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Documento DOUE-L-2020-80859

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/730 del Consejo, de 2 de junio de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 172, de 3 de junio de 2020, páginas 1001 a 1002 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80859

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo, de 30 de agosto de 2017, relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 329/2007 (1), y en particular su artículo 47, apartado 5,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 30 de agosto de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/1509.

(2) El 11 de mayo de 2020, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1718 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió actualizar la información relativa a una entidad sujeta a medidas restrictivas.

(3) Por lo tanto, procede modificar en consecuencia el anexo XIII del Reglamento (UE) 2017/1509.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo XIII del Reglamento (UE) 2017/1509 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de junio de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

G. GRLIĆ RADMAN

 

(1)  DO L 224 de 31.8.2017, p. 1.

ANEXO

En el Reglamento (UE) 2017/1509, anexo XIII, parte b) («Personas jurídicas, entidades y organismos»), la entrada 75 se sustituye por el texto siguiente:

75.

YUK TUNG ENERGY PTE LTD

 

80 Raffles Place, #17-22 UOB Plaza, Singapore, 048624, Singapur

30.3.2018

Gestor comercial y del buque YUK TUNG, que realizó un trasbordo entre buques de productos petrolíferos refinados.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en DOUE L 177, de 5 de junio de 2020 (Ref. DOUE-L-2020-80881).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XIII del Reglamento 2017/1509, de 30 de agosto (Ref. DOUE-L-2017-81701).
Materias
  • Corea del Norte
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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