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Documento DOUE-L-2019-81657

Directiva (UE) 2019/1832 de la Comisión de 24 de octubre de 2019 por la que se modifican los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE del Consejo en lo que respecta a las adaptaciones de carácter estrictamente técnico.

Publicado en:
«DOUE» núm. 279, de 31 de octubre de 2019, páginas 35 a 53 (19 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81657

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/656/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual (1), y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) El principio 10 del pilar europeo de derechos sociales (2), proclamado en Gotemburgo el 17 de noviembre de 2017, establece que todos los trabajadores tienen derecho a un entorno de trabajo saludable, seguro y adaptado. El derecho de los trabajadores a un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad en el trabajo, así como a un entorno de trabajo adaptado a sus necesidades profesionales y que les permita prolongar su participación en el mercado laboral, comprende el uso de equipos de protección individual en el lugar de trabajo cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios, medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.

(2) La aplicación de las Directivas en materia de salud y seguridad de los trabajadores en el trabajo, incluida la Directiva 89/656/CEE, fue objeto de una evaluación a posteriori, conocida como evaluación REFIT. Esta analizó la pertinencia de las Directivas, la investigación y los nuevos conocimientos científicos en los distintos campos implicados. La evaluación REFIT, mencionada en el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión (3), llega a la conclusión, entre otras, de que el uso de equipos de protección individual afecta aproximadamente al 40 % de los trabajadores de la UE, pues no hay otra manera de evitar los riesgos en el lugar de trabajo; y de que se necesita abordar las dificultades de aplicación de la Directiva 89/656/CEE.

(3) En su Comunicación «Trabajo más seguro y saludable para todos. Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo» (4), la Comisión reiteró que, si bien la evaluación REFIT del acervo de la Unión sobre salud y seguridad en el trabajo confirmó que la legislación de este campo es, en general, eficaz y adecuada a su objetivo, hay margen para actualizar las normas obsoletas y garantizar una protección mejor y más amplia, el cumplimiento y la aplicación sobre el terreno. La Comisión hace hincapié en la necesidad particular de examinar la definición de equipo de protección individual y su uso por parte de diferentes servicios y sectores, tal y como se establece en el artículo 2 de la Directiva 89/656/CEE.

(4) La Directiva 89/656/CEE fija unos requisitos mínimos para el uso de los equipos de protección individual por parte de los trabajadores en el trabajo; dichos equipos deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Para facilitar el establecimiento de las reglas generales necesarias en virtud del artículo 6 de la Directiva 89/656/CEE, los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE proporcionan directrices no vinculantes destinadas a simplificar y apoyar la selección de equipos de protección individual apropiados en relación con los riesgos, las actividades y los sectores involucrados.

(5) El Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) establece las disposiciones relativas al diseño, la fabricación y la comercialización de equipos de protección individual. Asimismo, el Reglamento (UE) 2016/425 modificó la categorización de los riesgos de productos, a fin de permitir a los empresarios comprender y, de esta manera, implementar el uso de los equipos de protección individual, tal y como se explica en mayor detalle en las Directrices en materia de equipos de protección individual (6), que aclaran los procedimientos y asuntos a los que se alude en el Reglamento (UE) 2016/425. Se considera apropiado actualizar los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, para garantizar la coherencia con la clasificación de riesgos dispuesta en el Reglamento (UE) 2016/425 y armonizarla con la terminología utilizada y los tipos de equipo de protección individual mencionados en el Reglamento (UE) 2016/425.

(6) El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 89/656/CEE dispone que los empresarios deben proporcionar equipos de protección individual que se adecuen a las disposiciones pertinentes de la Unión sobre diseño y construcción en materia de seguridad y de salud. En virtud de ese artículo, los empresarios que los proporcionan a sus trabajadores deben garantizar que dichos equipos respetan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/425.

(7) El anexo I de la Directiva 89/656/CEE presenta un esquema indicativo para el inventario de los riesgos con el fin de utilizar los equipos de protección individual, y enumera los tipos de riesgos que podrían existir en el lugar de trabajo en relación con las diferentes partes del cuerpo que han de proteger tales equipos. Así pues, debe modificarse el anexo I para que tenga en cuenta los nuevos tipos de riesgos que pueden surgir en el trabajo, así como para garantizar la coherencia con la clasificación de riesgos y la terminología empleadas, en particular, en el Reglamento (UE) 2016/425.

