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Documento DOUE-L-2020-81734

Decisión de Ejecución (UE) 2020/1779 de la Comisión de 27 de noviembre de 2020 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 en lo que respecta a las normas armonizadas aplicables a determinados aparatos electrodomésticos y análogos; a los sistemas de alimentación eléctrica por carril para luminarias; a las luminarias para alumbrado de emergencia; a los interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas; a los interruptores automáticos; a los detectores de proximidad; a las fuentes de energía de soldadura por arco, y al equipo eléctrico para medición, control y uso en laboratorio.

Publicado en:
«DOUE» núm. 399, de 30 de noviembre de 2020, páginas 6 a 11 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81734

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), el material eléctrico que sea conforme con normas armonizadas o partes de estas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea debe presumirse conforme con los objetivos de seguridad a los que se refiere el artículo 3 de dicha Directiva, que figuran en su anexo I, a los que se apliquen dichas normas o partes de estas.

(2)

Mediante la carta M/511, de 8 de noviembre de 2012, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN), al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) que facilitaran la primera lista completa de los títulos de las normas armonizadas sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión, y encomendó a estas entidades la redacción, revisión y culminación de dichas normas armonizadas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE. Los objetivos de seguridad a los que se refiere el artículo 3 de la Directiva 2014/35/UE, que figuran en su anexo I, no han cambiado desde que se efectuó la solicitud al CEN, el Cenelec y el ETSI.

(3)

Sobre la base de la solicitud M/511, el CEN y el Cenelec revisaron las normas siguientes, cuyas referencias están publicadas en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea mediante la Comunicación 2018/C326/02 de la Comisión (3): EN 60947-5-2:2007 y EN 60974-1:2012. Esto dio lugar a la adopción, respectivamente, de las siguientes normas armonizadas y de una modificación: EN IEC 60947-5-2:2020, aplicable a la aparamenta (aparatos y elementos de conmutación para circuitos de mando; detectores de proximidad); y EN IEC 60974-1:2018 y EN IEC 60974-1:2018/A1:2019, aplicable a los equipos de soldadura eléctrica por arco (fuentes de potencia para soldadura).

(4)

Sobre la base de la solicitud M/511, el CEN y el Cenelec modificaron las normas armonizadas siguientes, cuyas referencias figuran en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 de la Comisión (4): EN 60598-2-22:2014, aplicable a las luminarias para alumbrado de emergencia; y EN 60947-2:2017, aplicable a la aparamenta de baja tensión. Esto dio lugar a la adopción, respectivamente, de las siguientes normas armonizadas modificativas: EN 60598-2-22:2014/A1:2020 y EN 60947-2:2017/A1:2020. El CEN y el Cenelec también modificaron las siguientes normas armonizadas, cuyas referencias están publicadas en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea mediante la Comunicación 2018/C326/02 de la Comisión: EN 60335-2-78:2003, aplicable a las barbacoas para exterior; EN 60335-2-82:2003 aplicable a las máquinas de entretenimiento y máquinas de servicio personal; EN 60335-2-105:2005 aplicable a las cabinas de ducha multifunción; EN 60570:2003 aplicable a los sistemas de alimentación eléctrica por carril para luminarias; y EN 61010-1:2010 aplicable a los equipos eléctricos de medida, control y uso en laboratorio. Esto dio lugar a la adopción, respectivamente, de las siguientes normas armonizadas modificativas y una norma rectificativa: EN 60335-2-78:2003/A11:2020; EN 60335-2-82:2003/A2:2020; EN 60335-2-105:2005/A2:2020; EN 60570:2003/A2:2020; EN 61010-1:2010/A1:2019 y EN 61010-1:2010/A1:2019/AC:2019-04.

(5)

La Comisión, junto con el CEN y el Cenelec, ha evaluado si dichas normas armonizadas, así como sus modificaciones y la corrección correspondientes se ajustan a la solicitud M/511.

(6)

Las normas armonizadas EN IEC 60947-5-2:2020, EN IEC 60974-1:2018 modificada por la norma EN IEC 60974-1:2018/A1:2019, EN 60335-2-78:2003 modificada por la norma EN 60335-2-78:2003/A11:2020, EN 60335-2-82:2003 modificada por la norma EN 60335-2-82:2003/A2:2020, EN 60335-2-105:2005 modificada por la norma EN 60335-2-105:2005/A2:2020, EN 60570:2003 modificada por la norma EN 60570:2003/A2:2020, EN 60598-2-22:2014 modificada por la norma EN 60598-2-22:2014/A1:2020, EN 60947-2:2017 modificada por la norma EN 60947-2:2017/A1:2020 y EN 61010-1:2010 modificada por la norma EN 61010-1:2010/A1:2019 y corregida por la norma EN 61010-1:2010/A1:2019/AC:2019-04, y modificadas y corregidas por cualesquiera otras normas cuyas referencias estén publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, cumplen los objetivos que pretenden cubrir y que se establecen en la Directiva 2014/35/UE. Procede, por tanto, publicar las referencias de dichas normas en el Diario Oficial de la Unión Europea, junto con las referencias de cualquier norma pertinente que las modifique o corrija.

