Está Vd. en

Documento DOUE-L-2021-80164

Decisión de las Partes contratantes del Acuerdo sobre la cooperación en materia de lucha contra la contaminación del Mar del Norte por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas relativa a la adhesión del Reino de España al Acuerdo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 54, de 16 de febrero de 2021, páginas 6 a 21 (16 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80164

TEXTO ORIGINAL

Las Partes contratantes del Acuerdo sobre la cooperación en materia de lucha contra la contaminación del Mar del Norte por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas (en lo sucesivo, «Acuerdo»),

RECORDANDO el artículo 20 del Acuerdo, que dispone que las Partes contratantes pueden, por unanimidad, invitar a cualquier otro Estado ribereño del Atlántico del Nordeste a adherirse al Acuerdo y que, en ese caso, el artículo 2 del Acuerdo y su anexo serán modificados en consecuencia,

HABIENDO EXPRESADO unánimemente su intención de invitar a España a adherirse al Acuerdo,

FELICITÁNDOSE del deseo de España de adherirse al Acuerdo,

Deciden por unanimidad lo siguiente:

Apartado 1

Invitación a España de conformidad con el artículo 20

De conformidad con el artículo 20, las Partes contratantes invitan por unanimidad a España a adherirse al Acuerdo de Bonn. En relación con dicha invitación, se adoptan las enmiendas del preámbulo, artículo 2 y anexo del presente Acuerdo que se indican a continuación.

Apartado 2

Enmienda del preámbulo del Acuerdo

El preámbulo del Acuerdo se modifica como sigue: se inserta «del Reino de España» antes de «de la República Francesa».

Apartado 3

Enmienda del artículo 2

Se modifica el artículo 2 del Acuerdo, que queda redactado como sigue:

«Artículo 2

A los fines del presente Acuerdo, por "región del mar del Norte" se entiende la región marítima que comprende:

a)

el mar del Norte propiamente dicho, al sur de la latitud 61° 0' 00.00" N;

b)

Skagerrak, cuyo límite meridional se sitúa al este del cabo Skagen en la latitud 57° 44' 43.00" N;

c)

el golfo de Vizcaya, limitado al sur y al oeste por la línea que se define en la parte I del anexo del presente Acuerdo;

d)

las demás aguas, que comprenden el mar de Irlanda, el mar Céltico, el mar de Malin, el Gran Minch, el Pequeño Minch, parte del mar de Noruega y partes del Atlántico del Nordeste, delimitadas al oeste y al norte por la línea que se define en la parte II del anexo del presente Acuerdo.».

Apartado 4

Enmienda del anexo del Acuerdo

Se modifica el anexo del Acuerdo, que queda redactado como figura en el apéndice de la presente Decisión.

Apartado 5

Entrada en vigor

Las enmiendas dispuestas en la presente Decisión entrarán en vigor el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de depósito por España de su instrumento de adhesión al Acuerdo.

APÉNDICE

«ANEXO DEL ACUERDO SOBRE LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA CONTAMINACIÓN DEL MAR DEL NORTE POR HIDROCARBUROS Y OTRAS SUSTANCIAS PELIGROSAS, 1983

Descripción de los límites atlánticos de la región del mar del Norte y de las zonas a que se refiere el artículo 6 del presente Acuerdo

LÍMITES ATLÁNTICOS DE LA REGIÓN DEL MAR DEL NORTE

PARTE I

LÍNEA QUE LIMITA LA REGIÓN DEL MAR DEL NORTE AL SUR Y AL SUDOESTE

La línea que limita el canal de la Mancha y sus accesos al sudoeste y el golfo de Vizcaya al sur y al oeste será una línea que:

i)

comienza en el punto occidental de la costa de España 42° 30' 04.25" N 8° 52' 18.22" O,

ii)

desde ese punto, sigue la línea loxodrómica hasta el punto 42° 30' 04.32" N 10° 24' 55.16" O,

iii)

desde ese punto, sigue la línea loxodrómica hasta el punto 46° 00' 04.07" N 10° 24' 54.86" O,

iv)

desde ese punto, sigue la línea loxodrómica hasta el punto 46° 00' 04.06" N 9° 59' 54.88" O,

v)

desde ese punto, sigue la línea hasta la intersección entre el paralelo de latitud 48° 27' 00.00" N y la línea (en lo sucesivo, "línea del Acuerdo de Bonn de 1983") trazada a 50 millas náuticas al oeste de una línea que une la isla de Ouessant y las islas Sorlingas,

vi)

desde este punto de intersección, sigue la línea del Acuerdo de Bonn de 1983 hacia el norte hasta su intersección con la línea que marca el límite de la plataforma continental entre Francia y el Reino Unido, tal como se define en la resolución arbitral de 30 de junio de 1977,

vii)

desde ese punto de intersección, sigue la línea del mencionado límite hacia el oeste, hasta el punto 48° 10' 00.00" N 9° 22' 15.91" O, y

viii)

desde ese punto, sigue el paralelo de latitud 48° 10' 00.00" N hacia el oeste, hasta el punto 48° 10' 00.00" N 10° 0' 00.00" O.

