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Documento DOUE-L-2019-81014

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/956 de la Comisión, de 22 de mayo de 2019, por el que se aprueba la protección contemplada en el artículo 99 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para el nombre «Los Cerrillos» (DOP).

Publicado en:
«DOUE» núm. 154, de 12 de junio de 2019, páginas 36 a 36 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81014

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 99,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 97, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, la Comisión ha examinado la solicitud de registro del nombre «Los Cerrillos» presentada por España y la ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2) No se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(3) De conformidad con el artículo 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, procede proteger el nombre «Los Cerrillos» e inscribirlo en el registro contemplado en el artículo 104 del mismo Reglamento.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda protegido el nombre «Los Cerrillos» (DOP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2019.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Phil HOGAN

Miembro de la Comisión

 

 

(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  DO C 57 de 13.2.2019, p. 16.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 1308/2013, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-2013-82903).
Materias
  • Ciudad Real
  • Denominaciones de origen
  • Vinos

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