LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 341,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) crea la Autoridad Laboral Europea.
(2) Procede fijar la ubicación de la sede de la Autoridad Laboral Europea.
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Autoridad Laboral Europea tendrá su sede en Bratislava.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 13 de junio de 2019.
El Presidente
M.C. BUDĂI
(1) Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se crea la Autoridad Laboral Europea, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 883/2004, (UE) n.o 492/2011 y (UE) 2016/589 y se deroga la Decisión (UE) 2016/344 (DO L 186 de 11.7.2019, p. 21).
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