes a los requisitos establecidos en el título IV del Reglamento (UE) n.o 648/2012.

(15)

Con arreglo al artículo 25, apartado 6, letra b), del Reglamento (UE) n.o 648/2012, el marco jurídico y de supervisión del tercer país con respecto a las ECC autorizadas en él debe prever que tales ECC estén sometidas de forma permanente a una supervisión y un control del cumplimiento efectivos.

(16)

El Banco Popular de China es responsable de la supervisión de las ECC autorizadas en el mercado interbancario y participa en la gestión cotidiana de las ECC que supervisa. El Banco Popular de China cuenta con amplias competencias para controlar y sancionar a las ECC autorizadas, incluida la facultad de llevar a cabo inspecciones in situ y a distancia, pedir a una ECC autorizada que efectúe correcciones, emitir avisos, confiscar ganancias ilegales, imponer sanciones a una ECC y advertir y multar a los directores, altos ejecutivos de la ECC y a otros empleados directamente responsables.

(17)

Por consiguiente, la Comisión concluye que las ECC autorizadas y supervisadas por el Banco Popular de China están sujetas de forma permanente a una supervisión y un control del cumplimiento efectivos.

(18)

Con arreglo al artículo 25, apartado 6, letra c), del Reglamento (UE) n.o 648/2012, el marco jurídico y de supervisión de un tercer país debe incluir un sistema equivalente efectivo para el reconocimiento de las ECC autorizadas en virtud de regímenes jurídicos de terceros países («ECC de terceros países»).

(19)

De conformidad con el artículo 4, apartados 1 y 9, y el artículo 32, apartado 8, de la Ley sobre el Banco Popular de China, el Banco Popular de China es responsable de mantener el funcionamiento normal de los sistemas de compensación y es competente para aplicar las normas y reglamentos relativos al sistema de compensación. Las ECC establecidas fuera de la República Popular China que deseen compensar instrumentos financieros para bancos comerciales establecidos en la República Popular China pueden solicitar una carta de no objeción Imagen: http://publications.europa.eu/resource/uriserv/OJ.L_.2022.167.01.0103.01.SPA.xhtml.L_2022167ES.01010601.tif.jpg que el Banco Popular de China puede conceder de forma ad hoc en el marco de sus competencias. La Comisión no tiene indicios de que el Banco Popular de China ejerza indebidamente sus poderes discrecionales. El Banco Popular de China puede tener en cuenta el marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC de terceros países en su jurisdicción de origen. El Banco Popular de China coopera con supervisores e instancias de control de ECC de terceros países en lo relativo a la «responsabilidad E» de los PIMF (9). Además, la norma sobre el capital para la exposición al riesgo de las ECC (10) de la Comisión de Regulación Bancaria y de Seguros de China («CBIRC», por sus siglas en inglés) permite a la CBIRC otorgar a ECC de terceros países el reconocimiento como «ECC habilitadas», lo que permite a los bancos comerciales chinos aplicar ponderaciones de riesgo más bajas a las exposiciones frente a dichas ECC de terceros países.

(20)

Por consiguiente, la Comisión concluye que el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China aplicable a las ECC bajo la supervisión del Banco Popular de China establece un sistema equivalente efectivo para el reconocimiento de las ECC de terceros países.

(21)

Por consiguiente, cabe considerar que el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China satisface las condiciones establecidas en el artículo 25, apartado 6, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) n.o 648/2012, y que debe considerarse equivalente a los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.o 648/2012. La presente Decisión se basa en el marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC autorizadas a compensar derivados extrabursátiles por el Banco Popular de China en el momento de adopción de la presente Decisión. La Comisión y la Autoridad Europea de Valores y Mercados seguirán controlando de forma periódica la evolución del marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC en la República Popular China y el cumplimiento de las condiciones con arreglo a las cuales se ha adoptado la presente Decisión.

(22)

Al menos cada tres años, la Comisión revisará los motivos por los que el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China se considera equivalente al marco jurídico y de supervisión de la Unión, incluido el marco jurídico y de supervisión aplicable a las ECC que estén bajo la supervisión del Banco Popular de China. Dichas revisiones periódicas se entenderán sin perjuicio de la facultad de la Comisión de llevar a cabo una revisión específica en cualquier momento cuando acontecimientos relevantes hagan necesario que la Comisión reevalúe la equivalencia entre dicho marco jurídico y de supervisión y el marco jurídico y de supervisión de la Unión. Basándose en las conclusiones de dichas revisiones, la Comisión podrá decidir modificar o derogar la presente Decisión en cualquier momento, en particular cuando la evolución de la regulación y la supervisión en la República Popular China afecte a las condiciones en las que se basa la adopción de la presente Decisión.

(23)

Las medidas establecidas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Europeo de Valores.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

A efectos del artículo 25, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 648/2012, el marco jurídico y de supervisión de la República Popular China consistente en la Ley de la República Popular China sobre el Banco Popular de China y sus reglamentos subordinados, aplicables a las entidades de contrapartida central autorizadas por el Banco Popular de China a compensar derivados extrabursátiles en el mercado interbancario, debe considerarse equivalente a los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.o 648/2012.

Artículo 2

A más tardar el 22 de junio de 2025 y, posteriormente, cada tres años, la Comisión revisará los motivos en los que se basó la decisión a que se refiere el artículo 1.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 201 de 27.7.2012, p. 1.

(2)  Capítulo V de la Ley de Valores de la República Popular China (Decreto n.o 14 del Presidente de la República Popular China) y capítulo II del Reglamento sobre la Administración de Operaciones de Futuros (Decreto n.o 676 del Consejo de Estado).

(3)  Artículo 3, «Medidas para la administración de las operaciones de bonos en el mercado nacional interbancario de bonos», Orden n.o 2 del Banco Popular de China [2000].

(4)  Artículo 3, «Medidas para la administración de los préstamos interbancarios», Decreto n.o 3 del Banco Popular de China [2007].

(5)  Artículo 2, «Disposiciones provisionales sobre la administración del mercado interbancario de divisas», YF [1996] n.o 423.

(6)  Ley de la República Popular China sobre el Banco Popular de China, adoptada en la tercera sesión de la Octava Asamblea Popular Nacional el 18 de marzo de 1995.

(7)  Comunicación sobre cuestiones relativas a la aplicación de los principios para las infraestructuras del mercado financiero de la Oficina General de la República Popular China (YBF [2013] n.o 187).

(8)  Committee on Payment and Settlement Systems/Technical Committee of the International Organization of Securities Commissions (Comité de Pagos e Infraestructuras del Mercado/Comité Técnico de la Organización Internacional de Comisiones de Valores), Principios aplicables a las Infraestructuras del Mercado Financiero, abril de 2012, CPMI Papers n.o 101.

(9)  Comunicación sobre cuestiones relativas a la aplicación de los principios para las infraestructuras del mercado financiero de la Oficina General de la República Popular China (YBF [2013] n.o 187, p. 11).

(10)  CBIRC 2013-33.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • China
  • Control financiero
  • Entidades auditoras y de inspección
  • Mercado de Valores
  • Sistema financiero

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid