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EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 122, apartado 2, y su artículo 132, apartado 1,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular sus artículos 17, 21 y 34.1,
Visto el Reglamento (UE) n.o 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (1), y en particular su artículo 8,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Los depósitos mantenidos en el Banco Central Europeo (BCE) conforme a la Decisión 2010/624/UE del Banco Central Europeo (BCE/2010/17) (2) deben remunerarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión (UE) 2019/1743 del Banco Central Europeo (BCE/2019/31) (3), a fin de garantizar que los depósitos comparables se remuneren de manera coherente en todo el Eurosistema. |
(2) |
Debe modificarse en consecuencia la Decisión 2010/624/UE (BCE/2010/17). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Modificación
El artículo 4 de la Decisión BCE/2010/17 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Las cuentas a que se refiere el artículo 2 se remunerarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión (UE) 2019/1743 del Banco Central Europeo (BCE/2019/31) (*1).
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el quinto día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 17 de marzo de 2022.
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
(1) DO L 118 de 12.5.2010, p. 1.
(2) Decisión 2010/624/UE del Banco Central Europeo, de 14 de octubre de 2010, relativa a la gestión de las operaciones de empréstito y préstamo concluidas por la Unión con arreglo al mecanismo europeo de estabilización financiera (BCE/2010/17) (DO L 275 de 20.10.2010, p. 10).
(3) Decisión (UE) 2019/1743 del Banco Central Europeo, de 15 de octubre de 2019, relativa a la remuneración de las tenencias de exceso de reservas y de determinados depósitos (BCE/2019/31) (DO L 267 de 21.10.2019, p. 12).
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