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Documento DOUE-L-2021-81624

Decisión (PESC) 2021/2075 del Consejo de 25 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2020/979 en apoyo del desarrollo de un sistema internacionalmente reconocido de validación de la gestión de armas y municiones con arreglo a normas internacionales abiertas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 421, de 26 de noviembre de 2021, páginas 72 a 73 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-81624

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 7 de julio de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/979 (1), que concibe un proyecto en dos fases. La fase I es un estudio de viabilidad para el desarrollo de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones reconocido internacionalmente.

(2)

La Decisión (PESC) 2020/979 prevé la puesta en práctica de la fase II del proyecto, en la que se desarrollará un concepto para la creación de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones, si el Consejo así lo decide sobre la base del resultado del estudio de viabilidad.

(3)

El estudio autorizado por la Decisión (PESC) 2020/979 demostró la viabilidad de desarrollar un sistema de validación de la gestión de armas y municiones y puso de manifiesto varios elementos que deben tenerse en cuenta para hacer realidad el concepto. La fase II comprenderá el diseño de un marco propuesto para el sistema de validación de la gestión de armas y municiones, así como un plan para el desarrollo de dicho sistema. Estos resultados tendrán por objeto apoyar y orientar los trabajos futuros para crear el sistema de validación de la gestión de armas y municiones.

(4)

El Consejo, basándose en el resultado del estudio de viabilidad (fase I), decidirá que autoriza la ejecución de la fase II del proyecto.

(5)

La Decisión (PESC) 2020/979 expira catorce meses después de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 4, a menos que el Consejo decida su prórroga para permitir la ejecución de la fase II del proyecto.

(6)

La continuación de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2020/979 hasta el 30 de noviembre de 2022 no tiene repercusión alguna en materia de recursos financieros.

(7)

La Decisión (PESC) 2020/979 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2020/979 se modifica como sigue:

1)

El artículo 1, apartado 1, párrafo segundo, se sustituye por el texto siguiente:

«El proyecto constará de dos fases, “fase I” y “fase II”:

durante la fase I, en el primer año de aplicación, se llevó a cabo un estudio de viabilidad para el desarrollo de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones reconocido internacionalmente, que examinó las opciones de metodología y los instrumentos adecuados para la evaluación de los riesgos y de la calidad,

durante la fase II, sobre la base de los resultados del estudio de viabilidad de la fase I, se desarrollará un concepto para la creación de un sistema de validación de la gestión de armas y municiones.».

2)

El artículo 3, apartado 2, se sustituye por el texto siguiente:

«2.

El importe destinado a cubrir la fase I del proyecto es de 821 872 EUR. El importe destinado a cubrir la fase II del proyecto es de 820 237 EUR.».

3)

El artículo 5 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 5

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Expirará el 30 de noviembre de 2022.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

Z. POČIVALŠEK

 

(1)  Decisión (PESC) 2020/979 del Consejo, de 7 de julio de 2020, en apoyo del desarrollo de un sistema internacionalmente reconocido de validación de la gestión de armas y municiones con arreglo a normas internacionales abiertas (DO L 218 de 8.7.2020, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1, 3 y 5 de la Decisión 2020/979, de 7 de julio (Ref. DOUE-L-2020-81071).
Materias
  • Armas
  • Comercio
  • Cooperación internacional
  • Financiación comunitaria
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Programas

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