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Documento DOUE-L-2021-80083

Decisión nº 1/2021 del Comité Mixto en el marco del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una Asociación Económica de 25 de enero de 2021 relativa a las modificaciones del anexo 14-A y el anexo 14-B sobre indicaciones geográficas [2021/109].

Publicado en:
«DOUE» núm. 35, de 1 de febrero de 2021, páginas 31 a 41 (11 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80083

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una Asociación Económica (en lo sucesivo denominado «Acuerdo»), y en particular sus artículos 14.30 y 22.2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo entró en vigor el 1 de febrero de 2019.

(2)

El 8 de junio de 2019, el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) derogó el capítulo III del Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), al que se hace referencia en la parte 1 del anexo 14-A y en la sección A de la parte 2 del anexo 14-B del Acuerdo. Por lo tanto, procede sustituir las referencias al Reglamento (CE) n.o 110/2008 en el Acuerdo por referencias al Reglamento (UE) 2019/787 en consecuencia.

(3)

El 28 de noviembre de 2019, durante la primera reunión del Comité de Propiedad Intelectual, la Unión Europea y Japón (en lo sucesivo denominados «Partes») debatieron la forma de modificar el anexo 14-B del Acuerdo de conformidad con el artículo 14.30 y acordaron proseguir los debates en los meses siguientes con el fin de llegar a un acuerdo sobre la adición de nuevas indicaciones geográficas en la próxima reunión del Comité Mixto. Como resultado de estos debates, las Partes confirmaron que, cada año, a partir de 2020 y hasta 2022, el Comité Mixto examinaría un máximo de 28 nombres procedentes de la Unión Europea y de Japón, respectivamente, que deban protegerse como indicaciones geográficas y ser añadidos al anexo 14-B del Acuerdo, siempre que dichos nombres estén protegidos como indicaciones geográficas en el ámbito nacional (3). A partir de 2023, las Partes tratarán de añadir indicaciones geográficas adicionales al anexo 14-B de forma continua en función de los intereses de cada Parte, guiadas por un espíritu de estrecha coordinación.

(4)

A petición de las Partes y de conformidad con el artículo 14.30, apartado 1, la Unión Europea ha concluido el procedimiento de oposición y el examen de 28 indicaciones geográficas adicionales de Japón, y Japón ha completado el procedimiento de oposición y el examen de 28 indicaciones geográficas adicionales de la Unión Europea.

(5)

El 2 de marzo de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.30, apartado 3, del Acuerdo, Japón notificó a la Unión el cese de la protección de la indicación geográfica japonesa «西尾の抹茶/Nishio Matcha» en Japón.

(6)

El 28 de diciembre de 2020, de conformidad con el artículo 14.53, apartado 3, el Comité de Propiedad Intelectual recomendó al Comité Mixto que modificara el anexo 14-A y el anexo 14-B del Acuerdo en consecuencia.

(7)

Las Partes ya han completado los procedimientos internos necesarios para la adopción de la Decisión del Comité Mixto en el marco del Acuerdo y deben proceder con premura al intercambio de las notas diplomáticas por las que se confirmen las modificaciones del Acuerdo, para que entren en vigor a más tardar diez días hábiles después de la adopción de la Decisión.

(8)

Por consiguiente, deben modificarse el anexo 14-A y el anexo 14-B del Acuerdo, de conformidad con el artículo 23.2, apartado 3 y apartado 4, letras f) y g), del Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la parte 1 del anexo 14-A y en la nota a pie de página 1 del título «La Unión Europea» de la sección A de la parte 2 del anexo 14-B, las referencias al Reglamento de la UE quedan modificadas tal como se describe en el anexo 1 de la presente Decisión.

Artículo 2

a)   En la sección A de la parte 1 del anexo 14-B del Acuerdo, las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo 2 de la presente Decisión se añaden a la lista correspondiente de indicaciones geográficas del Estado miembro respectivo de la Unión Europea.

b)   En la sección B de la parte 1 del anexo 14-B del Acuerdo, se suprime de la lista de indicaciones geográficas de Japón, tal como se indica en el anexo 3, parte 1, de la presente Decisión, la indicación geográfica «西尾の抹茶/Nishio Matcha», y las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo 3, parte 2, de la presente Decisión se añaden a la lista de indicaciones geográficas de Japón.

c)   En la sección A de la parte 2 del anexo 14-B del Acuerdo, las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo 4 de la presente Decisión se añaden a la lista correspondiente de indicaciones geográficas del Estado miembro respectivo de la Unión Europea.

d)   En la sección B de la parte 2 del anexo 14-B del Acuerdo, las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo 5 de la presente Decisión se añaden a la lista de indicaciones geográficas de Japón.

