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Documento DOUE-L-2020-80659

Decision de Ejecucion (PESC) 2020/584 del Consejo de 28 de abril de 2020 por la que se aplica la Decisión 2013/798/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Centroafricana.

Publicado en:
«DOUE» núm. 137, de 29 de abril de 2020, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80659

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2013/798/PESC del Consejo, de 23 de diciembre de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Centroafricana (1), y en particular su artículo 2 quater,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 23 de diciembre de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/798/PESC.

(2) El 20 de abril de 2020, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas creado en virtud de la Resolución 2127 (2013) de dicho Consejo de Seguridad decidió incluir a una persona en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(3) Por lo tanto, procede modificar el anexo de la Decisión 2013/798/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2013/798/PESC queda modificado como se indica en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de abril de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

G. GRLIĆ RADMAN

(1)  DO L 352 de 24.12.2013, p. 51.

ANEXO

Se añade la siguiente entrada a la lista establecida en la parte A (Personas) del anexo de la Decisión 2013/798/PESC:

A.   Personas

«13. Martin KOUMTAMADJI (alias: a) Abdoulaye Miskine b) Abdoullaye Miskine c) Martin Nadingar Koumtamadji d) Martin Nkoumtamadji e) Martin Koumta Madji f) Omar Mahamat)

Cargo o grado: presidente y comandante en jefe del Front Démocratique du Peuple Centrafricain (FDPC)

Fecha de nacimiento: a) 5 de octubre de 1965; b) 3 de marzo de 1965

Lugar del nacimiento: a) Ndïnaba, Chad; b) Kobo, República Centroafricana (c) Kabo, República Centroafricana

Nacionalidad: a) Chad; b) República Centroafricana

Pasaporte n.o: 06FBO2262 (pasaporte diplomático de la RCA) expedido el 22 de febrero de 2007, caducado el 21 de febrero de 2012

Dirección: Am Dafock, prefectura de Vakaga, República Centroafricana (última localización conocida)

Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:20 de abril de 2020

Otros datos: Martin Koumtamadji fundó el FDPC en 2005. Se unió a la coalición Seleka en diciembre de 2012 y la abandonó en abril de 2013, una vez que los rebeldes hubieron tomado el poder en Bangui. Tras ser detenido en Camerún fue trasladado a Brazzaville, República del Congo. Se mantuvo al mando de sus tropas sobre el terreno en la RCA, incluso cuando se encontraba en Brazzaville antes de su regreso a la República Centroafricana (entre noviembre de 2014 y 2019). El FDPC firmó el Acuerdo Político por la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana el 6 de febrero de 2019, pero Martin Koumtamadí sigue constituyendo una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de la RCA.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Presidente y comandante en jefe del Front Démocratique du Peuple Centrafricain (FDPC, grupo armado implicado en actividades violentas), Martin Koumatamadji ha participado en actos que constituyen una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de la RCA, y en particular para la aplicación del Acuerdo Político por la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana firmado el 6 de febrero de 2019 en Bangui.

Rechazó el desarme de los miembros del FDPC, quebrantando así el compromiso contraído a la firma del Acuerdo Político por la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana, y en julio de 2019 amenazó con derrocar al presidente Touadéra.

En junio de 2019 empezó a colaborar con el también objeto de sanciones Nourredine Adam (CFI.002) y se involucró en el tráfico de armas junto a un estrecho colaborador de este último, con el fin de desarrollar las capacidades militares del FDPC.

Además, ofreció participar al Front Populaire pour la Renaissance de la Centrafrique (FPRC) en una operación militar con su grupo armado durante los combates librados en la prefectura de Vakaga en 2019.

Siguió impidiendo el restablecimiento de la autoridad estatal en las zonas de actividad del FPDC, manteniendo bloqueos ilegales en carreteras para extorsionar a pastores, agentes económicos (en particular a las empresas de extracción de oro que operan en la prefectura de Nana-Mambé) y viajeros.

Bajo su mando, el FDPC cometió actos que constituyen abusos o violaciones de los derechos humanos en la prefectura de Nana-Mambéré, en particular atentados contra civiles en abril de 2019, secuestros de civiles en marzo de 2019 (cerca de Zoukombo) y actos de violencia sexual y de género en mayo de 2019 (en Bagary). En 2017, el FDPC también perpetró catorce actos de violencia sexual.

Entre 2016 y 2019, el FDPC reclutó a niños para utilizarlos como soldados en conflictos armados y obligó a once niñas a casarse con miembros de FDPC.

En marzo de 2019 participó en la obstrucción del suministro de ayuda humanitaria cuando el FDPC, comandado por Miskine, acometió una serie de ataques en la carretera principal de Camerún a Bangui.

Por último, miembros del FDPC hostigaron a la MINUSCA en abril de 2019 cerca de Zoukokombo (prefectura de Nana-Mambéré) y en el eje Bouar-Beleko».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Decisión 2013/798, de 23 de diciembre (Ref. DOUE-L-2013-82952).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Centroafricana
  • Sanciones

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