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Documento DOUE-L-2019-81903

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/1890 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

Publicado en:
«DOUE» núm. 316, de 6 de diciembre de 2019, páginas 107 a 107 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81903

TEXTO ORIGINAL

En la página 8, en el artículo 12, apartado 1:,

donde dice:

«Cuando el Consejo decida someter a una persona física o jurídica, entidad u organismo a las medidas a las que se refiere el artículo 3, modificará el anexo I en consecuencia.»

 

debe decir:

«Cuando el Consejo decida someter a una persona física o jurídica, entidad u organismo a las medidas a las que se refiere el artículo 2, modificará el anexo I en consecuencia.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 06/12/2019
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/1890, de 11 de noviembre (Ref. DOUE-L-2019-81754).
Materias
  • Chipre
  • Cuentas bloqueadas
  • Hidrocarburos
  • Mediterráneo
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Sondeos
  • Turquía

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