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Documento DOUE-L-2019-81926

Decisión (PESC) 2019/2112 del Consejo de 9 de diciembre de 2019 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2303 de apoyo a la aplicación continua de la Resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Decisión EC M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la destrucción de las armas químicas sirias, en el marco de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva.

Publicado en:
«DOUE» núm. 318, de 10 de diciembre de 2019, páginas 159 a 160 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81926

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 12 de diciembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/2303 (1).

(2) La Decisión (PESC) 2017/2303 establece un período de ejecución de 12 meses para las actividades a las que se refiere su artículo 1, apartado 2, a partir de la fecha de celebración del acuerdo de financiación al que se refiere su artículo 3, apartado 3.

(3) El 10 de diciembre de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1943 (2), por la que se prorroga 12 meses el período de ejecución de la Decisión (PESC) 2017/2303.

(4) El 24 de junio de 2019, la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), a la que corresponde la ejecución técnica del proyecto respaldado por la Decisión (PESC) 2017/2303, solicitó la autorización de la Unión para prorrogar 24 meses el período de ejecución de dicha Decisión, hasta un total de 48 meses.

(5) Esta prórroga adicional del período de ejecución de la Decisión (PESC) 2017/2303 permitirá a la OPAQ continuar la ejecución de las actividades a las que se refiere su artículo 12, apartado 1, después de la fecha de expiración establecida en su artículo 5, apartado 2, y alcanzar los objetivos previstos de dichas actividades, incluida la mejora de la capacidad de la OPAQ para hacer frente a la amenaza del uso de armas químicas.

(6) La modificación solicitada de la Decisión (PESC) 2017/2303 se refiere a su artículo 5, apartado 2, y a la sección 8 de su anexo, en la que hay que modificar la referencia a la duración del proyecto.

(7) Tal como se indica específicamente en la solicitud presentada por la OPAQ el 24 de junio de 2019, la continuación de las actividades a las que se refiere el artículo 1, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2017/2303 no tendría repercusión alguna en materia de recursos.

(8) Procede, por lo tanto, modificar la Decisión (PESC) 2017/2303 a fin de que se puedan continuar ejecutando las actividades a las que se refiere su artículo 1, apartado 2, prorrogando su duración en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2017/2303 se modifica como sigue:

1) En el artículo 5, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. La presente Decisión expirará a los 48 meses de la fecha de la celebración del acuerdo financiero entre la Comisión y la OPAQ a que hace referencia el artículo 3, apartado 3, o seis meses después de su entrada en vigor si para entonces no se ha celebrado acuerdo financiero alguno.».

2) El texto de la sección 8 del anexo se sustituye por el texto siguiente:

«Duración estimada

La duración prevista del proyecto es de 48 meses.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 2019.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

(1)  Decisión (PESC) 2017/2303 del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, de apoyo a la aplicación continua de la Resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la destrucción de las armas químicas sirias, en el marco de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 329 de 13.12.2017, p. 55).

(2)  Decisión (PESC) 2018/1943 del Consejo, de 10 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2303 de apoyo a la aplicación continua de la Resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la destrucción de las armas químicas sirias, en el marco de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 314 de 11.12.2018, p. 58).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5.2 y el anexo de la Decisión 2017/2303, de 12 de diciembre (Ref. DOUE-L-2017-82496).
Materias
  • Armas
  • Cooperación técnica
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Productos químicos
  • Siria

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