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Documento DOUE-L-2022-80847

Decisión (PESC) 2022/882 del Consejo de 3 de junio de 2022 por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 153, de 3 de junio de 2022, páginas 88 a 91 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80847

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 15 de octubre de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/642/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Bielorrusia.

(2) El 24 de febrero de 2022, el presidente de la Federación de Rusia anunció una operación militar en Ucrania y las fuerzas armadas rusas iniciaron un ataque en Ucrania, también desde el territorio de Bielorrusia. Dicho ataque constituye una violación flagrante de la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

(3) El 2 de marzo de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/356 (2), por la que se modificó el título de la Decisión 2012/642/PESC y se introdujeron nuevas medidas restrictivas en respuesta a la participación de Bielorrusia en la agresión rusa contra Ucrania.

(4) En sus Conclusiones de 24 de marzo de 2022, el Consejo Europeo declaró que la Unión sigue dispuesta a reaccionar con rapidez con más sanciones contundentes coordinadas contra Rusia y Bielorrusia con el fin de frustrar con eficacia las capacidades de Rusia para continuar la guerra de agresión.

(5) En vista de la gravedad de la situación, procede ampliar la lista de entidades de crédito bielorrusas y sus filiales bielorrusas sujetas a medidas restrictivas con respecto a la prestación de servicios especializados de mensajería financiera. También procede ampliar la lista de entidades sujetas a restricciones con respecto a las autorizaciones para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso, y de productos y tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad.

(6) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2012/642/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2012/642/PESC se modifica como sigue:

1) El artículo 2  sexvicies  se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2 sexvicies

 1.   Queda prohibido prestar servicios especializados de mensajería financiera, utilizados para intercambiar datos financieros, a las personas jurídicas, entidades y organismos que figuren en el anexo V o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del 50 % a una entidad que figure en el anexo V.

 2.   Para cada persona jurídica, entidad u organismo a que se refiere el anexo V, la prohibición establecida en el apartado 1 se aplicará a partir de la fecha mencionada en dicho anexo. La prohibición se aplicará a partir de esa misma fecha a toda persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del 50 % a una entidad que figure en el anexo V.».

2) Los anexos II y V de la Decisión 2012/642/PESC se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 3 de junio de 2022.

Por el Consejo

La Presidenta

C. COLONNA

(1)  Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania (DO L 285 de 17.10.2012, p. 1).

(2)  Decisión (PESC) 2022/356 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia (DO L 67 de 2.3.2022, p. 103).

ANEXO

1) El anexo II de la Decisión 2012/642/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO II

LISTA DE PERSONAS JURÍDICAS, ENTIDADES U ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 

QUINQUIES

Ministerio de Defensa de Bielorrusia

140 Repair Plant JSC

558 Aircraft Repair Plant JSC

2566 Radioelectronic Armament Repair Plant JSC

AGAT – Control Systems – Managing Company of Geoinformation Control Systems Holding, JSC

AGAT – Electromechanical Plant OJSC

AGAT – SYSTEM

ATE – Engineering LLC

BelOMO Holding

Belspetsvneshtechnika SFTUE

Beltechexport CJSC

BSVT – New Technologies

Departamento de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la Provincia de Gómel

Tropas de Interior del Ministerio del Interior de la República de Bielorrusia

KGB Alpha

Kidma Tech OJSC

Minotor-Service

Minsk Wheeled Tractor Plant

Oboronnye Initsiativy LLC

OJS KB Radar Managing Company

Peleng JSC

Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia

Comité de Seguridad del Estado de la República de Bielorrusia

Transaviaexport Airlines JSC

Volatavto OJSC.

»

 

2) El anexo V de la Decisión 2012/642/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO V

LISTA DE PERSONAS JURÍDICAS, ENTIDADES U ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 SEXVICIES

Nombre de la persona jurídica, entidad u organismo

Fecha de aplicación

Belagroprombank

20 de marzo de 2022

Bank Dabrabyt

20 de marzo de 2022

Development Bank of the Republic of Belarus

20 de marzo de 2022

Belinvestbank (Banco Bielorruso de Desarrollo y Reconstrucción)

14 de junio de 2022.

»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2 sexvicies y MODIFICA los anexos II y V de la Decisión 2012/642, de 15 de octubre (Ref. DOUE-L-2012-81880).
Materias
  • Acceso a la información
  • Bielorrusia
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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