(7)

En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se enumeran las referencias de las normas armonizadas que confieren una presunción de conformidad con la Directiva 2014/35/UE. A fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE figuran en un único acto, las referencias de dichas normas deben incluirse en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956.

(8)

El CEN y el Cenelec también elaboraron la corrección de errores EN 60669-1:2018/AC:2020-02 que corrige la norma armonizada EN 60669-1:2018 relativa a los interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas, cuya referencia se incluye en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956. Dado que la corrección de errores introduce correcciones técnicas en dicha norma y a fin de garantizar la aplicación correcta y coherente de las normas armonizadas cuyas referencias se han publicado, procede incluir la referencia de dicha norma armonizada junto con la referencia de la corrección de errores en el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956.

(9)

Por tanto, habida cuenta de que han sido revisadas, modificadas o corregidas, es necesario retirar de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea las referencias de las siguientes normas armonizadas, junto con las referencias de cualquier norma que las modifique o corrija publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea: EN 60947-5-2:2007, EN 60974-1:2012, EN 60335-2-78:2003; EN 60335-2-82:2003; EN 60335-2-105:2005; EN 60570:2003; y EN 61010-1:2010. En el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se enumeran las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/35/UE que se retiran de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea. Procede, por tanto, incluir dichas referencias en el mencionado anexo.

(10)

Asimismo, habida cuenta de que han sido corregidas o modificadas, es necesario retirar de la serie L del Diario Oficial de la Unión Europea las referencias de las normas armonizadas EN 60669-1:2018, EN 60598-2-22:2014 y EN 60947-2:2017, junto con las referencias de cualquier norma que las modifique o corrija publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. Procede, por tanto, eliminar dichas referencias del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956.

(11)

Con el fin de dar a los fabricantes tiempo suficiente para prepararse para la aplicación de las normas armonizadas EN IEC 60947-5-2:2020, EN IEC 60974-1:2018 modificada por la norma EN IEC 60974-1:2018/A1:2019, EN 60335-2-78:2003 modificada por la norma EN 60335-2-78:2003/A11:2020, EN 60335-2-82:2003 modificada por la norma EN 60335-2-82:2003/A2:2020, EN 60335-2-105:2005 modificada por la norma EN 60335-2-105:2005/A2:2020, EN 60570:2003 modificada por la norma EN 60570:2003/A2:2020, EN 60598-2-22:2014 modificada por la norma EN 60598-2-22:2014/A1:2020, EN 60947-2:2017 modificada por la norma EN 60947-2:2017/A1:2020, EN 61010-1:2010 modificada por la norma EN 61010-1:2010/A1:2019 y corregida por la norma EN 61010-1:2010/A1:2019/AC:2019-04, y EN 60669-1:2018 corregida por la norma EN 60669-1:2018/AC:2020-02, y modificadas y corregidas por cualesquiera otras normas cuyas referencias estén publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, es necesario aplazar la retirada de las referencias de las normas armonizadas EN 60947-5-2:2007, EN 60974-1:2012, EN 60598-2-22:2014, EN 60947-2:2017, EN 60335-2-78:2003, EN 60335-2-82:2003, EN 60335-2-105:2005, EN 60570:2003, EN 61010-1:2010 y EN 60669-1:2018, junto con las referencias de cualquier norma que las modifique o corrija publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(12)

 

(13)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 en consecuencia.

 

La conformidad con una norma armonizada confiere una presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes, incluidos los objetivos de seguridad, que se hayan establecido en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se modifica de conformidad con el anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se modifica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Los puntos 1 y 3 del anexo I serán aplicables a partir del 30 de mayo de 2022.

El punto 5 del anexo I será aplicable a partir del 30 de mayo de 2021.

Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 2020.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(2)  Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (DO L 96 de 29.3.2014, p. 357).

(3)  Comunicación 2018/C326/02 de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (DO C 326 de 14.9.2018, p. 4).