Artículo 3

a)   En el tercer y cuarto años de aplicación del Acuerdo, el Comité Mixto decidirá sobre la inclusión en el anexo 14-B del Acuerdo de un número máximo de 28 nombres de la Unión Europea y de Japón, respectivamente, que deban protegerse como indicaciones geográficas en virtud del Acuerdo, hasta un máximo de 83 nombres en total por cada Parte, incluidos los nombres contemplados en el artículo 2 de la presente Decisión, siempre que dichos nombres estén protegidos como indicaciones geográficas en el territorio de la Parte de conformidad con sus disposiciones legales y reglamentarias.

b)   A partir del quinto año de aplicación del Acuerdo, las Partes tratarán de añadir indicaciones geográficas adicionales de forma continua en función de los intereses de cada Parte.

Artículo 4

La presente Decisión se redacta en doble ejemplar. Los artículos 1 y 2 y los anexos de la presente Decisión se redactan en doble ejemplar en las lenguas auténticas del Acuerdo en virtud del artículo 23.8, apartado 1, del Acuerdo, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.

Artículo 5

La presente Decisión será aplicada por las Partes conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2, apartado 1, del Acuerdo. Las modificaciones del Acuerdo adoptadas mediante la presente Decisión se verán confirmadas y entrarán en vigor tras el canje de notas diplomáticas de conformidad con el artículo 23.2, apartado 3, del Acuerdo.

Por el Comité Mixto

Toshimitsu MOTEGI

Copresidente [por Japón]

Valdis DOMBROVSKIS

Copresidente [por la UE]

 

(1)  Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008 (DO L 130 de 17.5.2019, p. 1).

(2)  Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo (DO L 39 de 13.2.2008, p. 16).

(3)  Para mayor seguridad, el Comité Mixto examinará cada año 27 o 28 nombres de la Unión Europea, independientemente del número de nombres de Japón.

ANEXO 1

En la parte 1 del anexo 14-A y en la nota a pie de página 1 del título «La Unión Europea» de la sección A de la parte 2 del anexo 14-B, las referencias al «Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo» se sustituyen por referencias al «Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008».

ANEXO 2
AUSTRIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Vorarlberger Bergkäse

ファアアールベルガー・ベルクケーゼ

Quesos»

BULGARIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Българско pозово масло

(Transliteración al alfabeto latino: Bulgarsko rozovo maslo)

バルガルスコ・ロゾヴォ・マスロ

Aceites esenciales

Странджански манов мед/Maнов мед от Странджа (Transliteración al alfabeto latin: Strandzhanski manov med/Manov med ot Strandzha)

ストランジャンスキ・マノフ・メッド/

マノフ・メッド・オット・ストランジャ

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.) [miel]»

CROACIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Baranjski kulen

バラニュスキ・クレン

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [jamón de cerdo]

Dalmatinski pršut

ダルマティンスキ・

プロシュート

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [jamón de cerdo]

Drniški pršut

ドゥルニシュキ・プロシュート

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [jamón de cerdo]

Međimursko meso `z tiblice

メジムルスコ・メソ・ ズ・ティブリツェ

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [jamón de cerdo]

Slavonski med

スラヴォンスキ・メド

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.) [miel]»

FRANCIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Beurre Charentes-Poitou/Beurre des Charentes/Beurre des Deux-Sèvres

ブール・シャラント・ポワトゥー/ブール・デ・シャラント/ブール・デ・ドゥー・セーヴル

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) [mantequilla]

Laguiole

ライオル

Quesos»

ALEMANIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Aachener Printen

アーヘナー・プリンテン

Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería [galletas]»

GRECIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Καλαμάτα

(Transliteración al alfabeto latino: Kalamata)

カラマタ

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) [aceite de oliva]

Κασέρι

(Transliteración al alfabeto latino: Kasseri)

カセリ

Quesos

Κεφαλογραβιέρα

(Transliteración al alfabeto latino: Kefalograviera)

ケファログラヴィエラ

Quesos»

ITALIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Culatello di Zibello

クラテッロ・ディ・ジベッロ

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [jamón de cerdo]

Toscano

トスカーノ

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) [aceite de oliva]»

RUMANÍA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Magiun de prune Topoloveni

マジュン・デ・プルネ・トポロヴェニ

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados [mermelada de ciruela]

Salam de Sibiu

サラム・デ・シビウ

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [salami de cerdo]

Telemea de Ibănești

テレメア・デ・イバネシュティ

Quesos»

ESLOVENIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Kranjska klobasa

クランスカ・クロバサ

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) [embutido de cerdo]»

ESPAÑA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Estepa

エステパ

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) [aceite de oliva]»

ANEXO 3
PARTE 1

Se suprime de la lista de indicaciones geográficas de Japón que figura en la sección B de la parte 1 del anexo 14-B del Acuerdo la indicación geográfica protegida «西尾の抹茶/Nishio Matcha».

