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Documento DOUE-L-2020-81488

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1463 del Consejo de 12 de octubre de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2018/1542 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra la proliferación y el uso de las armas químicas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 335, de 13 de octubre de 2020, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81488

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2018/1542 del Consejo, de 15 de octubre de 2018, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra la proliferación y el uso de las armas químicas (1), y en particular su artículo 12,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 15 de octubre de 2018, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2018/1542.

(2) De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE) 2018/1542, el Consejo ha revisado la lista de personas y entidades designadas que figura en el anexo I de dicho Reglamento. Procede actualizar una entrada en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, tal como figura en el anexo I de dicho Reglamento.

(3) Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2018/1542 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2018/1542 queda modificado según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 12 de octubre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

(1)  DO L 259 de 16.10.2018, p. 12.

ANEXO
La entrada n.o 5 de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, bajo el epígrafe «A. Personas físicas», tal como tal como figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2018/1542, se sustituye por el texto siguiente:

Nombre

Información identificativa

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«5. Said SAID

Alias: Saeed, Sa’id Sa’id, Imagen: http://publications.europa.eu/resource/uriserv/OJ.L_.2020.335.01.0001.01.SPA.xhtml.L_2020335ES.01000201.tif.jpg

Rango: médico, miembro del Instituto 3000 (también denominado Instituto 6000) del SSRC

Sexo: masculino

Fecha de nacimiento: 11 de diciembre de 1955

Said Said es una figura destacada del Instituto 3000 (también denominado Instituto 6000), la división del Centro de Estudios e Investigación Científica responsable de desarrollar y producir las armas químicas de Siria.

21.1.2019».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2018/1542, de 15 de octubre (Ref. DOUE-L-2018-81666).
Materias
  • Armas
  • Comercio
  • Cooperación internacional
  • Cuentas bloqueadas
  • Organización para la Prohibición de las Armas Químicas
  • Sanciones
  • Siria

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