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Documento DOUE-L-2019-81311

Decisión (PESC) 2019/1298 del Consejo, de 31 de julio de 2019, en apoyo de un diálogo y cooperación África-China-Europa sobre la prevención del desvío de armas y municiones en África.

Publicado en:
«DOUE» núm. 204, de 2 de agosto de 2019, páginas 37 a 43 (7 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81311

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) entró en vigor el 24 de diciembre de 2014 y en él son Partes todos los Estados miembros. El TCA tiene por objeto establecer las normas internacionales comunes más elevadas posibles para regular el comercio lícito de armas convencionales y prevenir y erradicar el comercio ilícito de armas convencionales y evitar su desvío.

(2)

El 19 de noviembre de 2018, el Consejo adoptó la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia»). La aplicación plena y efectiva del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos constituye el principal objetivo de la Estrategia. La Estrategia expone que la UE seguirá promoviendo un control responsable y eficaz de la exportación de armas y que seguirá apoyando la universalización y la aplicación del TCA. La Estrategia también expone que la UE seguirá apoyando a la Unión Africana y a las comunidades económicas regionales pertinentes en sus esfuerzos contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y sus municiones.

(3)

En enero de 2017, el 28.o periodo ordinario de sesiones de la Asamblea de la Unión Africana adoptó la «Hoja de ruta general de la Unión Africana sobre medidas prácticas para acallar las armas en África de aquí a 2020», comprometiendo así a sus Estados miembros a: frenar la entrada y circulación ilegales de armas ilícitas; impedir el acceso a las armas de rebeldes o insurgentes; y cortar los vínculos con los proveedores y receptores de armas ilícitas, en particular imponiendo prohibiciones, de conformidad con el TCA.

(4)

En sus Conclusiones relativas a una Estrategia de la UE respecto a China de 18 de julio de 2016, el Consejo apoya el establecimiento de un diálogo regular y sustancial de la UE con China para tratar de lograr, junto con los Estados miembros, un mayor terreno de encuentro en materia de desarme, no proliferación, lucha contra el terrorismo, migración y ciberseguridad.

(5)

El 30 de junio de 2018, la tercera Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción de las Naciones Unidas contra las armas pequeñas y ligeras ilícitas adoptó un documento final en el que los Estados renuevan su compromiso de prevenir y combatir el desvío de armas pequeñas y ligeras. Los Estados reafirman su voluntad de proseguir la cooperación internacional y reforzar la cooperación regional, mejorando la coordinación, las consultas, el intercambio de información y la cooperación operativa, con la participación de las organizaciones regionales y subregionales pertinentes, así como de las fuerzas de seguridad, de las autoridades de vigilancia de fronteras y de las responsables de la concesión de licencias de exportación e importación. Los Estados también se comprometen a intercambiar y, de conformidad con los marcos jurídicos y los requisitos de seguridad nacionales de los Estados, aplicar las experiencias, lecciones aprendidas y mejores prácticas en relación con el control de la exportación, la importación y el tránsito de armas pequeñas y ligeras, en particular los procesos de certificación y los certificados de usuario final.

(6)

En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se afirma que la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras es necesaria para el logro de muchos objetivos de desarrollo sostenible, entre ellos los relacionados con la paz, la justicia y unas instituciones sólidas, la reducción de la pobreza, el crecimiento económico, la salud, la igualdad de género y la seguridad urbana. Por lo tanto, en el objetivo de desarrollo sostenible n.o 16.4 todos los Estados se han comprometido a reducir significativamente las corrientes financieras y de armas ilícitas.

(7)

El 27 de febrero de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/121/PESC (1) en apoyo de actividades que fomenten el diálogo y la cooperación UE-China-África sobre el control de armas convencionales y observó que este proyecto había sido ejecutado con éxito por Saferworld, pero que era necesario seguir trabajando para alcanzar los objetivos establecidos en dicha Decisión.

(8)

Desde 2008, el Consejo ha adoptado once decisiones para promover un control responsable de la exportación de armas de conformidad con el TCA y la Posición Común 2008/944 / PESC del Consejo (2), pero la colaboración con China sobre este tema ha sido limitada.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   La presente Decisión tiene por objeto contribuir a prevenir y combatir el desvío de armas y municiones en África.