PARTE II

LÍNEA QUE LIMITA AL OESTE Y AL NORTE DE LAS DEMÁS AGUAS CUBIERTAS POR EL ACUERDO

La línea que limita al oeste y al norte de las demás aguas cubiertas por el Acuerdo, que comprenden el mar de Irlanda, el mar Céltico, el mar de Malin, el Gran Minch, el Pequeño Minch, parte del mar de Noruega y partes del Atlántico Nororiental, será una línea que:

i)

comienza en el punto 48° 10' 00.00" N 0° 00' 00.00" O,

ii)

desde ese punto, sigue el límite occidental de la zona de responsabilidad irlandesa de lucha contra la contaminación marina [es decir, una línea que se encuentra en cada punto a una distancia de 200 millas náuticas del punto más próximo de las líneas de base establecidas a los fines de las Leyes de Irlanda, de 1959 a 1988, en materia de jurisdicción marítima (Maritime Jurisdiction Acts)], hasta el punto 56° 42' 00.00" N 14° 00' 00.00" O,

iii)

desde ese punto, sigue el límite occidental de la zona establecida por el Reglamento del Reino Unido, de 1996, relativo a la marina mercante (prevención de la contaminación) (límites) [Merchant Shipping (Prevention of Pollution) (Limits) Regulations], modificado por el Reglamento homónimo de 1997 (es decir, las líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 1 infra en el orden en que figuran en la lista), hasta el punto 63° 38' 10.68" N 0° 30' 00.00" O, y

iv)

desde ese punto, sigue el paralelo de latitud 63° 38' 10.68" N hacia el este, hasta la costa de Noruega.

CUADRO 1:

PUNTOS Y LÍNEAS DEL LÍMITE OCCIDENTAL DE LA ZONA ESTABLECIDA POR EL REGLAMENTO DEL REINO UNIDO, DE 1996, RELATIVO A LA MARINA MERCANTE (PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN) (LÍMITES) [MERCHANT SHIPPING (PREVENTION OF POLLUTION) (LIMITS) REGULATIONS], EN SU VERSIÓN MODIFICADA

Puntos mencionados en el Reglamento del Reino Unido, en su versión modificada, y sus coordenadas

Segmento entre estos puntos

27.

56° 42' 00.00" N

14° 0' 00.00" O

27-28 Meridiano de longitud

28.

56° 49' 00.00" N

14° 0' 00.00" O

28-29 Paralelo de latitud

29.

56° 49' 00.00" N

14° 30' 34.00" O

29-30 Arco medido a 200 millas náuticas desde los puntos de base pertinentes de San Kilda a partir de los que se mide la anchura del mar territorial

30.

57° 52' 22.00" N

14° 53' 22.00" O

30-31 Arco medido a 200 millas náuticas desde los puntos de base pertinentes de San Kilda a partir de los que se mide la anchura del mar territorial

31.

58° 30' 00.00" N

14° 48' 58.00" O

31-32 Arco medido a 200 millas náuticas desde los puntos de base pertinentes de San Kilda a partir de los que se mide la anchura del mar territorial

32.

59° 0' 00.00" N

14° 35' 07.00" O

32-33 Arco medido a 200 millas náuticas desde los puntos de base pertinentes de San Kilda a partir de los que se mide la anchura del mar territorial

33.

59° 40' 54.00" N

13° 58' 10.00" O

33-34 Arco medido a 200 millas náuticas desde los puntos de base pertinentes de San Kilda a partir de los que se mide la anchura del mar territorial

34.

59° 50' 00.00" N

13° 46' 24.00" O

34-35 Paralelo de latitud

35.

59° 50' 00.00" N

5° 0' 00.00" O

35-36 Meridiano de longitud

36.

60° 10' 00.00" N

5° 0' 00.00" O

36-37 Paralelo de latitud

37.

60° 10' 00.00" N

4° 48' 00.00" O

37-38 Meridiano de longitud

38.

60° 20' 00.00" N

4° 48' 00.00" O

38-39 Paralelo de latitud

39.

60° 20' 00.00" N

4° 24' 00.00" O

39-40 Meridiano de longitud

40.

60° 40' 00.00" N

4° 24' 00.00" O

40-41 Paralelo de latitud

41.

60° 40' 00.00" N

4° 0' 00.00" O

41-42 Meridiano de longitud

42.

61° 0' 00.00" N

4° 0' 00.00" O

42-43 Paralelo de latitud

43.

61° 0' 00.00" N

3° 36' 00.00" O

43-44 Meridiano de longitud

44.

61° 30' 00.00" N

3° 36' 00.00" O

44-45 Paralelo de latitud

45.

61° 30' 00.00" N

3° 0' 00.00" O

45-46 Meridiano de longitud

46.

61° 45' 00.00" N

3° 0' 00.00" O

46-47 Paralelo de latitud

47.

61° 45' 00.00" N

2° 48' 00.00" O

47-48 Meridiano de longitud

48.