(8) Además, ha de modificarse el anexo II de la Directiva 89/656/CEE, que contiene una lista indicativa y no exhaustiva de los diferentes tipos de equipos de protección individual, a fin de abarcar también los nuevos tipos de riesgos que figuran en el anexo I de tal Directiva. También debería modificarse el anexo II para que incluya ejemplos de equipos de protección individual disponibles actualmente en el mercado de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/425 y con la terminología utilizada en este.

(9) El anexo III de la Directiva 89/656/CEE expone una lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual, reuniendo así las clasificaciones de riesgos presentadas en el anexo I de dicha Directiva y los tipos de equipos de protección individual descritos en el anexo II del mismo acto. Por consiguiente, el anexo III de la Directiva 89/656/CEE debe reestructurarse para asegurar la coherencia entre la terminología y las clasificaciones empleadas en los tres Anexos y el Reglamento (UE) 2016/425. Esto permitirá a los empresarios de distintos sectores e industrias identificar y suministrar con mayor propiedad equipos de protección individual que correspondan a las actividades específicas y los tipos concretos de riesgos a los que están expuestos los trabajadores, tal y como se indica en la evaluación de riesgos.

(10) Se solicitó consejo al Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo acerca de las medidas derivadas de la adopción de la Comunicación de la Comisión «Trabajo más seguro y saludable para todos. Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo» que son necesarias para asegurar que la legislación de la UE sobre salud y seguridad en el trabajo siga siendo eficaz y adecuada a su objetivo.

(11) En su «Opinion on the Modernisation of Six OSH Directives to Ensure Healthier and Safer Work for All» (Dictamen sobre la modernización de seis Directivas en materia de seguridad de seguridad e higiene en el trabajo para garantizar un trabajo más seguro y saludable para todos) (7), adoptado el 6 de diciembre de 2017, el Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo recomienda modificar la Directiva 89/656/CEE para reforzar su pertinencia y eficacia.

(12) En su posterior «Opinion on technical updates to the annexes of the Personal Protective Equipment Directive (89/656/EEC)» [Dictamen sobre las actualizaciones técnicas para los anexos de la Directiva en materia de equipos de protección individual (89/656/CEE)] (8), adoptado el 31 de mayo de 2018, el Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo sugiere actualizar de manera específica los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, tomando en consideración los avances tecnológicos más recientes en el campo y asegurando la coherencia con el Reglamento (UE) 2016/425.

(13) Para preparar la actualización en curso de los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, la Comisión contó con la ayuda de un equipo de expertos en representación de los Estados miembros, que prestaron apoyo científico y técnico.

(14) De conformidad con la Declaración política conjunta sobre los documentos explicativos (9), adoptada por los Estados miembros y la Comisión el 28 de septiembre de 2011, los Estados miembros se han comprometido a adjuntar a la notificación de sus medidas de transposición, en aquellos casos en que esté justificado, uno o varios documentos que expliquen la relación entre los elementos de una Directiva y las partes correspondientes de los instrumentos nacionales de transposición.

(15) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 17 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo (10).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Directiva.

Artículo 2

1. Los Estados miembros pondrán en vigor, a más tardar el 20 de noviembre de 2021, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Cuando los Estados miembros adopten dichas medidas, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Artículo 3

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2019.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1) DO L 393 de 30.12.1989, p. 18.

(2) Pilar europeo de derechos sociales, 2017, https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/social-summit-european-pillar- social-rights-booklet_es.pdf

(3) SWD(2017)10 final.

(4) COM(2017) 12.

(5) Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo (DO L 81 de 31.3.2016, p. 51).

(6) PPE Regulation Guidelines – Guide to application of Regulation (EU) 2016/425 on personal protective equipment (Directrices del Reglamento de EPI: guía para la aplicación del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, en inglés en la dirección https://ec.europa.eu/docsroom/documents/29201).

(7) Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, documento 1718/2017.

(8) Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, documento 443/18.

(9) DO C 369 de 17.12.2011, p. 14.

(10) Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1).

ANEXO

1)   El anexo I de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO I

RIESGOS EN RELACIÓN CON LAS PARTES DEL CUERPO QUE SE DEBEN PROTEGER CON LOS EPI (*)

(*) No se puede esperar que esta lista de riegos/partes del cuerpo sea exhaustiva.