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2019, relativa a las normas armonizadas sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión que se han elaborado en apoyo de la Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 306 de 27.11.2019, p. 26).

ANEXO I

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se modifica como sigue:

1) se suprime la fila 14;

2) se añade la fila 14bis siguiente:

 

 

«14bis.

EN 60598-2-22:2014

Luminarias. Parte 2-22: Requisitos particulares. Luminarias para alumbrado de emergencia.

EN 60598-2-22:2014/AC:2015

EN 60598-2-22:2014/AC:2016-05

EN 60598-2-22:2014/AC:2016-09

EN 60598-2-22:2014/A1:2020»;

3) se suprime la fila 17;

4) se añade la fila 17bis siguiente:

 

 

«17bis.

EN 60947-2:2017

Aparamenta de baja tensión. Parte 2: Interruptores automáticos.

EN 60947-2:2017/A1:2020»;

5) se suprime la fila 44;

6) se añade la fila 44bis siguiente:

 

 

«44bis.

EN 60669-1:2018

Interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas. Parte 1: Requisitos generales.

EN 60669-1:2018/AC:2018-11

EN 60669-1:2018/AC:2020-02»;

7) se añaden las filas siguientes:

 

 

Referencia de la norma

«66.

EN 60335-2-78:2003

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-78: Requisitos particulares para barbacoas para exterior.

EN 60335-2-78:2003/A1:2008

EN 60335-2-78:2003/A11:2020

67.

EN 60335-2-82:2003

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-82: Requisitos particulares para máquinas de entretenimiento y máquinas de servicio personal.

EN 60335-2-82:2003/A1:2008

EN 60335-2-82:2003/A2:2020

68.

EN 60335-2-105:2005

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-105: Requisitos particulares para cabinas de ducha multifunción.

EN 60335-2-105:2005/A11:2010

EN 60335-2-105:2005/A1:2008

EN 60335-2-105:2005/A2:2020

69.

EN 60570:2003

Sistemas de alimentación eléctrica por carril para luminarias.

EN 60570:2003/A1:2018

EN 60570:2003/A2:2020

70.

EN IEC 60947-5-2:2020

Aparamenta de baja tensión. Parte 5-2: Aparatos y elementos de conmutación para circuitos de mando. Detectores de proximidad.

71.

EN IEC 60974-1:2018

Equipos de soldadura eléctrica por arco. Parte 1: Fuentes de potencia para soldadura.

EN IEC 60974-1:2018/A1:2019

72.

EN 61010-1:2010

Requisitos de seguridad de equipos eléctricos de medida, control y uso en laboratorio. Parte 1: Requisitos generales.

EN 61010-1:2010/A1:2019

EN 61010-1:2010/A1:2019/AC:2019-04».

ANEXO II

En el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1956 se añaden las filas siguientes:

Referencia de la norma

Fecha de retirada

«65.

EN 60335-2-78:2003

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-78: Requisitos particulares para barbacoas para exterior.

EN 60335-2-78:2003/A1:2008

30.5.2022

66.

EN 60335-2-82:2003

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-82: Requisitos particulares para máquinas de entretenimiento y máquinas de servicio personal.

EN 60335-2-82:2003/A1:2008

30.5.2022

67.

EN 60335-2-105:2005

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 2-105: Requisitos particulares para cabinas de ducha multifunción.

EN 60335-2-105:2005/A11:2010

EN 60335-2-105:2005/A1:2008

30.5.2022

68.

EN 60570:2003

Sistemas de alimentación eléctrica por carril para luminarias.

EN 60570:2003/A1:2018

30.5.2022

69.

EN 60947-5-2:2007

Aparamenta de baja tensión. Parte 5-2: Aparatos y elementos de conmutación para circuitos de mando. Detectores de proximidad.

EN 60947-5-2:2007/A1:2012

30.5.2022

70.

EN 60974-1:2012

Equipos de soldadura eléctrica por arco. Parte 1: Fuentes de potencia para soldadura.

30.5.2022

71.

EN 61010-1:2010

Requisitos de seguridad de equipos eléctricos de medida, control y uso en laboratorio. Parte 1: Requisitos generales.

30.5.2022»

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 27/11/2020
  • Fecha de publicación: 30/11/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 30/11/2020
  • Aplicable desde el 30 de mayo de 2021 o el 30 de mayo de 2022, según lo indicado.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2020/1779/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II de la Decisión 2019/1956, de 26 de noviembre (Ref. DOUE-L-2019-81818).
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • Electricidad
  • Electrodomésticos
  • Maquinaria
  • Material de alumbrado
  • Normalización

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