62° 0' 00.00" N

2° 48' 00.00" O

48-49 Paralelo de latitud

49.

62° 0' 00.00" N

2° 0' 00.00" O

49-50 Meridiano de longitud

50.

62° 30' 00.00" N

2° 0' 00.00" O

50-51 Paralelo de latitud

51.

62° 30' 00.00" N

1° 36' 00.00" O

51-52 Meridiano de longitud

52.

62° 40' 00.00" N

1° 36' 00.00" O

52-53 Paralelo de latitud

53.

62° 40' 00.00" N

1° 0' 00.00" O

53-54 Meridiano de longitud

54.

63° 20' 00.00" N

1° 0' 00.00" O

54-55 Paralelo de latitud

55.

63° 20' 00.00" N

0° 30' 00.00" O

55-56 Meridiano de longitud

56.

63° 38' 10.68" N

0° 30' 00.00" O

 

LÍMITES DE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 6 DEL PRESENTE ACUERDO

PARTE III

LÍMITES DE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD NACIONAL

 

1)

Generalidades: Cuando los límites de una zona de responsabilidad se especifiquen mediante una serie de líneas que unen los puntos de una lista, la naturaleza de dichas líneas será la definida para cada punto como la naturaleza de la línea que lo une al punto siguiente.
 

2)

Dinamarca: La zona de responsabilidad nacional de Dinamarca estará limitada por la siguiente serie de líneas:

a)

una línea que comienza en la intersección del límite de la zona de responsabilidad conjunta de Dinamarca y Alemania, según lo descrito en la parte IV infra, con una línea entre el punto 55° 10' 03.40" N 7° 33' 09.60" E y el primer punto DE1/DK1 y sigue esta línea hasta el punto DE1/DK1;

b)

una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

DK1

55° 30' 40.30" N

5° 45' 00.00" E

Geodésica

DE1

DK2

55° 15' 00.00" N

5° 24' 12.00" E

Geodésica

DE2

DK3

55° 15' 00.00" N

5° 9' 00.00" E

Geodésica

DE3

DK4

55° 24' 15.00" N

4° 45' 00.00" E

Geodésica

DE4

DK5

55° 46' 21.80" N

4° 15' 00.00" E

Geodésica

DE5

DK6

55° 55' 09.40" N

3° 21' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE6

DK7

56° 5' 12.00" N

3° 15' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK23, NO23

DK8

56° 35' 30.00" N

5° 2' 00.00" E

Arco del gran círculo

NO24

DK9

57° 10' 30.00" N

6° 56' 12.00" E

Arco del gran círculo

NO25

DK10

57° 29' 54.00" N

7° 59' 00.00" E

Arco del gran círculo

NO26

DK11

57° 37' 06.00" N

8° 27' 30.00" E

Arco del gran círculo

NO27

DK12

57° 41' 48.00" N

8° 53' 18.00" E

Arco del gran círculo

NO28

DK13

57° 59' 18.00" N

9° 23' 00.00" E

Arco del gran círculo

NO29

DK14

58° 15' 41.20" N

10° 1' 48.10" E

Arco del gran círculo

NO30, SE4

DK15

58° 8' 00.10" N

10° 32' 32.80" E

Geodésica

SE3

DK16

57° 49' 00.60" N

11° 2' 55.60" E

Geodésica

SE2

DK17

57° 44' 43.00" N

11° 7' 04.00" E

 

SE1

 

3)

Alemania: La zona de responsabilidad nacional de Alemania estará limitada por la siguiente serie de líneas:

a)

una línea que comienza en la intersección del límite de la zona de responsabilidad conjunta de Dinamarca y Alemania, según lo descrito en la parte IV infra, con una línea entre el punto 55° 10' 03.40" N 7° 33' 09.60" E y el primer punto DE1/DK1 y sigue esta línea hasta el punto DE1/DK1;

b)

una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

DE1

55° 30' 40.30" N

5° 45' 00.00" E

Geodésica

DK1

DE2

55° 15' 00.00" N

5° 24' 12.00" E

Geodésica

DK2

DE3

55° 15' 00.00" N

5° 9' 00.00" E

Geodésica

DK3

DE4

55° 24' 15.00" N

4° 45' 00.00" E

Geodésica

DK4

DE5

55° 46' 21.80" N

4° 15' 00.00" E

Geodésica

DK5

DE6

55° 55' 09.40" N

3° 21' 00.00" E

Arco del gran círculo

DK6

DE7

55° 50' 06.00" N

3° 24' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK24

DE8

55° 45' 54.00" N

3° 22' 13.00" E

Arco del gran círculo

NL19

DE9

55° 20' 00.00" N

4° 20' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL20

DE10

55° 0' 00.00" N

5° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL21

DE11

54° 37' 12.00" N

5° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL22

DE12

54° 11' 12.00" N

6° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL23

DE13

53° 59' 56.80" N

6° 6' 28.20" E

 

NL24

c)

en dirección a tierra desde el punto DE12, una línea desde ese punto hasta el punto DE13 (es decir, el siguiente punto de delimitación acordado 53° 59' 56.80" N 6° 6' 28.20" E) hasta la intersección de dicha línea con el límite de la zona de responsabilidad conjunta entre los Países Bajos y Alemania descrita en la parte IV infra.