La evaluación de riesgos determinará la necesidad de suministrar un EPI y sus características de acuerdo con las disposiciones de la presente Directiva.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2019.279.01.0035.01.SPA.xhtml.L_2019279ES.01003802.tif.jpg

».

2)   El anexo II de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO II

LISTA NO EXHAUSTIVA DE TIPOS DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL EN RELACIÓN CON LOS RIESGOS CONTRA LOS QUE PROTEGEN

Equipos de PROTECCIÓN PARA LA CABEZA

cascos o gorras/pasamontañas/protectores para la cabeza para proteger contra:

golpes resultantes de caídas o proyecciones de objetos

choques contra un obstáculo

riesgos mecánicos (perforaciones, abrasiones)

compresión estática (aplastamiento lateral)

riesgos térmicos (llamas, calor, frío, sólidos calientes, incluidos metales fundidos)

descargas eléctricas y trabajos en tensión

riesgos químicos

radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)

redecillas para el pelo contra el riesgo de enredos

Equipos de PROTECCIÓN PARA LOS OÍDOS

protectores auriculares (por ejemplo, auriculares incorporados a un casco, con reducción de ruido activa y con entrada eléctrica de audio)

tapones para los oídos (por ejemplo, tapones dependientes de nivel y tapones adaptados a medida)

Equipos de PROTECCIÓN PARA LOS OJOS Y LA CARA

gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales (gafas graduadas, si procede) para proteger contra:

riesgos mecánicos

riesgos térmicos

radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)

radiación ionizante

aerosoles sólidos y líquidos de agentes químicos y biológicos

Equipos de PROTECCIÓN PARA LAS VÍAS RESPIRATORIAS

aparatos filtrantes para proteger contra:

partículas

gases

partículas y gases

aerosoles sólidos o líquidos

aparatos aislantes, incluyendo aquellos con suministro de aire

dispositivos de autorrescate

aparatos y material para buceadores

Equipos de PROTECCIÓN PARA MANOS Y BRAZOS

guantes (incluyendo manoplas y protectores de brazos) para proteger contra:

riesgos mecánicos

riesgos térmicos (calor, llamas y frío)

descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestáticos, conductores y aislantes)

riesgos químicos

agentes biológicos

radiación ionizante y contaminación radiactiva

radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)

riesgos de vibración

dediles

Equipos de PROTECCIÓN PARA PIES Y PIERNAS y protección antideslizante

calzado (por ejemplo, zapatos, incluyendo en determinadas circunstancias zuecos, botas que podrían tener puntera de acero) para proteger contra:

riesgos mecánicos

riesgo de resbalones

riesgos térmicos (calor, llamas y frío)

descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestático, conductor y aislante)

riesgos químicos

riesgos de vibración

riesgos biológicos

protectores de empeine extraíbles contra los riesgos mecánicos

rodilleras para proteger contra los riesgos mecánicos

polainas para proteger contra los riesgos mecánicos, térmicos y químicos, así como contra agentes biológicos

accesorios (por ejemplo, púas y crampones)

PROTECCIÓN PARA LA PIEL: CREMAS DE PROTECCIÓN  (1)

podría haber cremas de protección para proteger contra:

radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)

radiación ionizante

productos químicos

agentes biológicos

riesgos térmicos (calor, llamas y frío)

Equipos de PROTECCIÓN PARA EL CUERPO/OTRA PROTECCIÓN PARA LA PIEL

equipos de protección individual para protegerse de las caídas de altura, por ejemplo, dispositivos anticaídas retráctiles, arneses de cuerpo completo, arneses de asiento, cinturones para sujeción y retención y componente de amarre de sujeción, absorbedores de energía, dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje, dispositivos de regulación de cuerda, dispositivos de anclaje que no están diseñados para fijarse de manera permanente y que no requieren sujeciones antes de su uso, conectores, equipos de amarre, arneses de salvamento

ropa de protección, incluyendo protección total del cuerpo (por ejemplo, trajes y monos) y parcial (por ejemplo, polainas, pantalones largos, chaquetas, chalecos, delantales, rodilleras, capuchas y pasamontañas) contra:

riesgos mecánicos

riesgos térmicos (calor, llamas y frío)

productos químicos

agentes biológicos

radiación ionizante y contaminación radiactiva

radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)

descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestática, conductora y aislante)

enredos y atrapamientos

chalecos salvavidas para evitar ahogamientos y ayudas a la flotabilidad

EPI para señalar visualmente la presencia del usuario

».

