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EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 12 de octubre de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/1464 (1). |
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(2) |
La Decisión (PESC) 2020/1464 establece un período de ejecución de 24 meses para las actividades a que se refiere su artículo 1, a partir de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere su artículo 3, apartado 3. |
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(3) |
El 9 de febrero de 2022, la Oficina Federal de Asuntos Económicos y Control de Exportaciones alemana (Bundesamt für Wirtschaft und Ausfuhrkontrolle, BAFA), en su calidad de agencia de ejecución, solicitó la autorización de la Unión para prorrogar el período de aplicación de la Decisión (PESC) 2020/1464 36 meses, hasta el 30 de noviembre de 2023, debido a las dificultades surgidas a raíz de la persistente pandemia de COVID-19. |
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(4) |
La BAFA solicita asimismo añadir una conferencia adicional para los países socios con sistemas avanzados de control de las exportaciones, así como una actividad de evaluación intermedia adicional. |
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(5) |
La continuación de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2020/1464, incluidas las dos actividades adicionales añadidas con arreglo a la presente Decisión del Consejo, se puede realizar sin ninguna implicación en materia de recursos financieros hasta el 30 de noviembre de 2023. |
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(6) |
Debe modificarse el artículo 5 de la Decisión (PESC) 2020/1464 así como los puntos 5.2.5, 5.2.6 y 10 de su anexo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Decisión (PESC) 2020/1464 se modifica como sigue:
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1) |
El artículo 5 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 5 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción y expirará el 30 de noviembre de 2023.». |
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2) |
El anexo se modifica como sigue:
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La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 30 de mayo de 2022.
Por el Consejo
La Presidenta
C. COLONNA
(1) Decisión (PESC) 2020/1464 del Consejo, de 12 de octubre de 2020, sobre la promoción de controles eficaces de las exportaciones de armas (DO L 335 de 13.10.2020, p. 3).
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