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Documento DOUE-L-2019-81068

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1025 de la Comisión, de 18 de junio de 2019, por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Pruneaux d ' Agen»/«Pruneaux d ' Agen mi-cuits» (IGP)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 167, de 24 de junio de 2019, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81068

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud de Francia relativa a la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida «Pruneaux d'Agen»/«Pruneaux d'Agen mi-cuits», registrada en virtud del Reglamento (CE) n.o 2066/2002 de la Comisión (2). Esta modificación incluye el cambio de la denominación «Pruneaux d'Agen»/«Pruneaux d'Agen mi-cuits», que se sustituye por «Pruneaux d'Agen».

(2) Dado que se trata de una modificación que no se considera de menor importancia de conformidad con el artículo 53, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea (3), en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a), del citado Reglamento.

(3) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea relativa a la denominación «Pruneaux d'Agen»/«Pruneaux d'Agen mi-cuits» (IGP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de junio de 2019.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Phil HOGAN

Miembro de la Comisión

(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) n.o 2066/2002 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2002, que completa el anexo del Reglamento (CE) n.o 2400/96 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas establecido en el Reglamento (CEE) n.o 2081/92 del Consejo relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (Carne de Bovino Cruzado dos Lameiros do Barroso, Pruneaux d'Agen — Pruneaux d'Agen mi-cuits, Carciofo romanesco del Lazio, Aktinidio Pierias, Milo Kastorias, Welsh Beef) (DO L 318 de 22.11.2002, p. 4).

(3)  DO C 36 de 29.1.2019, p. 5.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Francia
  • Frutos de hueso
  • Pasas

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