PARTE 2

Nombre que debe protegerse

Transcripción al alfabeto latino (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«水戸の柔甘ねぎ

Mito no Yawaraka Negi

Producto agrícola [cebolleta]

松館しぼり大根

Matsudate Shibori Daikon

Producto agrícola [rábano blanco japonés (Daikon)]

対州そば

Taisyu Soba

Producto agrícola [trigo sarraceno]

Producto agrícola transformado [harina de trigo sarraceno]

山形セルリー/

Yamagata Celery

Yamagata Celery

Producto agrícola [apio]

南郷トマト

Nango Tomato

Producto agrícola [tomate]

ヤマダイかんしょ/

Imagen: http://publications.europa.eu/resource/uriserv/OJ.L_.2021.035.01.0031.01.SPA.xhtml.L_2021035ES.01003801.tif.jpg

かんしょ

Yamadai Kansho

Producto agrícola [batata]

岩出山凍り豆腐/

岩出山名産凍り豆腐

Iwadeyama Koridofu/

Iwadeyama Meisan Koridofu

Producto agrícola transformado [tofu congelado]

くまもとあか牛

Kumamoto Akaushi

Carne fresca [vacuno]

二子さといも/二子いものこ

Futago Satoimo/

Futago Imonoko

Producto agrícola [taro]

越前がに/越前かに

Echizen Gani/Echizen Kani

Producto del mar [cangrejo de las nieves]

Producto del mar transformado [cangrejo de las nieves cocido]

大山ブロッコリー/

Daisen Broccoli

Daisen Broccoli

Producto agrícola [brécol]

奥久慈しゃも/

Okukuji Shamo Chicken

Okukuji Shamo

Carne fresca [pollo, despojos]

こおげ花御所柿/

Koge Hanagoshogaki

Koge Hanagoshogaki

Producto agrícola [caqui japonés]

菊池水田ごぼう/

Kikuchi Suiden Gobo

Kikuchi Suiden Gobo

Producto agrícola [bardana]

つるたスチューベン/

Tsuruta Steuben  (1)

Tsuruta Steuben

Producto agrícola [uvas]

小笹うるい/Ozasa Urui

Ozasa Urui

Producto agrícola [hosta comestible]

東京しゃも/

Tokyo Shamo

Tokyo Shamo

Carne fresca [pollo, despojos]

佐用もち大豆/

Sayo Mochidaizu

Sayo Mochidaizu

Producto agrícola

[habas de soja]

いぶりがっこ/Iburigakko

Iburigakko

Producto agrícola transformado [encurtidos]

大栄西瓜/Daiei Suika

Daiei Suika

Producto agrícola [sandía]

津南の雪下にんじん/

Tsunan no Yukishita Ninjin

Tsunan no Yukishita Ninjin

Producto agrícola [zanahoria]

善通寺産四角スイカ/Zentsujisan Shikakusuika

Zentsujisan Shikakusuika

Producto agrícola [sandía]

比婆牛/Hiba Gyu

Hiba Gyu

Carne fresca [vacuno]

伊吹そば/Ibuki Soba/伊吹在来そば/Ibuki Zairaisoba

Ibuki Soba/Ibuki Zairaisoba

Producto agrícola [trigo sarraceno]

東出雲の

Imagen: http://publications.europa.eu/resource/uriserv/OJ.L_.2021.035.01.0031.01.SPA.xhtml.L_2021035ES.01003901.tif.jpg

ほし柿/Higashiizumo no Maruhata Hoshigaki/Higashiizumo no Maruhata Hoshikaki

Higashiizumo no Maruhata Hoshigaki

Producto agrícola transformado [caqui japonés seco]

(1)  Para mayor certeza, los nombres de variedades que consistan en el término «Steuben» o lo contengan podrán seguir utilizándose en productos similares, siempre que no se confunda al consumidor en cuanto a la naturaleza del término o el origen exacto del producto.»

ANEXO 4
ESTONIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Estonian vodka

エストニアン・ウォッカ

Bebidas espirituosas»

FRANCIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Cassis de Dijon

カシス・ドゥ・ディジョン

Bebidas espirituosas»

ALEMANIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Pfalz

ファルツ

Vino»

IRLANDA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Irish Poteen/Irish Poitín

アイリッシュポティーン/アイリッシュポッチーン

Bebidas espirituosas»

ESLOVENIA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Goriška Brda

ゴリシュカ・ブルダ

Vino

Štajerska Slovenija

シュタイエルスカ・スロヴェニア

Vino»

ESPAÑA

Nombre que debe protegerse

Transcripción al japonés (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«Cariñena

カリニェナ

Vino»

ANEXO 5

Nombre que debe protegerse

Transcripción al alfabeto latino (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

«北海道

Hokkaido

Vino

灘五郷

Nadagogo

Seishu (Sake)

はりま

Harima

Seishu (Sake)»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Cooperación económica
  • Denominaciones de origen
  • Japón
  • Unión Europea

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