 

4)

Irlanda: La zona de responsabilidad nacional de Irlanda estará limitada por la siguiente serie de líneas:

a)

al norte, una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 3 en el orden en que figuran;

b)

al oeste, el límite occidental de la región del mar del Norte;

c)

al este y al sur, una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 2 en el orden en que figuran.

 

5)

Países Bajos: La zona de responsabilidad nacional de los Países Bajos estará limitada al sur por el paralelo de latitud 51° 51' 52.1267" N y al norte de este paralelo de latitud por la siguiente serie de líneas:

a)

una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

NL1

51° 51' 52.1267" N

2° 31' 48.0975" E

Arco del gran círculo

UK42

NL2

51° 59' 00.00" N

2° 37' 36.00" E

Arco del gran círculo

UK41

NL3

52° 1' 00.00" N

2° 39' 30.00" E

Arco del gran círculo

UK40

NL4

52° 5' 18.00" N

2° 42' 12.00" E

Arco del gran círculo

UK39

NL5

52° 6' 00.00" N

2° 42' 54.00" E

Arco del gran círculo

UK38

NL6

52° 12' 24.00" N

2° 50' 24.00" E

Arco del gran círculo

UK37

NL7

52° 17' 24.00" N

2° 56' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK36

NL8

52° 25' 00.00" N

3° 3' 30.00" E

Arco del gran círculo

UK35

NL9

52° 37' 18.00" N

3° 11' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK34

NL10

52° 47' 00.00" N

3° 12' 18.00" E

Arco del gran círculo

UK33

NL11

52° 53' 00.00" N

3° 10' 30.00" E

Arco del gran círculo

UK32

NL12

53° 18' 06.00" N

3° 3' 24.00" E

Arco del gran círculo

UK31

NL13

53° 28' 12.00" N

3° 1' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK30

NL14

53° 35' 06.00" N

2° 59' 18.00" E

Arco del gran círculo

UK29

NL15

53° 40' 06.00" N

2° 57' 24.00" E

Arco del gran círculo

UK28

NL16

53° 57' 48.00" N

2° 52' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK27

NL17

54° 22' 48.00" N

2° 45' 48.00" E

Arco del gran círculo

UK26

NL18

54° 37' 18.00" N

2° 53' 54.00" E

Arco del gran círculo

UK25

NL19

55° 45' 54.00" N

3° 22' 13.00" E

Arco del gran círculo

DE8

NL20

55° 20' 00.00" N

4° 20' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE9

NL21

55° 0' 00.00" N

5° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE10

NL22

54° 37' 12.00" N

5° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE11

NL23

54° 11' 12.00" N

6° 0' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE12

NL24

53° 59' 56.80" N

6° 6' 28.20" E

 

DE13

b)

en dirección a tierra desde el punto NL23, una línea desde ese punto hasta el punto NL24 (es decir, el siguiente punto de delimitación acordado 53° 59' 56.80" N 6° 6' 28.20" E) hasta la intersección de dicha línea con el límite de la zona de responsabilidad conjunta entre los Países Bajos y Alemania descrita en la parte IV infra.

 

6)

Noruega: La zona de responsabilidad nacional de Noruega estará limitada al norte por el paralelo de latitud 63° 38' 10.68" N y al oeste, sur y este por la siguiente serie de líneas:

a)

una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 4 en el orden en que figuran;

b)

hacia el sur desde el último punto mencionado en dicho cuadro, una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran en la lista:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

NO23

56° 5' 12.00" N

3° 15' 00.00" E

Arco del gran círculo

UK23, DK7

NO24

56° 35' 30.00" N

5° 2' 00.00" E

Arco del gran círculo

DK8

NO25

57° 10' 30.00" N

6° 56' 12.00" E

Arco del gran círculo

DK9

NO26

57° 29' 54.00" N

7° 59' 00.00" E

Arco del gran círculo

DK10

NO27

57° 37' 06.00" N

8° 27' 30.00" E

Arco del gran círculo

DK11

NO28

57° 41' 48.00" N

8° 53' 18.00" E

Arco del gran círculo

DK12

NO29

57° 59' 18.00" N

9° 23' 00.00" E

Arco del gran círculo

DK13

NO30

58° 15' 41.20" N

10° 1' 48.10" E (punto A)

Arco del gran círculo

SE4, DK14

NO31

58° 30' 41.20" N

10° 8' 46.90" E (punto B)

Arco del gran círculo

SE5

NO32

58° 45' 41.30" N

10° 35' 40.00" E (punto C)

Loxodrómica

SE6

NO33

58° 53' 34.00" N

10° 38' 25.00" E (punto D)

 

SE7

c)

y una línea que sigue la frontera entre Noruega y Suecia.

