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Documento DOUE-L-2021-81703

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2152 del Consejo de 6 de diciembre de 2021 por el que se aplica el Reglamento (UE) nº. 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 436, de 7 de diciembre de 2021, páginas 7 a 8 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-81703

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 208/2014.

(2)

Tras la revisión realizada por el Consejo, procede suprimir la entrada correspondiente a una persona y la información sobre su derecho de defensa y su derecho a una tutela judicial efectiva.

(3)

Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

J. CIGLER KRALJ

 

(1)  DO L 66 de 6.3.2014, p. 1.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica como sigue:

1)

En la sección A («Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 2»), se suprime la entrada relativa a la siguiente persona:

«17.

Oleksandr Viktorovych Klymenko (Олександр Вiкторович Клименко)».

2)

En la sección B («Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva»), se suprime la entrada 17, también relativa a Oleksandr Viktorovych Klymenko.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 208/2014, de 5 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80421).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Ucrania

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