3)   El anexo III de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO III

Lista no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual (*)

(*) La evaluación de riesgos determinará la necesidad de suministrar un EPI y sus características de acuerdo con las disposiciones de la presente Directiva.

I.   RIESGOS FÍSICOS

Riesgos

Parte del cuerpo afectada

Tipo de EPI

Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)

Industrias y sectores

FÍSICOS: MECÁNICOS

Golpes resultantes de caídas o proyecciones de objetos, choques contra un obstáculo y chorros de alta presión

Cráneo

Casco protector

Trabajos en un andamios y lugares elevados, debajo o cerca de ellos

Obras gruesas y obras viales

Obras de encofrado y desencofrado

Montaje e instalación de andamios

Obras de montaje e instalación

Demoliciones

Trabajos con explosivos

Obras en fosas, zanjas, pozos y galerías

Trabajos cerca de ascensores, mecanismos elevadores, grúas y transportadores

Trabajos en explotaciones de fondo, canteras y explotaciones a cielo abierto

Trabajos con hornos industriales, contenedores, aparatos, silos, tolvas y canalizaciones

Líneas de matanza y corte en los mataderos

Manipulación de cargas o transporte y almacenamiento

Trabajos forestales

Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, construcciones hidráulicas de acero, altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, t canalizaciones de gran diámetro, instalaciones de calderas y centrales eléctricas

Movimientos de tierra y obras en roca

Manipulación de pistolas grapadoras

Trabajos con altos hornos, plantas de reducción directa, acería, laminadores, fábricas metalúrgicas, forjado, forja de estampación y fundiciones

Trabajos que conlleven desplazamientos en bicicleta y bicicletas motorizadas

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria

Construcción naval

Labores mineras

Producción energética

Construcción y mantenimiento de infraestructuras

Industria siderúrgica

Mataderos

Maniobras de trenes

Puertos, transporte y logística

Sector forestal

Ojos o cara

Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales

Trabajos de soldadura, apomazado y corte

Martillado manual

Calafateo y cincelado

Talla y tratamiento de piedras

Manipulación de pistolas grapadoras

Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas

Forja de estampación

Recogida y fragmentación de cascos

Pulverización de sustancias abrasivas

Uso de desbrozadoras o motosierras

Intervenciones dentales y quirúrgicas

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria

Construcción naval

Labores mineras

Producción energética

Construcción y mantenimiento de infraestructuras

Industria siderúrgica

Industria metalúrgica y de la madera

Tallado de piedras

Jardinería

Asistencia sanitaria

Silvicultura

Pie y pierna (partes)

Calzado (zapatos, botas, etc.) con puntera protectora o de seguridad

Calzado con protección del metatarso

Obras gruesas y obras viales

Obras de encofrado y desencofrado

Montaje e instalación de andamios

Demoliciones

Trabajos con explosivos

Talla y tratamiento de piedras

Trabajos en la línea de matanza y corte

Transporte y almacenamiento

Manipulación de moldes en la industria cerámica

Manipulación de bloques de carne congelada y bidones metálicos de conservas

Fabricación, manipulación y tratamiento de vidrio plano y vidrio hueco

Trabajo de transformación y mantenimiento

Trabajos forestales

Obras con hormigón y piezas prefabricadas que incluyan encofrado y desencofrado

Actividades en obras de construcción o áreas de almacenamiento

Trabajos de techado

Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, postes, torres, ascensores, construcciones hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, grúas, instalaciones de calderas y centrales eléctricas

Obras de construcción de hornos, montaje de instalaciones de calefacción, ventilación y estructuras metálicas

Obras con altos hornos, plantas de reducción directa, acería, laminadores, fábricas metalúrgicas, forjado, forja de estampación, prensas en caliente y trefilerías

Obras en canteras y explotaciones a cielo abierto, y desplazamiento de escombreras