 

7)

Suecia: La zona de responsabilidad nacional de Suecia estará limitada al sur por el paralelo de latitud 57° 44' 43.00" N y al norte de este paralelo de latitud por una serie de líneas:

a)

que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

SE1

57° 44' 43.00" N

11° 7' 04.00" E

Geodésica

DK17

SE2

57° 49' 00.60" N

11° 2' 55.60" E

Geodésica

DK16

SE3

58° 8' 00.10" N

10° 32' 32.80" E

Geodésica

DK15

SE4

58° 15' 41.20" N

10° 1' 48.10" E (punto A)

Arco del gran círculo

DK14, NO30

SE5

58° 30' 41.20" N

10° 8' 46.90" E (punto B)

Arco del gran círculo

NO31

SE6

58° 45' 41.30" N

10° 35' 40.00" E (punto C)

Loxodrómica

NO32

SE7

58° 53' 34.00" N

10° 38' 25.00" E (punto D)

 

NO33

b)

y una línea que sigue la frontera entre Suecia y Noruega.

 

8)

Reino Unido: La zona de responsabilidad nacional del Reino Unido estará limitada:

a)

al este, por una serie de líneas que comprenden:

i)

una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 4 en el orden en que figuran,

ii)

una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

UK23

56° 5' 12.00" N

3° 15' 00.00" E

Arco del gran círculo

NO23, DK7

UK24

55° 50' 06.00" N

3° 24' 00.00" E

Arco del gran círculo

DE7

UK25

54° 37' 18.00" N

2° 53' 54.00" E

Arco del gran círculo

NL18

UK26

54° 22' 48.00" N

2° 45' 48.00" E

Arco del gran círculo

NL17

UK27

53° 57' 48.00" N

2° 52' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL16

UK28

53° 40' 06.00" N

2° 57' 24.00" E

Arco del gran círculo

NL15

UK29

53° 35' 06.00" N

2° 59' 18.00" E

Arco del gran círculo

NL14

UK30

53° 28' 12.00" N

3° 1' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL13

UK31

53° 18' 06.00" N

3° 3' 24.00" E

Arco del gran círculo

NL12

UK32

52° 53' 00.00" N

3° 10' 30.00" E

Arco del gran círculo

NL11

UK33

52° 47' 00.00" N

3° 12' 18.00" E

Arco del gran círculo

NL10

UK34

52° 37' 18.00" N

3° 11' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL9

UK35

52° 25' 00.00" N

3° 3' 30.00" E

Arco del gran círculo

NL8

UK36

52° 17' 24.00" N

2° 56' 00.00" E

Arco del gran círculo

NL7

UK37

52° 12' 24.00" N

2° 50' 24.00" E

Arco del gran círculo

NL6

UK38

52° 6' 00.00" N

2° 42' 54.00" E

Arco del gran círculo

NL5

UK39

52° 5' 18.00" N

2° 42' 12.00" E

Arco del gran círculo

NL4

UK40

52° 1' 00.00" N

2° 39' 30.00" E

Arco del gran círculo

NL3

UK41

51° 59' 00.00" N

2° 37' 36.00" E

Arco del gran círculo

NL2

UK42

51° 51' 52.1267" N

2° 31' 48.0975" E

Arco del gran círculo

NL1

b)

al sur y al oeste, por la siguiente serie de líneas:

i)

una línea que comienza en el punto más occidental de las islas Sorlingas y une dicho punto con el punto 49° 52' 00.00" N 7° 44' 00.00" O,

ii)

desde ese punto, una línea que sigue la línea del Acuerdo de Bonn de 1983 (tal como se define en la parte I) hacia el sur, hasta su intersección con el límite de la plataforma continental entre Francia y el Reino Unido, tal como se define en la resolución arbitral de 30 de junio de 1977,

iii)

desde dicho punto de intersección, la línea de ese límite hacia el oeste, hasta el punto 48° 10' 00.00" N 9° 22' 15.91" O, y

iv)

desde ese punto, una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 2 en el orden en que figuran, hasta el límite exterior del mar territorial adyacente a Irlanda del Norte en el punto 54° 0' 00.00" N 05° 36' 20.00" O;

c)

al oeste y al norte, por la siguiente serie de líneas:

i)

una línea que une el punto situado en el mar territorial adyacente a Irlanda del Norte más próximo al punto 55° 31' 13.36" N 6° 45' 00.00" O con ese punto,

ii)

desde ese punto, una serie de líneas que unen los puntos enumerados en el cuadro 3 en el orden en que figuran hasta el punto 56° 42' 00.00" N 14° 00' 00.00" O,

iii)

desde ese punto, una línea que sigue los límites occidental y septentrional de la región del mar del Norte hasta el punto 63° 38' 10.68" N 0° 30' 00.00" O.

