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Documento DOUE-L-2019-81558

Decisión de Ejecución (UE) 2019/1728 de la Comisión de 15 de octubre de 2019 relativa a las normas armonizadas para los juguetes establecidas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 263, de 16 de octubre de 2019, páginas 32 a 35 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81558

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006 /CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 13 de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que los juguetes conformes con normas armonizadas o partes de ellas, cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, cumplen los requisitos que contemplan dichas normas o partes de ellas establecidos en el artículo 10 y el anexo II de dicha Directiva.

(2) Mediante la carta M/445 de 9 de julio de 2009, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrónica (Cenelec) que elaboraran nuevas normas armonizadas y revisaran las ya existentes en apoyo de la Directiva 2009/48/CE.

(3) La Directiva 2009/48/CE establece, en su anexo II, parte III, punto 13, los límites de migración para diecinueve elementos que no deben superarse en los juguetes o en sus componentes. No obstante, estos límites de migración no se aplican si puede excluirse cualquier peligro, como en el caso de la inaccesibilidad de un componente del juguete que incluya uno o varios elementos.

(4) Sobre la base de la solicitud M/445 de 9 de julio de 2009, el CEN revisó la norma armonizada EN 71-3:2013 +A3:2018 sobre migración de ciertos elementos, cuya referencia se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (3), con el fin incorporar los últimos avances técnicos y científicos a los métodos de ensayo descritos en la norma EN 71-3. Estos avances incluyen una mejora de la medición del cromo VI y de los compuestos orgánicos de estaño, unas condiciones de experimentación mejor controladas al realizar los ensayos, y una estructura mejorada de la norma EN 71-3 para facilitar la aplicación práctica. Esto ha dado lugar a la adopción de la norma armonizada EN 71-3:2019 sobre migración de ciertos elementos.

(5) La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si la norma armonizada EN 71-3:2019 sobre migración de ciertos elementos elaborada por el CEN satisface la solicitud M/445 de 9 de julio de 2009.

(6) La norma armonizada EN 71-3:2019 satisface los requisitos que debe regular y que están establecidos en la Directiva 2009/48/CE. Procede, por tanto, publicar la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(7) La norma armonizada EN 71-3:2019 sustituye a la norma armonizada EN 71-3:2013+A3:2018. Procede, por tanto, retirar la referencia de esta última norma del Diario Oficial de la Unión Europea. Con objeto de que los fabricantes de juguetes dispongan de tiempo suficiente para adaptar sus productos a las especificaciones revisadas de la norma armonizada EN 71-3:2019, es necesario aplazar la retirada de la referencia de la norma armonizada EN 71-3:2013 +A3:2018.

(8) En aras de la claridad y la racionalidad, debe publicarse en un solo acto una lista completa de las referencias de las normas armonizadas redactadas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE y que satisfagan los requisitos cuyo cumplimiento tienen por objeto. En consecuencia, las referencias de las normas europeas actualmente publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (4) deben incluirse en la presente Decisión. Por consiguiente, también es necesario derogar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1254 de la Comisión (5).

(9) La conformidad con una norma armonizada confiere una presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. En consecuencia, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las referencias de las normas armonizadas para los juguetes elaboradas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE que figuran en el anexo I de la presente Decisión se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 2

Las referencias de las normas armonizadas para los juguetes elaboradas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE que figuran en el anexo II de la presente Decisión se retiran del Diario Oficial de la Unión Europea a partir de las fechas indicadas en dicho anexo.

Artículo 3

Queda derogada la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1254.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de octubre de 2019.

Por la Comisión

El Presidente

Jean–Claude JUNCKER

(1) DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(2) Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre la seguridad de los juguetes (DO L 170 de 30.6.2009, p. 1).

(3) DO C 282 de 10.8.2018, p. 3.

(4) Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la seguridad de los juguetes (DO C 282 de 10.8.2018, p. 3).

(5) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1254 de la Comisión, de 22 de julio de 2019, relativa a las normas armonizadas sobre la seguridad de los juguetes establecidas en apoyo de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 195 de 23.7.2019, p. 43).

ANEXO I

Referencia de la norma

1.

EN 71-1:2014+А1:2018: Seguridad de los juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas

2.

EN 71-2:2011+А1:2014: Seguridad de los juguetes. Parte 2: Inflamabilidad

3.

EN 71-3:2019: Seguridad de los juguetes. Parte 3: Migración de ciertos elementos

4.

EN 71-4:2013: Seguridad de los juguetes. Parte 4: Juegos de experimentos químicos y actividades relacionadas

5.

EN 71-5:2015: Seguridad de los juguetes. Parte 5: Juguetes químicos distintos de los juegos de experimentos

 

1.

EN 71-7:2014+А2:2018: Seguridad de los juguetes. Parte 7: Pinturas de dedos. Requisitos y métodos de ensayo Nota: Respecto al conservante autorizado climbazol (entrada 22 del cuadro B.1 del anexo B de la norma), la presunción de conformidad se aplica hasta una concentración máxima permitida del 0,2 % (y no del 0,5 %). Esta aclaración se basa en el documento ADDENDUM to the Opinion on Climbazole (P64) ref. SCCS/1506/13 [«ADENDA al Dictamen sobre el climbazol (P64), ref. SCCS/1506/13»] del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC), adoptado después de la publicación de la norma por el CEN. https://ec.europa.eu/health/sites/health/files/scientific_committees/consumer_safety/docs/sccs_o_212.pdf

2.

EN 71-8:2018: Seguridad de los juguetes. Parte 8: Juegos de actividad para uso doméstico.

3.

EN 71-12:2013: Seguridad de los juguetes. Parte 12: N-nitrosaminas y sustancias N-nitrosables

4.

EN 71-13:2014: Seguridad de los juguetes. Parte 13: Juegos de mesa olfativos, kits cosméticos y juegos gustativos

5.

EN 71-14:2018: Seguridad de los juguetes. Parte 14: Trampolines para uso doméstico

6.

EN 62115:2005: Juguetes eléctricos. Seguridad IEC 62115:2003 (Modificada) + A1:2004 EN 62115:2005/A11:2012/AC:2013 EN 62115:2005/A11:2012 EN 62115:2005/A12:2015 EN 62115:2005/A2:2011/AC:2011 EN 62115:2005/A2:2011 IEC 62115:2003/A2:2010 (Modificada)

 

ANEXO II

Referencia de la norma

Fecha de retirada

1.

EN 71-3:2013+А3:2018: Seguridad de los juguetes. Parte 3: Migración de ciertos elementos

15 de abril de 2020

2.

EN 71-14:2014+А1:2017: Seguridad de los juguetes. Parte 14: Trampolines para uso doméstico

22 de enero de 2020

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/10/2019
  • Fecha de publicación: 16/10/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 16/10/2019
  • Fecha de derogación: 31/05/2021
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2019/1728/spa
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA en la forma indicada, por Decisión 2021/867, de 28 de mayo (Ref. DOUE-L-2021-80697).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Decisión 2019/1254, de 22 de julio (Ref. DOUE-L-2019-81200).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Directiva 2009/48, de 18 de junio (Ref. DOUE-L-2009-81173).
Materias
  • Análisis
  • Consumidores y usuarios
  • Juguetes
  • Normalización
  • Sustancias peligrosas

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