Manipulación de moldes en la industria cerámica

Revestimiento de hornos en la industria cerámica

Maniobras de trenes

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria

Construcción naval

Labores mineras

Producción energética

Construcción y mantenimiento de infraestructuras

Industria siderúrgica

Mataderos

Empresas de logística

Industria manufacturera

Industria del vidrio

Sector forestal

Caídas debidas a resbalones

Pies

Calzado antideslizante

Trabajos en superficies resbaladizas

Trabajos en entornos húmedos

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Mataderos

Limpieza

Industrias alimentarias

Jardinería

Industria pesquera

Caídas de altura

Cuerpo entero

EPI diseñado para evitar o detener las caídas de altura

Trabajos en andamios

Montaje de piezas prefabricadas

Trabajos en postes

Trabajos de techado

Trabajos en superficies verticales o inclinadas

Trabajos en cabinas de grúas situadas en altura

Trabajos en cabinas altas de equipos de elevación y extracción para almacenes

Trabajos en emplazamientos de torres de perforación situados en altura

Trabajos en pozos y canalizaciones

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Mantenimiento de infraestructuras

Vibración

Manos

Guantes de protección

Trabajos con herramientas guiadas a mano

Industrias manufactureras

Obras de construcción

Obras de ingeniería civil

Compresión estática de partes del cuerpo

Rodilla (partes de la pierna)

Rodilleras

Instalación de ladrillos, baldosas y losas en el piso

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Pies

Calzado con punteras

Demoliciones

Manipulación de cargas

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Transporte y almacenamiento

Mantenimiento

Lesiones mecánicas (abrasiones, perforaciones, cortes, mordeduras, heridas o pinchazos)

Ojos o cara

Gafas con patillas, gafas aislantes, pantallas faciales

Trabajos con herramientas guiadas a mano

Soldadura y forjado

Trabajos de apomazado y corte

Cincelado

Talla y tratamiento de piedras

Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas

Forja de estampación

Recogida y fragmentación de cascos

Pulverización de sustancias abrasivas

Uso de desbrozadoras o motosierras

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Producción energética

Mantenimiento de infraestructuras

Industria siderúrgica

Industria metalúrgica y de la madera

Tallado de piedras

Jardinería

Silvicultura

Manos

Guantes de protección mecánica

Trabajos con armazones de acero

Manipulación de objetos con aristas cortantes, pero no al utilizar máquinas, cuando exista riesgo de que el guante quede atrapado;

Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos

Sustitución de cuchillas en máquinas de cortar

Trabajos forestales

Trabajos de jardinería

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Mantenimiento de infraestructuras

Industrias manufactureras

Industria alimentaria

Matanza

Sector forestal

Antebrazos

Protección para brazos

Deshuesado y troceado

Industria alimentaria

Matanza

Tronco/abdomen/pierna

Delantal protector, polainas

Pantalones resistentes a las perforaciones (pantalones resistentes a los cortes)

Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos

Trabajos forestales

Industria alimentaria

Matanza

Sector forestal

Pies

Calzado resistente a las perforaciones

Obras gruesas y obras viales

Demolición

Obras de encofrado y desencofrado

Trabajos forestales

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Sector forestal

Enredos y atrapamientos

Cuerpo entero

Ropa protectora para su uso en lugares donde exista un riesgo de enredo con piezas móviles

Enredarse con piezas de las máquinas

Quedar atrapado en piezas de las máquinas

Engancharse con la ropa en piezas de las máquinas

Ser arrastrado

Construcción de máquinas

Fabricación de maquinaria pesada

Ingeniería

Construcción

Agricultura

FÍSICOS: RUIDO

Ruido

Oídos

Protectores auditivos contra el ruido

Utilización de prensas para metales

Trabajos que lleven consigo la utilización de dispositivos de aire comprimido

Actividades del personal de tierra en los aeropuertos

Trabajos con herramientas eléctricas

Trabajos con explosivos

Trabajos de percusión

Trabajos de los sectores de la madera y textil

Industria del metal

Industria manufacturera

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Sector aeronáutico

Labores mineras

FÍSICOS: TÉRMICOS

Calor o llamas

Cara/cabeza entera

Máscaras de soldadura,

cascos/gorras para proteger del calor o las llamas, capuchas de protección contra el calor o las llamas

Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas

Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas

Trabajos con soldadores de plásticos

Industria siderúrgica

Industria del metal

Servicios de mantenimiento

Industria manufacturera

Tronco/abdomen/piernas

Delantal protector, polainas

Soldadura y forjado

Fundición

Industria siderúrgica

Industria del metal

Servicios de mantenimiento

Industria manufacturera

Mano

Guantes de protección contra el calor o las llamas

Soldadura y forjado

Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas

Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas

Industria siderúrgica

Industria del metal

Servicios de mantenimiento

Industria manufacturera

Antebrazos

Manguitos

Soldadura y forjado

Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas

Industria siderúrgica

Industria del metal

Servicios de mantenimiento

Industria manufacturera

Pies

Calzado protector contra el calor o las llamas

Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas

Industria siderúrgica

Industria del metal

Servicios de mantenimiento

Industria manufacturera

Cuerpo entero/parte del cuerpo

Ropa protectora contra el calor o las llamas

Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas

Industria siderúrgica

Industria del metal

Sector forestal

Frío

Mano

Guantes de protección contra el frío

Pies

Calzado protector contra el frío

Trabajo al aire libre en condiciones de frío extremo

Trabajos en cámaras de ultracongelación

Trabajos con líquidos criogénicos

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Industria alimentaria

Sector de la agricultura y la pesca

Cuerpo entero, parte del cuerpo, incluida la cabeza

Ropa de protección contra el frío

Trabajo al aire libre a bajas temperaturas

Trabajos en cámaras de ultracongelación

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Industria alimentaria

Sector de la agricultura y la pesca

Transporte y almacenamiento

FÍSICOS: ELÉCTRICOS

Descargas eléctricas (contacto directo o indirecto)

Cabeza entera

Cascos de protección eléctrica

Manos

Guantes de protección eléctrica

Pies

Calzado de protección eléctrica

Cuerpo entero/manos/pies

EPI conductor para personas formadas durante trabajos en tensión, con un voltaje nominal del sistema eléctrico de hasta 800 kV CA y 600 kV CC

Trabajos en tensión o cerca de partes activas en tensión eléctrica

Trabajos en un sistema eléctrico

Producción energética

Transporte y distribución de energía eléctrica

Mantenimiento de instalaciones industriales

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Electricidad estática

Manos

Guantes antiestáticos

Pies

Calzado antiestático/conductor

Cuerpo entero

Ropa antiestática

Manipulación de plástico y caucho

Vertido, recabado o carga en un contenedor

Trabajo cerca de elementos muy cargados, por ejemplo, cintas transportadoras

Manipulación de explosivos

Industria manufacturera

Industria del pienso

Empaquetado y embalaje de plantas

Producción, almacenamiento o transporte de explosivos

FÍSICOS: RADIACIÓN

Radiación no ionizante, incluida la luz solar (aparte de la observación directa)

Cabeza

Gorras y cascos

Trabajos al aire libre

Pesca y agricultura

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Ojos

Gafas protectoras con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales

Trabajos con calor radiante

Operaciones con hornos

Trabajos con láser

Trabajos al aire libre

Soldadura y corte con gas

Soplado de vidrio

Lámparas germicidas

Industria siderúrgica

Industria manufacturera

Pesca y agricultura

Cuerpo entero (piel)

EPI contra

la radiación UV natural y artificial

Trabajos al aire libre

Soldadura eléctrica

Lámparas germicidas

Lámparas de xenón

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Producción energética

Mantenimiento de infraestructuras

Pesca y agricultura

Sector forestal

Jardinería

Industria alimentaria

Industria del plástico

Industrias gráficas

Radiación ionizante

Ojos

Gafas con patillas y gafas aislantes de protección contra la radiación ionizante

Manos

Guantes de protección contra la radiación ionizante

Trabajos en instalaciones de rayos X

Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico

Trabajos con productos radiactivos

Asistencia sanitaria

Asistencia veterinaria

Planta de tratamiento de residuos radiactivos

Producción energética

Tronco/abdomen/parte del cuerpo

Delantal de protección contra los rayos X,

chaquetón, chaleco, falda de protección contra los rayos X

Trabajos en instalaciones de rayos X

Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico

Asistencia sanitaria

Asistencia veterinaria

Asistencia odontológica

Urología

Cirugía

Radiología intervencionista

Laboratorios

Cabeza

Gorros y elementos de protección de la cabeza

EPI contra, por ejemplo, el desarrollo de tumores cerebrales

Lugares de trabajo e instalaciones con rayos X para uso médico

Asistencia sanitaria

Asistencia veterinaria

Asistencia odontológica

Urología

Cirugía

Radiología intervencionista

Parte del cuerpo

EPI para proteger la tiroides

EPI para proteger las gónadas

Trabajos en instalaciones de rayos X

Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico

Asistencia sanitaria

Asistencia veterinaria

Cuerpo entero

Ropa de protección contra la radiación ionizante

Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico

Trabajos con productos radiactivos

Producción energética

Planta de tratamiento de residuos radiactivos

II.   RIESGOS QUÍMICOS (incluidos los nanomateriales)

Riesgos

Parte del cuerpo afectada

Tipo de EPI

Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)