CUADRO 2:

PUNTOS Y LÍNEAS DEL LÍMITE ENTRE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD DE IRLANDA Y EL REINO UNIDO: ESTE Y SUR

Puntos que definen el límite de las zonas

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

IR1/UK50

48° 10' 00.00" N

10° 0' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR2/UK51

48° 20' 00.00" N

10° 0' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR3/UK52

48° 20' 00.00" N

9° 48' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR4/UK53

48° 30' 00.00" N

9° 48' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR5/UK54

48° 30' 00.00" N

9° 36' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR6/UK55

48° 50' 00.00" N

9° 36' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR7/UK56

48° 50' 00.00" N

9° 24' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR8/UK57

49° 0' 00.00" N

9° 24' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR9/UK58

49° 0' 00.00" N

9° 17' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR10/UK59

49° 10' 00.00" N

9° 17' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR11/UK60

49° 10' 00.00" N

9° 12' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR12/UK61

49° 20' 00.00" N

9° 12' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR13/UK62

49° 20' 00.00" N

9° 3' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR14/UK63

49° 30' 00.00" N

9° 3' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR15/UK64

49° 30' 00.00" N

8° 54' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR16/UK65

49° 40' 00.00" N

8° 54' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR17/UK66

49° 40' 00.00" N

8° 45' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR18/UK67

49° 50' 00.00" N

8° 45' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR19/UK68

49° 50' 00.00" N

8° 36' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR20/UK69

50° 0' 00.00" N

8° 36' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR21/UK70

50° 0' 00.00" N

8° 24' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR22/UK71

50° 10' 00.00" N

8° 24' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR23/UK72

50° 10' 00.00" N

8° 12' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR24/UK73

50° 20' 00.00" N

8° 12' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR25/UK74

50° 20' 00.00" N

8° 0' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR26/UK75

50° 30' 00.00" N

8° 0' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR27/UK76

50° 30' 00.00" N

7° 36' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR28/UK77

50° 40' 00.00" N

7° 36' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR29/UK78

50° 40' 00.00" N

7° 12' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR30/UK79

50° 50' 00.00" N

7° 12' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR31/UK80

50° 50' 00.00" N

7° 3' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR32/UK81

51° 0' 00.00" N

7° 3' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR33/UK82

51° 0' 00.00" N

6° 48' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR34/UK83

51° 10' 00.00" N

6° 48' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR35/UK84

51° 10' 00.00" N

6° 42' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR36/UK85

51° 20' 00.00" N

6° 42' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR37/UK86

51° 20' 00.00" N

6° 33' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR38/UK87

51° 30' 00.00" N

6° 33' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR39/UK88

51° 30' 00.00" N

6° 18' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR40/UK89

51° 40' 00.00" N

6° 18' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR41/UK90

51° 40' 00.00" N

6° 6' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR42/UK91

51° 50' 00.00" N

6° 6' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR43/UK92

51° 50' 00.00" N

6° 0' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR44/UK93

51° 54' 00.00" N

6° 0' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR45/UK94

51° 54' 00.00" N

5° 57' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR46/UK95

51° 58' 00.00" N

5° 57' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR47/UK96

51° 58' 00.00" N

5° 54' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR48/UK97

52° 0' 00.00" N

5° 54' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR49/UK98

52° 0' 00.00" N

5° 50' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR50/UK99

52° 4' 00.00" N

5° 50' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR51/UK100

52° 4' 00.00" N

5° 46' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR52/UK101

52° 8' 00.00" N

5° 46' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR53/UK102

52° 8' 00.00" N

5° 42' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR54/UK103

52° 12' 00.00" N

5° 42' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR55/UK104

52° 12' 00.00" N

5° 39' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR56/UK105

52° 16' 00.00" N

5° 39' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR57/UK106

52° 16' 00.00" N

5° 35' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR58/UK107

52° 24' 00.00" N

5° 35' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR59/UK108

52° 24' 00.00" N

5° 22' 48.00" O

Meridiano de longitud

IR60/UK109

52° 32' 00.00" N

5° 22' 48.00" O

Paralelo de latitud

IR61/UK110

52° 32' 00.00" N

5° 28' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR62/UK111

52° 44' 00.00" N

5° 28' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR63/UK112

52° 44' 00.00" N

5° 24' 30.00" O

Meridiano de longitud

IR64/UK113

52° 52' 00.00" N

5° 24' 30.00" O

Paralelo de latitud

IR65/UK114

52° 52' 00.00" N

5° 22' 30.00" O

Meridiano de longitud

IR66/UK115

52° 59' 00.00" N

5° 22' 30.00" O

Paralelo de latitud

IR67/UK116

52° 59' 00.00" N

5° 19' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR68/UK117

53° 9' 00.00" N

5° 19' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR69/UK118

53° 9' 00.00" N

5° 20' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR70/UK119

53° 26' 00.00" N

5° 20' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR71/UK120

53° 26' 00.00" N

5° 19' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR72/UK121

53° 32' 00.00" N

5° 19' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR73/UK122

53° 32' 00.00" N

5° 17' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR74/UK123

53° 39' 00.00" N

5° 17' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR75/UK124

53° 39' 00.00" N

5° 16' 20.40" O

Meridiano de longitud

IR76/UK125

53° 42' 08.40" N

5° 16' 20.40" O

Paralelo de latitud

IR77/UK126

53° 42' 08.40" N

5° 17' 51.00" O

Meridiano de longitud

IR78/UK127

53° 44' 24.00" N

5° 17' 51.00" O

Paralelo de latitud

IR79/UK128

53° 44' 24.00" N

5° 19' 19.80" O

Meridiano de longitud

IR80/UK129

53° 45' 48.00" N

5° 19' 19.80" O

Paralelo de latitud

IR81/UK130

53° 45' 48.00" N

5° 22' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR82/UK131

53° 46' 00.00" N

5° 22' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR83/UK132

53° 46' 00.00" N

5° 19' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR84/UK133

53° 59' 56.95" N

5° 19' 00.00" O

 

