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Documento DOUE-L-2020-81878

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de marzo de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1301/2013, (UE) nº 1303/2013 y (UE) nº 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID-19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus).

Publicado en:
«DOUE» núm. 426, de 17 de diciembre de 2020, páginas 97 a 97 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81878

TEXTO ORIGINAL

En la página de cubierta y en la página 5, en el título del Reglamento (UE) 2020/460:

donde dice:

«Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de marzo de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013 y (UE) n.o 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID 19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus)»,

debe decir:

«Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de marzo de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013 y (UE) n.o 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de salud de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID 19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus)».

En la página 5, considerandos 1 y 4:

donde dice:

«(1)

Los Estados miembros se han visto afectados de un modo singular por las consecuencias ocasionadas por el brote de COVID-19. La crisis de salud pública actual dificulta el crecimiento en los Estados miembros, lo cual, a su vez, agrava la importante escasez de liquidez debido al significativo incremento imprevisto de la necesidad de inversiones públicas en los sistemas de atención sanitaria y en otros sectores de sus economías. Todo ello ha llevado a una situación excepcional que es necesario abordar con medidas específicas.

…

(4)

Con el fin de responder al impacto de la crisis de salud pública, la prioridad de inversión del FEDER de reforzar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación debe comprender la inversión en productos y servicios necesarios para fomentar las capacidades de respuesta a las crisis en los servicios de atención sanitaria.»,

debe decir:

«(1)

Los Estados miembros se han visto afectados de un modo singular por las consecuencias ocasionadas por el brote de COVID-19. La crisis de salud pública actual dificulta el crecimiento en los Estados miembros, lo cual, a su vez, agrava la importante escasez de liquidez debido al significativo incremento imprevisto de la necesidad de inversiones públicas en los sistemas de salud y en otros sectores de sus economías. Todo ello ha llevado a una situación excepcional que es necesario abordar con medidas específicas.

…

(4)

Con el fin de responder al impacto de la crisis de salud pública, la prioridad de inversión del FEDER de reforzar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación debe comprender la inversión en productos y servicios necesarios para fomentar las capacidades de respuesta a las crisis en los servicios de salud.».

En la página 7, en el artículo 1, punto 2 [modificación del artículo 5, punto 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1301/2013], últimas líneas:

donde dice:

«[…] de tecnologías polivalentes, así como el fomento de la inversión necesaria para reforzar las capacidades de respuesta a las crisis en los servicios de atención sanitaria;»,

debe decir:

«[…] de tecnologías polivalentes, así como el fomento de la inversión necesaria para reforzar las capacidades de respuesta a las crisis en los servicios de salud;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/12/2020
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2020/460, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-2020-80477).
  • CORRIGE errores del Reglamento 1301/2013, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-2013-82896).
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Catástrofes
  • Epidemias
  • Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
  • Fondo Social Europeo
  • Pequeña y Mediana Empresa
  • Pesca
  • Política económica
  • Sanidad
  • Subvenciones

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