Industrias y sectores

QUÍMICOS: AEROSOLES

Sólidos (polvos, vapores, humos, fibras

y nanomateriales)

Sistema respiratorio

Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas

Demolición

Trabajos con explosivos

Lijado y pulido de superficies

Trabajo en presencia de amianto

Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan

Soldadura

Deshollinado de chimeneas

Trabajos de revestimiento de hornos y calderos, cuando pueda desprenderse polvo

Trabajos cerca de la colada en caldero cuando puedan desprenderse vapores de metales pesados

Trabajos cerca de la boca de altos hornos

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Industria siderúrgica

Industria metalúrgica y de la madera

Industria automovilística

Tallado de piedras

Industria farmacéutica

Servicios sanitarios

Preparación de citostáticos

Manos

Guantes de protección química

y crema como protección adicional o accesoria

Trabajo en presencia de amianto

Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Mantenimiento de instalaciones industriales

Cuerpo entero

Ropa de protección contra las partículas sólidas

Demolición

Trabajo en presencia de amianto

Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan

Deshollinado de chimeneas

Preparación de productos fitosanitarios

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Mantenimiento de instalaciones industriales

Agricultura

Ojos

Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales

Trabajos con madera

Obras viales

Industria minera

Industria metalúrgica y de la madera

Obras de ingeniería civil

Líquido

(nieblas y neblinas)

Sistema respiratorio

Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas

Tratamiento de superficies (por ejemplo, barnizado, pintura y limpieza con abrasivos)

Limpieza de superficies

Industria del metal

Industria manufacturera

Sector de la automoción

Manos

Guantes de protección química

Tratamiento de superficies

Limpieza de superficies

Manipulación de dispositivos con chorro líquido

Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos

Industria del metal

Industria manufacturera

Sector de la automoción

Cuerpo entero

Ropa de protección química

Tratamiento de superficies

Limpieza de superficies

Industria del metal

Industria manufacturera

Sector de la automoción

QUÍMICOS: LÍQUIDOS

Inmersión

Salpicaduras, aspersiones y chorros

Manos

Guantes de protección química

Manipulación de dispositivos con chorro líquido

Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos

Manipulación de revestimientos

Curtido

Trabajos en peluquerías y centros de estética

Industria textil y de la confección

Sector de la limpieza

Industria del automóvil

Sectores de la estética y la peluquería

Antebrazos

Manguitos de protección química

Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos

Limpieza

Industria química

Sector de la limpieza

Industria del automóvil

Pies

Botas de protección química

Manipulación de dispositivos con chorro líquido

Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos

Industria textil y de la confección

Sector de la limpieza

Industria del automóvil

Cuerpo entero

Ropa de protección química

Manipulación de dispositivos con chorro líquido

Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos

Limpieza

Industria química

Sector de la limpieza

Industria del automóvil

Agricultura

QUÍMICOS: GASES Y VAPORES

Gases y vapores

Sistema respiratorio

Aparatos protectores de las vías respiratorias contra gases

Tratamiento de superficies (por ejemplo, barnizado, pintura y limpieza con abrasivos)

Limpieza de superficies

Trabajo en salas de fermentación y destilación

Trabajos dentro de tanques y digestores

Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno

Deshollinado de chimeneas

Desinfectantes y sustancias de limpieza corrosivas

Trabajos cerca de convertidores y conducciones de gas de altos hornos

Industria del metal

Sector de la automoción

Industria manufacturera

Sector de la limpieza

Producción de bebidas alcohólicas

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria química

Industria petroquímica

Manos

Guantes de protección química

Tratamiento de superficies

Limpieza de superficies

Trabajo en salas de fermentación y destilación

Trabajos dentro de tanques y digestores

Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno

Industria del metal

Sector de la automoción

Industria manufacturera

Producción de bebidas alcohólicas

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria química

Industria petroquímica

Cuerpo entero

Ropa de protección química

Tratamiento de superficies

Limpieza de superficies

Trabajo en salas de fermentación y destilación

Trabajos dentro de tanques y digestores

Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno

Industria del metal

Sector de la automoción

Industria manufacturera

Producción de bebidas alcohólicas

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria química

Industria petroquímica

Ojos

Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales

Pintura con pistola

Trabajos con madera

Operaciones mineras

Sector de la automoción

Industria manufacturera

Industria minera

Industria química

Industria petroquímica

III.   AGENTES BIOLÓGICOS

Riesgos

Parte del cuerpo afectada

Tipo de EPI

Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)

Industrias y sectores

AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): AEROSOLES

Sólidos y líquidos

Sistema respiratorio

Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Producción bioquímica

Manos

Guantes de protección contra los microorganismos

Cuerpo entero/parte del cuerpo

Ropa de protección contra los microorganismos

Ojos o cara

Gafas protectoras con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): LÍQUIDOS

Contacto directo e indirecto

Manos

Guantes de protección contra los microorganismos

Cuerpo entero/parte del cuerpo

Ropa de protección contra los microorganismos

Ojos o cara

Gafas aislantes protectoras y pantallas faciales

Trabajos que conlleven el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales (mordeduras, picaduras, etc.)

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Sector forestal

Salpicaduras, aspersiones y chorros

Manos

Guantes de protección contra los microorganismos

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Antebrazos

Manguitos de protección contra los microorganismos

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Pies/piernas

Cubrebotas y polainas protectoras

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Cuerpo entero

Ropa de protección contra los microorganismos

Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): MATERIALES, PERSONAS, ANIMALES, ETC.

Contacto directo e indirecto

Manos

Guantes de protección contra los microorganismos

Cuerpo entero/parte del cuerpo

Ropa de protección contra los microorganismos

Ojos o cara

Gafas aislantes protectoras y pantallas faciales

Trabajos que conlleven el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales (mordeduras, picaduras, etc.)

Trabajos en presencia de agentes biológicos

Asistencia sanitaria

Clínicas veterinarias

Laboratorios de análisis clínicos

Laboratorios de investigación

Residencias para ancianos

Asistencia doméstica

Depuradoras de aguas residuales

Plantas de tratamiento de residuos

Industria alimentaria

Sector forestal

IV.   OTROS RIESGOS

Riesgos

Parte del cuerpo afectada

Tipo de EPI

Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)

Industrias y sectores

Falta de visibilidad

Cuerpo entero

EPI para señalar la presencia del usuario de manera visual

Trabajos cerca de vehículos en movimiento

Obras de asfaltado y señalización de carreteras

Obras en vías férreas

Conducción de medios de transporte

Actividades del personal de tierra en los aeropuertos

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Labores mineras

Servicios de transporte y desplazamientos de pasajeros

Insuficiencia de oxígeno

Sistema respiratorio

Aparatos aislantes para proteger las vías respiratorias

Trabajos en espacios cerrados

Trabajo en salas de fermentación y destilación

Trabajos dentro de tanques y digestores

Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno

Trabajos en pozos, canalizaciones y otras obras subterráneas de la red de alcantarillado

Producción de bebidas alcohólicas

Obras de ingeniería civil

Industria química

Industria petroquímica

Sistema respiratorio

aparatos y material para buceadores

Trabajos subacuáticos

Obras de ingeniería civil

Ahogamiento

Cuerpo entero

Chaleco salvavidas

Trabajos en el agua o cerca del agua

Trabajos en el mar

Trabajos en aviones

Industria pesquera

Sector aeronáutico

Construcción de edificios

Obras de ingeniería civil

Construcción naval

Dársenas y puertos

»

(1)  En determinadas circunstancias, como resultado de la evaluación de riesgos, se podrían utilizar las cremas de protección en conjunto con otros EPI a fin de proteger la piel de los trabajadores frente a los riesgos correspondientes. Tales cremas se consideran EPI en el marco de la Directiva 89/656/CEE, puesto que este tipo de equipos se considera «complemento o accesorio» conforme a los términos del artículo 2 de la Directiva 89/656/CEE. Sin embargo, las cremas de protección no se consideran EPI según lo previsto en el artículo 3, punto 1, del Reglamento (UE) 2016/425.

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 24/10/2019
  • Fecha de publicación: 31/10/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 20/11/2019
  • Cumplimiento a más tardar el 20 de noviembre de 2021.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dir/2019/1832/spa
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE TRANSPONE, por Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-20261).
  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 245, de 30 de julio de 2020 (Ref. DOUE-L-2020-81200).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los anexos I, II y III de la Directiva 89/656, de 30 de noviembre (Ref. DOUE-L-1989-81591).
Materias
  • Equipos de protección individual
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Trabajadores

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