CUADRO 3:

PUNTOS Y LÍNEAS DEL LÍMITE ENTRE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD DE IRLANDA Y EL REINO UNIDO: NORTE

Puntos que definen el límite de las zonas

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

IR85/UK134

55° 31' 13.36" N

6° 45' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR86/UK135

55° 28' 00.00" N

6° 45' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR87/UK136

55° 28' 00.00" N

6° 48' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR88/UK137

55° 30' 00.00" N

6° 48' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR89/UK138

55° 30' 00.00" N

6° 51' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR90/UK139

55° 35' 00.00" N

6° 51' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR91/UK140

55° 35' 00.00" N

6° 57' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR92/UK141

55° 40' 00.00" N

6° 57' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR93/UK142

55° 40' 00.00" N

7° 2' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR94/UK143

55° 45' 00.00" N

7° 2' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR95/UK144

55° 45' 00.00" N

7° 8' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR96/UK145

55° 50' 00.00" N

7° 8' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR97/UK146

55° 50' 00.00" N

7° 15' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR98/UK147

55° 55' 00.00" N

7° 15' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR99/UK148

55° 55' 00.00" N

7° 23' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR100/UK149

56° 0' 00.00" N

7° 23' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR101/UK150

56° 0' 00.00" N

8° 13' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR102/UK151

56° 5' 00.00" N

8° 13' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR103/UK152

56° 5' 00.00" N

8° 39' 30.00" O

Meridiano de longitud

IR104/UK153

56° 10' 00.00" N

8° 39' 30.00" O

Paralelo de latitud

IR105/UK154

56° 10' 00.00" N

9° 7' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR106/UK155

56° 21' 30.00" N

9° 7' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR107/UK156

56° 21' 30.00" N

10° 30' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR108/UK157

56° 32' 30.00" N

10° 30' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR109/UK158

56° 32' 30.00" N

12° 12' 00.00" O

Meridiano de longitud

IR110/UK159

56° 42' 00.00" N

12° 12' 00.00" O

Paralelo de latitud

IR111/UK160

56° 42' 00.00" N

14° 0' 00.00" O

 

CUADRO 4:

PUNTOS Y LÍNEAS DEL LÍMITE ENTRE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD DE NORUEGA Y EL REINO UNIDO

Puntos que definen el límite de las zonas

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

NO1/UK1

63° 38' 10.68" N

0° 10' 59.31" O

Geodésica

NO2/UK2

63° 03' 20.71" N

0° 28' 12.51" E

Geodésica

NO3/UK3

62° 58' 21.06" N

0° 33' 31.01" E

Geodésica

NO4/UK4

62° 53' 29.49" N

0° 38' 27.91" E

Geodésica

NO5/UK5

62° 44' 16.31" N

0° 47' 27.69" E

Geodésica

NO6/UK6

62° 39' 57.99" N

0° 51' 29.48" E

Geodésica

NO7/UK7

62° 36' 20.75" N

0° 54' 44.78" E

Geodésica

NO8/UK8

62° 32' 47.29" N

0° 57' 48.32" E

Geodésica

NO9/UK9

62° 30' 09.83" N

1° 0' 05.92" E

Geodésica

NO10/UK10

62° 27' 32.82" N

1° 2' 17.70" E

Geodésica

NO11/UK11

62° 24' 56.68" N

1° 4' 25.86" E

Geodésica

NO12/UK12

62° 22' 21.00" N

1° 6' 28.21" E

Geodésica

NO13/UK13

62° 19' 40.72" N

1° 8' 30.96" E

Geodésica

NO14/UK14

62 ° 16' 43.93" N

1° 10' 40.66" E

Geodésica

NO15/UK15

61° 44' 12.00" N

1 ° 33' 13.44" E

Geodésica

NO16/UK16

61° 44' 12.00" N

1° 33' 36.00" E

Arco del gran círculo

NO17/UK17

61° 21' 24.00" N

1° 47' 24.00" E

Arco del gran círculo

NO18/UK18

59° 53' 48.00" N

2° 4' 36.00" E

Arco del gran círculo

NO19/UK19

59° 17' 24.00" N

1° 42' 42.00" E

Arco del gran círculo

NO20/UK20

58° 25' 48.00" N

1° 29' 00.00" E

Arco del gran círculo

NO21/UK21

57° 54' 18.00" N

1° 57' 54.00" E

Arco del gran círculo

NO22/UK22

56° 35' 42.00" N

2° 36' 48.00" E

Arco del gran círculo

NO23/UK23

56° 5' 12.00" N

3° 15' 00.00" E

 

