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Documento DOUE-L-2020-80612

Decisión de Ejecución (UE) 2020/534 de la Comisión de 16 de abril de 2020 por la que se suspende el examen de las solicitudes de admisión en las redes europeas de referencia existentes.

Publicado en:
«DOUE» núm. 119, de 17 de abril de 2020, páginas 18 a 19 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80612

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza (1), y en particular su artículo 12, apartado 4, letras b) y c),

Considerando lo siguiente:

(1) En la Decisión de Ejecución 2014/287/UE de la Comisión (2) se fijan los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia («las redes») y de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes. En el artículo 6 de dicha Decisión se invita a los Estados miembros a crear un Consejo de Estados miembros con el fin de decidir si aprueba o no las propuestas de redes, su composición y su disolución. Los Estados miembros crearon el Consejo de Estados miembros, que aprobó posteriormente veintitrés redes en diciembre de 2016 y una en febrero de 2017. Todas las redes iniciaron sus actividades en 2017.

(2) La Decisión de Ejecución (UE) 2019/1269 de la Comisión (3) modificó la Decisión de Ejecución 2014/287/UE e introdujo, entre otras cosas, el concepto de un consejo de dirección para cada red individual, así como unos plazos para que dichos consejos de dirección emitieran su proyecto de dictamen y su dictamen final sobre las solicitudes de admisión.

(3) Así, el artículo 8 de la Decisión de Ejecución 2014/287/UE establece el procedimiento para las solicitudes de admisión en redes existentes, incluidos los plazos específicos que deben cumplir los consejos de dirección de las redes y los proveedores de asistencia sanitaria solicitantes.

(4) En 2019 se inició una convocatoria de admisión en las redes existentes y se está realizando la evaluación de las solicitudes recibidas.

(5) Debido al brote de la pandemia de COVID-19, los esfuerzos de los proveedores de asistencia sanitaria y de los profesionales de la salud en la Unión se dedican plenamente a hacer frente a la actual crisis de salud pública. A través de una serie de peticiones de los distintos consejos de dirección de las redes, se ha puesto en conocimiento de la Comisión que estas circunstancias excepcionales les impiden a ellos y a los solicitantes cumplir los plazos establecidos en el artículo 8 de la Decisión de Ejecución 2014/287/UE.

(6) Con el fin de que el procedimiento de evaluación pueda continuar debidamente una vez que dejen de existir las circunstancias excepcionales relacionadas con esta emergencia de salud pública, el examen de las solicitudes de admisión en las redes existentes que se estaba realizando el 31 de marzo de 2020 debe suspenderse del 1 de abril al 31 de agosto de 2020. A fin de garantizar la plena transparencia, los servicios de la Comisión deben comunicar la suspensión a todos los consejos de dirección de las redes, a los solicitantes y a los Estados miembros, así como los motivos de esta suspensión.

(7) Con vistas a disipar la incertidumbre en torno a las solicitudes pendientes durante la pandemia, la presente Decisión debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación.

(8) Por razones de seguridad jurídica, debe aplicarse retroactivamente desde el 1 de abril de 2020.

(9) La medida prevista en la presente Decisión se ajusta al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 16 de la Directiva 2011/24/UE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El examen de las solicitudes de admisión en las redes europeas de referencia existentes que se estaba realizando el 31 de marzo de 2020 se suspenderá del 1 de abril al 31 de agosto de 2020.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de abril de 2020.

Hecho en Bruselas, el 16 de abril de 2020.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 88 de 4.4.2011, p. 45.

(2)  Decisión de Ejecución 2014/287/UE de la Comisión, de 10 de marzo de 2014, por la que se fijan los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia y de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes (DO L 147 de 17.5.2014, p. 79).

(3)  Decisión de Ejecución (UE) 2019/1269 de la Comisión, de 26 de julio de 2019, que modifica la Decisión de Ejecución 2014/287/UE, por la que se fijan los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia y de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes (DO L 200 de 29.7.2019, p. 35).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/04/2020
  • Fecha de publicación: 17/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 18/04/2020
  • Aplicable desde el 1 de abril de 2019.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2020/534/spa
Referencias anteriores
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Comités consultivos
  • Consumidores y usuarios
  • Cooperación internacional
  • Epidemias
  • Información
  • Sanidad
  • Unión Europea

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