2.   Sobre la base del apartado 1, la Unión apoyará los siguientes objetivos:

 a) sensibilizar a las partes interesadas de África, China y la Unión sobre la forma en que el flujo ilícito de armas, en particular de armas pequeñas y ligeras (APAL) y sus municiones, a agentes no autorizados contribuye significativamente a exacerbar la inseguridad y la violencia en diversas partes de África, menoscabando así la cohesión social, la seguridad pública, el desarrollo socioeconómico y el funcionamiento eficaz de las instituciones estatales;

 b) promover la rendición de cuentas y la responsabilidad respecto del comercio legal de armas y demostrar a las partes interesadas de África, China y la UE que un control eficaz de las exportaciones de armas puede contribuir a reducir el riesgo de desvío de armas hacia el mercado ilícito.

3.   Para lograr estos objetivos, la presente Decisión apoyará la institución y el desarrollo de un grupo de trabajo conjunto de expertos no gubernamentales África-China-Europa sobre el control de las armas convencionales, cuyos principales cometidos consistirán en aumentar la sensibilización y la participación y en lograr que las comunidades políticas de África, China y la Unión actúen, así como en reforzar la cooperación regional e internacional para prevenir el desvío de armas y municiones en África.

4.   Los resultados previstos de la Decisión son los siguientes:

 a) una mejor comprensión de las repercusiones que tienen el desvío y el uso indebido de armas en África, gracias a la investigación conjunta y al análisis orientado a la acción por parte de investigadores y académicos de África, China y la Unión, con recomendaciones de proyectos específicos apoyados por China;

 b) una mayor sensibilización de las partes interesadas de África, China y la Unión acerca del papel que desempeña el control eficaz de la exportación de armas a la hora de reducir el riesgo de desvío y los efectos negativos de las armas y municiones ilícitas en África;

 c) una mayor contribución de China a las iniciativas internacionales y regionales pertinentes, como la iniciativa de la Unión Africana para acallar las armas en África de aquí a 2020 y la aplicación del TCA;

 d) la inclusión del control de las armas pequeñas en el orden del día del diálogo del Foro de Cooperación China-África (FOCAC);

 e) la creación de nuevos foros que reúnan a expertos de los gobiernos, la sociedad civil, las empresas y el mundo académico de África, China y la Unión, que contribuirán a configurar el diálogo estratégico de alto nivel UE-China.

5.   Los beneficiarios directos de los proyectos serán aproximadamente 500 actores de la comunidad política de África, China y la Unión, incluyendo organizaciones no gubernamentales, grupos de reflexión, representantes de la industria, funcionarios gubernamentales responsables del control de las armas convencionales y parlamentarios. Los beneficiarios indirectos serán la población, las comunidades, los grupos y las personas de África que se ven afectados negativamente por la proliferación de armas y municiones ilícitas en el continente.

6.   En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.

Artículo 2

1.   La Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad («Alta Representante») será responsable de ejecutar la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica del proyecto a que se refiere el artículo 1 correrá a cargo de la organización no gubernamental «Saferworld».

3.   Saferworld desempeñará sus cometidos bajo la responsabilidad de la Alta Representante. Para ello, la Alta Representante establecerá los acuerdos necesarios con Saferworld.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión a que se refiere el artículo 1 será de 994 007 EUR.

2.   Los gastos financiados con cargo al importe de referencia especificado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos a que se refiere el apartado 1. Para ello, celebrará el acuerdo de financiación necesario con Saferworld. El acuerdo de financiación estipulará que Saferworld deberá garantizar a la aportación de la Unión una visibilidad acorde con su cuantía.

4.   La Comisión procurará celebrar el acuerdo de financiación a que se refiere el apartado 3 lo antes posible tras la entrada en vigor de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja en dicho proceso y de la fecha de celebración del acuerdo de financiación.

Artículo 4

1.   La Alta Representante informará al Consejo de la ejecución de la presente Decisión basándose en informes trimestrales periódicos elaborados por Saferworld. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo.

2.   La Comisión informará de los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión expirará 36 meses después de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 31 de julio de 2019.

Por el Consejo

La Presidenta

T. TUPPURAINEN

(1)  Decisión 2012/121/PESC del Consejo, de 27de febrero de 2012, en apoyo de actividades que fomenten el diálogo y la cooperación UE-China-África sobre el control de armas convencionales (DO L 54 de 28.2.2012, p. 8).

(2)  Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 335 de 13.12.2008, p. 99).

 

ANEXO
DIÁLOGO Y COOPERACIÓN ÁFRICA-CHINA-EUROPA SOBRE LA PREVENCIÓN DEL DESVÍO DE ARMAS Y MUNICIONES EN ÁFRICA

1.   Descripción del proyecto y actividades

El proyecto constará de dos fases principales, cuyo contenido se resume a continuación en las secciones 1.1 (institución de un grupo de expertos) y 1.2 (contacto con las partes interesadas de África, China y la Unión), a fin de promover actuaciones tendentes a prevenir el desvío de armas y municiones en África.

1.1.   Fase 1: Institución y desarrollo de un grupo de trabajo conjunto de expertos no gubernamentales África-China-Europa para la prevención del desvío de armas y municiones en África.

1.1.1.   Objetivos

Instituir un grupo de trabajo conjunto de expertos no gubernamentales África-China-Europa que reúna a especialistas no gubernamentales de África, China y la Unión para que se emprendan contactos con las partes interesadas de esas regiones y fomenten el diálogo y la cooperación tripartitos sobre la prevención del desvío de armas y municiones en África, con vistas a:

a) ilustrar el coste de seguridad, socioeconómico y humanitario que supone en África el desvío de armas, en particular de las pequeñas y ligeras, así como de sus municiones, y demostrar cómo un mayor control de las transferencias de armas, también en relación con la oferta, puede contribuir a reducir el riesgo de desvío de armas hacia agentes no autorizados;

b) aportar contenidos al Diálogo Estratégico de Alto Nivel UE-China, especialmente en los ámbitos de la cooperación para la seguridad y el control de armas en África;

c) poner en común entre los miembros ideas, experiencia e investigación, y evaluar la eficacia de las políticas e iniciativas actuales;

d) ponerse en contacto activamente con las partes interesadas gubernamentales y hacer recomendaciones destinadas a estas. Se invitará a funcionarios de África, China, la Unión y los Estados miembros a que participen como observadores en los trabajos del grupo y contribuyan a estos.

1.1.2.   Actividades

Las actividades que recibirán apoyo en el marco de la ejecución de los cometidos mencionados en la fase 1 serán las siguientes:

a) estructuración y desarrollo, por parte de la organización Saferworld, de pautas de colaboración con interlocutores y partes interesadas clave, en la esfera pública, la empresa, las organizaciones de la sociedad civil, el mundo universitario y las organizaciones multilaterales, así como con actores de los niveles regional y de la comunidad, que resultarán cruciales para el éxito y la viabilidad del proyecto;

b) partiendo de los logros de un proyecto anterior de la Unión, que contó con apoyo en virtud de la Decisión 2012/121/PESC:

  i) organización de unas veinte reuniones preparatorias y de seguimiento en África, China y Europa, a fin de dar difusión al proyecto, en particular su estructura y calendario, así como garantizar el respaldo de las autoridades correspondientes;

  ii) localización en África, China y la Unión de expertos clave que participen en el grupo de expertos;

  iii) elaboración de planes de trabajo detallados para la institución y puesta en marcha del grupo de expertos;

  iv) creación de un equipo de coordinación del proyecto;

  v) delimitación y asignación de responsabilidades dentro del equipo, y

  vi) supervisión y evaluación de los progresos conseguidos en la realización de las actividades;

c)instauración del grupo de expertos para respaldar el diálogo y la cooperación tripartita. Está previsto que el grupo incluya a nueve expertos en control de armas pequeñas de África, China y Europa, que se seleccionarán a partir de grupos de reflexión, centros de investigación e instituciones universitarias, en función de sus intereses, experiencia y capacidad para participar en el proyecto;

d)creación de un sitio web para el grupo de expertos, que servirá de plataforma en línea para la interfaz pública del grupo;

e)tres reuniones del grupo de expertos (una en África, otra en China y otra en Europa), a fin de hacer posible la interacción y el intercambio de aprendizaje entre los miembros del grupo y funcionarios de África, China, la Unión y sus Estados miembros, así como de impartir orientaciones para la realización de actividades de sensibilización e investigación.

1.1.3.   Resultados

El grupo de expertos está llamado a constituir el fundamento del proceso de diálogo promovido por la presente Decisión, desempeñando un papel crucial para reunir a especialistas en control de armas pequeñas de África, China y Europa, contribuyendo a salvar la distancia entre las comunidades investigadora y política, y velando por que los resultados del proyecto se transmitan efectivamente a los gobiernos de África, China y Europa y a las instituciones de la Unión.

1.2.   Fase 2: Contacto con las partes interesadas gubernamentales de África, China y la Unión sobre la prevención del desvío de armas y municiones en África y la lucha contra su tenencia, transferencia y utilización ilegal

1.2.1.   Objetivos

a) Conseguir que se reduzca el desvío de armas y municiones en el continente africano, y por ende disminuya el riesgo para la seguridad humana, contribuir a un entorno pacífico y seguro para los ciudadanos africanos y promover el desarrollo.

b) Respaldar a los Estados africanos en la ejecución de la «Hoja de ruta general de la Unión Africana sobre medidas prácticas para acallar las armas en África de aquí a 2020» y de las estrategias pertinentes de las comunidades económicas regionales.

c) Fomentar las sinergias con la realización de otras iniciativas internacionales y regionales pertinentes, como son el TCA, el Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre armas pequeñas y armas ligeras y el Protocolo de las Naciones Unidas sobre armas de fuego.

d) Coordinar y establecer sinergias con iniciativas pertinentes respaldadas por la Unión en África, como los proyectos sobre control de las exportaciones de armas y proyectos educativos sobre el TCA que reciben apoyo en virtud de las Decisiones (PESC) 2018/299 (1) y (PESC) 2018/101 (2) del Consejo, y el proyecto iTrace de la sociedad Conflict Armament Research, que recibe apoyo en virtud de la Decisión (PESC) 2017/2283 del Consejo (3).

e) Colaborar con el proceso plurianual de control de legalidad que se está llevando a cabo actualmente en China y que dará lugar a la adopción de una nueva ley de control de las exportaciones.

f) Respaldar la labor de control de las armas pequeñas que se realiza en el nivel de las comunidades, manteniendo contactos con las personas que están en la base de la sociedad y ofreciéndoles la posibilidad de expresarse y de proponer medidas para reducir el coste humano de las armas y municiones ilícitas.

g) Apoyar la investigación conjunta y el análisis orientado a la actuación por parte de los expertos de África, China y la Unión en relación con los problemas asociados al desvío y la utilización indebida de armas y municiones en África, con recomendaciones sobre actuaciones específicas que contribuyan a abordar y reducir los riesgos relacionados con las armas y municiones ilícitas. Tales actuaciones son, entre otras: el control de las exportaciones; el almacenamiento seguro de armas y municiones; la destrucción de excedentes de armas y municiones; el marcado, registro y localización, incluida la colaboración con las misiones de las Naciones Unidas encargadas de la identificación y localización de armas ilícitas; la supervisión y aplicación de embargos de armas; y el intercambio de información operativa tendente a desmantelar las redes de tráfico de armas.

1.2.2.   Actividades

Las actividades que recibirán apoyo en el marco de la ejecución de los cometidos mencionados en la fase 2 serán las siguientes:

a) dos seminarios (uno en África y otro en China) sobre el tema «Fomentar la rendición de cuentas y la responsabilidad en el comercio de armas y prevenir el desvío de armas y municiones hacia entes no autorizados y desestabilizadores en África», que se organizarán bajo los auspicios del grupo de expertos, cuyos miembros asistirán a Saferworld y participarán asimismo en los actos;

b) elaboración y difusión de un documento informativo sobre el tema «La lucha contra la proliferación de armas y municiones ilícitas en África: recomendaciones al FCCA» con vistas a la cumbre de 2021 de dicho foro;

c) elaboración y difusión de un documento informativo sobre el tema «La proliferación de armas y municiones ilícitas en África: ¿qué pueden hacer los países suministradores para reducir el riesgo de desvío?»;

d) tres visitas del grupo de expertos sobre el terreno, cada una de diez días, a tres países africanos escogidos, a fin de abordar cuestiones relacionadas con la proliferación y circulación sin control de armas y municiones ilícitas (como la complejidad de los procesos de desvío a partir de transferencias o tenencias autorizadas; así como los fenómenos transfronterizos problemáticos, como el robo de ganado, que se ven favorecidos por la proliferación de armas y municiones ilícitas);

e) elaboración por el grupo de expertos de tres documentos de investigación (en chino, inglés y francés) acerca de la investigación sobre el terreno, con recomendaciones sobre las actuaciones concretas necesarias para abordar el problema de las armas y municiones ilícitas, centrándose en particular en el papel de los suministradores de armas de África, China y la Unión a la hora de reducir el riesgo de desvío;

f) unas veinte reuniones bilaterales con funcionarios de África, China y los Estados miembros, a fin de dar a conocer eficazmente las recomendaciones del grupo de expertos, fomentar la sensibilización e imprimir impulso político a proyectos de colaboración en el plano oficial;

g) elaboración y difusión de un documento de investigación (en chino, inglés y francés) sobre la proliferación de las armas y municiones ilícitas en África, que evalúe la eficacia de las medidas actuales y contenga recomendaciones sobre proyectos realizables que contribuyan a abordar mejor el problema de las armas y municiones ilícitas, reduciendo así sus efectos negativos y contribuyendo a una paz y seguridad mayores, tanto en el plano nacional como en el regional e internacional. El informe se centrará particularmente en el papel de los suministradores de armas de África, China y la Unión a la hora de reducir el riesgo de desvío en África;

h) organización de un último seminario en China a fin de comunicar las recomendaciones derivadas del proceso de investigación y diálogo y demostrar los frutos de la cooperación entre África, China y la Unión y los Estados miembros, así como de la participación en actividades conjuntas, y entablar procesos que mantengan el diálogo en el futuro.

1.2.3   Resultados

— Mayor sensibilización, conocimiento y comprensión por parte de 500 actores de la comunidad política en África, China y la Unión, entre ellos funcionarios encargados del control de la exportación de armas convencionales, estudiosos, parlamentarios, organizaciones no gubernamentales, representantes del sector y periodistas, sobre los factores que contribuyen a la disponibilidad generalizada de armas y municiones ilícitas en África, así como sobre los principales problemas y efectos sobre el terreno y la importancia y responsabilidad de los países suministradores de armas a la hora de mitigar el riesgo de desvío durante las transferencias.

— Mejor diálogo, interacción y colaboración con vistas a prevenir y luchar contra el desvío de armas y municiones entre 60 funcionarios y actores de la sociedad civil de África, China y la Unión y de los Estados miembros, en particular definiendo ámbitos de colaboración práctica entre África, China y la Unión, lo cual contribuirá a reducir el desvío de armas y municiones en África.

— Disminución del número de casos de armas y municiones desviadas hacia entes no autorizados y desestabilizadores de África.

— Respaldo a la ejecución de la «Hoja de ruta general de la Unión Africana sobre medidas prácticas para acallar las armas en África de aquí a 2020» y el Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas.

— Mejor adaptación de la normativa y reglamentación nacional en África y China a las normas internacionales sobre control de las exportaciones de armas, tales como el TCA, con vistas a reducir el riesgo de desvío en las transacciones de armas.

— Restablecimiento del control de armas en el ámbito de actividades del FCCA, como punto de referencia fundamental para potenciar el diálogo y la cooperación entre África y China sobre la prevención del desvío de armas hacia entes no autorizados y desestabilizadores en África.

— Constitución de un repertorio de análisis basados en hechos sobre el problema de las armas y municiones ilícitas en África, tomando como punto de partida las investigaciones conjuntas sobre el terreno realizadas por especialistas de África, China y la Unión, que contribuyan a una mayor comprensión general del fenómeno del desvío y transferencia de armas a entes no autorizados y desestabilizadores en África y pongan una base común más sólida que permita a África, China y la Unión colaborar de manera más eficaz para abordar este problema.

— Determinación de medios prácticos para abordar los riesgos asociados a la proliferación de armas y municiones ilícitas y la necesidad de aportar respuestas internacionales colectivas y cooperativas acordes con los principales compromisos e iniciativas internacionales y regionales, tales como el Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas, el Instrumento Internacional de Localización, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Tratado sobre el Comercio de Armas, la Estrategia de la Unión Africana de Lucha contra la Proliferación, la Circulación y el Tráfico Ilícitos de Armas Pequeñas y Armas Ligeras, la Agenda Estratégica de Cooperación UE-China 2020, la Estrategia de la UE respecto a China y la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición, así como las estrategias y planes de actuación pertinentes de las comunidades económicas regionales.

— Mayor capacitación de las autoridades nacionales y organizaciones regionales africanas para determinar las necesidades específicas de asistencia técnica y definición de las plataformas adecuadas, en el marco de su diálogo con China y la UE, para canalizar recursos a fin de atender a dichas necesidades.

2.   Participantes y lugares de celebración de los seminarios y talleres y actos de presentación y clausura

A menos que se especifique otra cosa en el presente anexo, Saferworld propondrá posibles participantes y lugares para la celebración de los seminarios y otros actos previstos en el marco del proyecto, los cuales aprobará la Alta Representante previa consulta a los órganos competentes del Consejo.

3.   Cuestiones de género

Saferworld integrará las cuestiones de género en las estrategias y actividades relacionadas con la ejecución del proyecto, de forma que tanto mujeres como hombres influyan, participen y se beneficien por igual. En la medida de lo posible, Saferworld animará a los colaboradores del proyecto a que envíen delegaciones mixtas de hombres y mujeres para participar en las actividades del proyecto y hagan lo necesario para que las repercusiones de las armas y municiones ilícitas en las cuestiones de género sean un tema de todos los seminarios y visitas de estudio.

4.   Colaboradores

Está previsto que los principales colaboradores del proyecto sean la Asociación China para el Control de Armas y el Desarme y el Centro de Investigación e Información sobre Seguridad (Kenia).

5.   Comité Director

El Comité Director del proyecto estará compuesto por un representante de la Alta Representante, de la Comisión y de Saferworld. El Comité Director revisará la aplicación de la presente Decisión semestralmente, utilizando también medios de comunicación electrónicos.

6.   Elaboración de informes

Saferworld facilitará informes descriptivos semestrales a fin de evaluar el cumplimiento de los objetivos del proyecto. También presentará informes descriptivos y financieros anuales, así como un informe final en un plazo de seis meses desde que concluya el período de aplicación.

7.   Proyección pública de la Unión y disponibilidad del material de ayuda

El material elaborado en el contexto del proyecto, así como el sitio web específico, garantizarán la proyección pública de la Unión, concretamente mediante el logotipo y la representación gráfica del manual sobre comunicación y visibilidad en las acciones exteriores financiadas por la Unión Europea. Las delegaciones de la Unión deben participar en las actividades organizadas en terceros países para impulsar la acción política consecutiva y la proyección pública.

(1)  Decisión (PESC) 2018/299 del Consejo, de 26 de febrero de 2018, que promueve la red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación y el desarme, en apoyo de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 56 de 28.2.2018, p. 46).

(2)  Decisión (PESC) 2018/101 del Consejo, de 22 de enero de2018, sobre la promoción de controles eficaces de las exportaciones de armas (DO L 17 de 23.1.2018, p. 40).

(3)  Decisión (PESC) 2017/2283 del Consejo, de 11 de diciembre de 2017, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace III») (DO L 328 de 12.12.2017, p. 20).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • África
  • Armas
  • China
  • Comercio extracomunitario
  • Cooperación internacional
  • Delitos
  • Financiación comunitaria
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Unión Europea

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