 

9)

Francia: La zona de responsabilidad nacional de Francia estará limitada, de norte a sur, por una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

FR01

48° 19' 56.52" N

4° 46' 23.67" O

Loxodrómica

 

FR02

48° 27' 00.00" N

5° 08' 23.63" O

Paralelo de latitud

 

FR03

48° 27' 00.00" N

6° 34' 40.90" O

Loxodrómica

 

FR04

46° 00' 04.06" N

9° 59' 54.88" O

Loxodrómica

SP4

FR05

45° 00' 04.04" N

7° 59' 55.08" O

Loxodrómica

SP5

FR06

44° 20' 03.93" N

3° 59' 55.37" O

Loxodrómica

SP6

FR07

43° 23' 20.71" N

1° 46' 13.58" O

Loxodrómica

SP7

FR08

43° 22' 50.11" N

1° 47' 11.18" O

 

SP8

 

10)

España: La zona de responsabilidad nacional de España estará limitada por una serie de líneas que unen los siguientes puntos en el orden en que figuran:

Puntos que definen el límite de la zona

Naturaleza de la línea que une un punto con el siguiente

Otros puntos con las mismas coordenadas

SP1

42° 30' 04.25" N

008° 52' 18.22" O

Loxodrómica

 

SP2

42° 30' 04.32" N

010° 24' 55.16" O

Loxodrómica

 

SP3

46° 00' 04.07" N

010° 24' 54.86" O

Loxodrómica

 

SP4

46° 00' 04.06" N

009° 59' 54.88" O

Loxodrómica

FR4

SP5

45° 00' 04.04" N

007° 59' 55.08" O

Loxodrómica

FR5

SP6

44° 20' 03.93" N

003° 59' 55.37" O

Loxodrómica

FR6

SP7

43° 23' 20.71" N

001° 46' 13.58" O

Loxodrómica

FR7

SP8

43° 22' 50.11" N

001° 47' 11.18" O

 

FR8

PARTE IV

LÍMITES DE LAS ZONAS DE RESPONSABILIDAD CONJUNTA

Las zonas de responsabilidad conjunta serán las siguientes:

1.

Zona de responsabilidad conjunta de Bélgica, Francia, los Países Bajos y el Reino Unido

La región marítima entre los paralelos de latitud 51° 51' 52.1267" N y 51° 6' 00.00" N.

2.

Zona de responsabilidad conjunta de Francia y el Reino Unido

El canal de la Mancha al suroeste del paralelo de latitud 51° 32' 00.00" N hasta una línea que:

a)

comienza en el punto más occidental de las islas Sorlingas y une dicho punto con el punto 49° 52' 00.00" N 7° 44' 00.00" O;

b)

desde ese punto, sigue una línea trazada a 50 millas náuticas al oeste de una línea que une las islas Sorlingas con la isla de Ouessant hacia el sur, hasta su intersección con el paralelo de latitud 48° 27' 00.00" N, y

c)

sigue ese paralelo de latitud hacia el este, hasta el punto más meridional de la isla de Ouessant.

3.

Zona de responsabilidad conjunta de Dinamarca y Alemania

La región marítima delimitada por:

a)

al sur, el paralelo de latitud 54° 30' 00.00" N hacia el oeste desde la costa de Alemania;

b)

al oeste, el meridiano de longitud 6° 30' 00.00" E;

c)

al norte, el paralelo de latitud 55° 50' 00.00" N hacia el oeste desde la costa de Dinamarca, y

d)

al este, la línea de bajamar [basada en el dátum de la carta de la bajamar astronómica más baja (LAT, por sus siglas en inglés)], incluida la región del mar de Frisia.

4.

Zona de responsabilidad conjunta de Alemania y los Países Bajos

La región marítima delimitada por:

a)

al oeste, el meridiano de longitud 6° 0' 00.00" E (ED50) hacia el norte desde la costa de los Países Bajos;

b)

al norte, el paralelo de latitud 54° 0' 00.00" N (ED50);

c)

al este, el meridiano de longitud 7° 15' 00.00" E (ED50) hacia el norte desde la costa de Alemania, y

d)

al sur, la línea de bajamar [basada en el dátum de la carta de la bajamar astronómica más baja (LAT, por sus siglas en inglés)], incluida la región del mar de Frisia.

PARTE V

INTERPRETACIÓN

Las posiciones de los puntos mencionados en el presente anexo se determinarán de acuerdo con el sistema geodésico europeo (versión de 1950).».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de publicación: 16/02/2021
Referencias anteriores
  • APRUEBA enmiendas al Acuerdo de 13 de septiembre de 1983, aprobado por Decisión 84/358, de 28 de junio ( (Ref. DOUE-L-1984-80385).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Contaminación de las aguas
  • Cooperación internacional
  • España
  • Hidrocarburos
  • Mar
  • Medio ambiente
  • Sustancias peligrosas
  • Zonas marítimas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid