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Documento DOUE-L-2019-80990

Decisión (PESC) 2019/938 del Consejo, de 6 de junio de 2019, en apoyo de un proceso de creación de un clima de confianza que lleve a la instauración de una zona libre de armas nucleares y de cualquier otro tipo de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 149, de 7 de junio de 2019, páginas 63 a 72 (10 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-80990

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) Tanto la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea de 2016 como la Estrategia de la Unión Europea contra la proliferación de armas de destrucción masiva de 2003 se basan en la convicción de que la mejor manera de mantener el orden internacional consiste en adoptar un planteamiento multilateral de la seguridad, incluidos el desarme y la no proliferación.

(2) Por ello, la política de la Unión consiste en defender, aplicar y reforzar la puesta en práctica y universalización de los tratados, acuerdos y normas de desarme y no proliferación vigentes, y cooperar con terceros países y asistirles en el cumplimiento de las obligaciones que hayan contraído en los convenios y regímenes multilaterales.

(3) La Declaración conjunta de la Cumbre de París por el Mediterráneo de 13 de julio de 2008, por la que se crea la Unión por el Mediterráneo, reiteró la aspiración común de lograr la paz y la seguridad regional de conformidad con la Declaración de Barcelona adoptada en la Conferencia Euromediterránea de los días 27 y 28 de noviembre de 1995, que, entre otras cosas, fomenta la seguridad regional también mediante la no proliferación nuclear, química y biológica, la adhesión y el cumplimiento de regímenes internacionales y regionales de no proliferación y de acuerdos de control de armamento y de desarme como el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (TNP), la Convención sobre las Armas Químicas, la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas, el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares o acuerdos regionales como zonas sin armas nucleares con sus correspondientes regímenes de verificación, así como mediante el cumplimiento, de buena fe, de los compromisos que los firmantes de la Declaración de Barcelona hayan contraído en los convenios de control de armamento, desarme y no proliferación.

(4) Los miembros de la Unión por el Mediterráneo fomentarán en Oriente Próximo una zona sin armas de destrucción masiva —nucleares, químicas y biológicas— ni sus vectores, que sea susceptible de verificación mutua y efectiva. Además, estudiarán medidas prácticas para impedir la proliferación de armamento nuclear, químico y biológico así como la acumulación excesiva de armamento convencional.

(5) En 2008, la Unión organizó un seminario en París sobre la seguridad, la no proliferación de las armas de destrucción masiva y el desarme en Oriente Próximo, que reunió a representantes de los Estados de la región y de los Estados miembros de la Unión así como a miembros del mundo académico y a organismos nacionales de energía nuclear.

(6) La Conferencia de Examen del TNP de 2010 destacó la importancia de un proceso que desemboque en una plena aplicación de su Resolución sobre Oriente Próximo de 1995 («Resolución de 1995»). A tal efecto, la Conferencia refrendó varias medidas prácticas, como la de estudiar todas las ofertas destinadas a respaldar la aplicación de la Resolución de 1995, incluido el ofrecimiento de la Unión de albergar un seminario de seguimiento del que se organizó en junio de 2008.

(7) Además, la Conferencia de Examen del TNP de 2010 reconoció el importante papel desempeñado por la sociedad civil para contribuir a la aplicación de la Resolución de 1995 y alentó todos los esfuerzos en este sentido.

(8) En 2011, la Unión organizó un seminario en Bruselas para fomentar la confianza y el apoyo a un proceso destinado a establecer una zona sin armas de destrucción masiva ni sus vectores en Oriente Próximo, que reunió a altos representantes de Estados de la región, los tres Estados depositarios del TNP, los Estados miembros de la Unión, otros Estados interesados, así como miembros del mundo académico y representantes oficiales de las principales organizaciones regionales e internacionales.

(9) En 2012, la Unión decidió seguir apoyando el proceso de creación de un clima de confianza que lleve a la instauración de una zona libre de armas nucleares y de cualquier otro tipo de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo, entre otras cosas, mediante el respaldo de la labor del mediador nombrado por las Naciones Unidas con ocasión de la Conferencia de 2012 para la instauración de dicha zona, y mediante la organización de un taller de desarrollo de capacidades y de un acto destinado al seguimiento de los seminarios de la Unión de 2008 y 2011.

(10) La Unión ha expresado reiteradamente su disposición a seguir asistiendo en el proceso que lleve a la instauración de una zona libre de armas de destrucción masiva y desea seguir apoyando procesos de creación de confianza similares a aquellos en los que se centraron los seminarios y talleres de la Unión celebrados en 2008, 2011 y 2012.

(11) En el documento de Naciones Unidas «Asegurar Nuestro Futuro Común: una Agenda para el Desarme», presentado el 24 de mayo de 2018, el secretario general de las Naciones Unidas prometía trabajar con los Estados miembros de la ONU a fin de reforzar y consolidar las zonas libres de armas nucleares, también mediante el apoyo a la creación de nuevas zonas de este tipo, incluido Oriente Próximo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Con el fin de avanzar en el compromiso de la Unión de instaurar una zona libre de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo, facilitar un seguimiento de anteriores actividades de la Unión realizadas en 2008, 2011 y 2012, y fomentar la creación de confianza en apoyo a un proceso destinado a la creación de una zona de este tipo, la Unión respaldará actividades encaminadas a promover un diálogo integrador entre expertos y responsables políticos acerca de la creación de una zona libre de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo, mediante, entre otras cosas:

a) la determinación de las enseñanzas extraídas de los esfuerzos por avanzar en la creación de la zona libre de armas de destrucción masiva entre 1996 y 2015;

b) la creación de capacidad analítica para apoyar una nueva reflexión sobre las cuestiones de seguridad regional y la zona libre de armas de destrucción masiva, en particular, extraer enseñanzas del establecimiento de zonas libres de armas nucleares en otras regiones;

c) la recopilación de ideas y la elaboración de nuevas propuestas sobre cómo avanzar a este respecto.

2.   En este contexto, el proyecto que apoyará la Unión abarca las siguientes actividades específicas:

a) Primera fase

La primera fase del proyecto se centrará en la creación de redes de expertos, el acercamiento y la comunicación, y la acotación de las cuestiones y temas que abordar. Entre las principales actividades figuran:

i) la creación de una primera red regional de expertos e instituciones pertinentes,

ii) acercamiento y entrevistas; examen de las publicaciones disponibles y recopilación de la documentación pertinente,

iii) una primera reunión del grupo de referencia del proyecto,

iv) un acto en paralelo a la Primera Comisión de la Asamblea General de octubre de 2019,

v) un taller que reúna a unos 15 o 20 miembros de la red regional del proyecto y a miembros de grupo de referencia del proyecto.

b) Segunda fase

La segunda fase del proyecto se centrará en tratar con las personas pertinentes, expertos, investigadores del mundo académico y del ámbito político y los institutos de la región con el fin de obtener formas de ver y perspectivas sobre las cuestiones y temas decididos en la primera fase y para validar la narrativa de los esfuerzos realizados con vistas a instaurar una zona libre de armas de destrucción masiva entre 1995 y 2015. Entre las principales actividades figuran:

i) hasta 50 entrevistas individuales con personas de dentro y fuera de la región,

ii) hasta 6 reuniones de expertos pertinentes organizadas con la colaboración de pequeños institutos de investigación de la región,

iii) un proyecto de informe completo del Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) relativo a la iniciativa de creación de una zona libre de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo, que se pondrá a disposición de los Estados miembros de las Naciones Unidas y de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas,

iv) un acto especial organizado al margen de la Conferencia de Examen del TNP de 2020,

v) una reunión organizada en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York en 2020 para presentar las actualizaciones y conclusiones del proyecto a los Estados miembros de las Naciones Unidas y a otras partes interesadas pertinentes.

c) Tercera fase

i) dos talleres con una pluralidad de partes implicadas para estudiar la síntesis de las posibilidades y recomendaciones para el futuro,

ii) publicación del resto de los documentos informativos en los que se establecen esas posibilidades y perspectivas consideradas como potencialmente prometedoras para la cooperación en materia de seguridad regional reforzada, entre ellas, la creación de una zona libre de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo,

iii)dos talleres que reúnan a expertos y funcionarios que actúen a título personal.

En el anexo figura una descripción detallada de los proyectos.

Artículo 2

1.   La Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica de los proyectos a que se hace referencia en el artículo 1, apartado 2, correrá a cargo del UNIDIR, que llevará a cabo su misión bajo la responsabilidad de la Alta Representante. A tal fin, la Alta Representante estipulará los acuerdos necesarios con el UNIDIR.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución de los proyectos mencionados en el artículo 1, apartado 2, será de 2 856 278 EUR.

2   Los gastos financiados con cargo al importe especificado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta ejecución del gasto mencionado en el apartado 1. A tal fin, celebrará un acuerdo de financiación con el UNIDIR. El acuerdo de financiación que se celebre estipulará que el socio ejecutante se encargará de dar a la contribución de la Unión una visibilidad acorde con su cuantía.

4.   La Comisión procurará celebrar lo antes posible el acuerdo de financiación mencionado en el apartado 3, una vez entrada en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con ese proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo de financiación.

Artículo 4

1.   La Alta Representante informará al Consejo de la ejecución de la presente Decisión, basándose en los informes semestrales elaborados por el UNIDIR. Dichos informes servirán de base para la evaluación que debe llevar a cabo el Consejo al término del proyecto.

2.   La Comisión facilitará información sobre los aspectos financieros de los proyectos a que se refiere el artículo 1, apartado 2.

Artículo 5

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión expirará a los treintaiséis meses de la fecha de celebración de los acuerdos de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, si no se hubiese celebrado en ese plazo acuerdo de financiación alguno, caducará a los seis meses de su entrada en vigor.

Hecho en Luxemburgo, el 6 de junio de 2019.

Por el Consejo

La Presidenta

A. BIRCHALL

ANEXO

Proyecto en apoyo de un proceso de creación de un clima de confianza que lleve a la instauración de una zona libre de armas nucleares y de cualquier otro tipo de armas de destrucción masiva en Oriente Próximo

I.   Objetivos del proyecto

El proyecto propuesto tendrá cuatro objetivos generales:

1) cubrir una importante laguna de investigación sobre cómo evolucionó la cuestión de la zona libre de armas de destrucción masiva («ADM») en Oriente Próximo desde 1995 a 2015, especialmente las lecciones que se pueden extraer para los planes actuales y futuros;

2) crear capacidad analítica para apoyar una nueva reflexión sobre las cuestiones de seguridad regional y la zona, en particular, extraer enseñanzas del establecimiento en otras regiones de zonas libres de armas nucleares;

3) recopilar ideas y desarrollar nuevas propuestas sobre cómo avanzar en ese tema, y

4) fomentar un diálogo integrador entre expertos y responsables políticos sobre los asuntos de seguridad regional, entre otras cosas mediante la zona libre de ADM en Oriente Próximo, que podría contribuir a su vez a procesos multilaterales que se están desarrollando actualmente, como el TNP y la conferencia anual de las Naciones Unidas sobre la creación de la zona libre de ADM en Oriente Próximo.

En lo que respecta al primer objetivo, la complejidad de la cuestión de establecer una zona libre de ADM en Oriente Próximo, la falta de avances hasta la fecha y la limitada voluntad política dentro y fuera de la región han hecho que la atención sobre el asunto, tanto en el ámbito de la investigación como en el político, haya disminuido en los últimos años. Se ha investigado mucho sobre los orígenes de la iniciativa y los esfuerzos que se hicieron para avanzar en la dirección y la realización de la Conferencia de examen de 1995. La prórroga indefinida del TNP que se decidió ese año y la resolución sobre Oriente Próximo que permitió el consenso sobre dicha prórroga se han abordado extensamente, también mediante un programa continuado de historia oral sobre la Conferencia del TNP de 1995.

No obstante, hay mucha menos documentación e investigación sobre el período comprendido entre 2010 y 2015. Sin embargo, en estos años hubo una serie de iniciativas diplomáticas importantes en la zona. Aunque algunos estudiosos y expertos se han centrado en analizar elementos específicos del asunto y algunos juristas han intentado redactar textos modelo para un posible acuerdo, no hay registro empírico fidedigno sobre los esfuerzos que se hicieron para avanzar en el concepto de zona libre de ADM en Oriente Próximo durante entre 1996 y 2015. Al no existir tal documentación, se corre el riesgo de perder detalles y hechos importantes, así como la perspectiva de las partes implicadas y las enseñanzas para futuras acciones. Ello obstaculizará la investigación en el futuro y los esfuerzos políticos que se hagan sobre esta cuestión. El proyecto propuesto de UNIDIR colmará esta laguna.

En lo que respecta al segundo objetivo, el proyecto apoyará de forma continuada la investigación y la atención de los expertos sobre las amenazas de las ADM en Oriente Próximo, la cooperación en seguridad regional y, específicamente, una zona libre de ADM. Esto se producirá en un momento en el que se necesitan desesperadamente reflexiones e ideas nuevas y duraderas a este respecto. Al analizar cuestiones e ideas recurrentes, emergentes u olvidadas relacionadas con la zona libre de ADM en un período de dos décadas, el proyecto permitirá conocer y comprender este tema. El estudio de la literatura más reciente sobre otras zonas libres de AMD o de armas nucleares permitirá evaluar las características comunes y las singularidades en el contexto de la región de Oriente Próximo. El resultado será un conjunto de temas e ideas que contribuirá a emprender nuevas acciones y a ampliar la red de analistas y expertos con acceso a este conjunto de trabajos.

En lo que respecta al tercer objetivo, este proyecto permitirá que en el futuro se considere la zona libre de ADM en Oriente Próximo en el contexto regional más amplio de seguridad y ADM, documentando los problemas y los planteamientos que se abordaron en el contexto de las diversas iniciativas que tuvieron lugar durante las dos décadas. Mediante la participación integradora de expertos en la región, el proyecto determinará las cuestiones e ideas que, según los investigadores, participantes y observadores expertos, tienen un mayor potencial para seguir siendo estudiadas y también los asuntos que han resultado más difíciles de tratar. Este ejercicio proporcionará a los responsables políticos una base completa para estudiar y evaluar cómo avanzar en la cooperación en seguridad regional, específicamente en las amenazas que representan las ADM, en el contexto estratégico y dinámico actual. También puede servir de base para el desarrollo de capacidades con vistas a una futura negociación sobre cuestiones de seguridad regional, en particular la zona libre de ADM en Oriente Próximo.

Por último, y lo más importante, en lo que respecta al cuarto objetivo, este proyecto facilitará el diálogo informal integrador entre expertos sobre ideas e iniciativas específicas para mejorar la seguridad regional y la gestión de las amenazas que representan las ADM en Oriente Próximo entre los países de la región y sus socios exteriores. Así, este proyecto sentará las bases fundamentales para un diálogo futuro semioficial y oficial sobre aspectos relativos a las ADM y sus vectores. Ofrecerá concretamente un marco discreto para analizar un amplio abanico de asuntos importantes, explorar y desarrollar nuevas perspectivas que podrían abrir vías para futuros progresos, y apoyar y contribuir a un ambiente que propicie un potencial diálogo en el futuro. También proporcionará aportaciones e ideas importantes y sustanciales a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la zona libre de ADM en Oriente Próximo y contribuirá a crear confianza y seguridad entre una amplia gama de expertos que podrían participar en dicha Conferencia o en otros foros.

II.   Descripción del proyecto

1)   Objetivos y destinatarios

Como se ha señalado anteriormente, este proyecto tiene cuatro objetivos:

— Elaborar una descripción objetiva de los esfuerzos que se hicieron entre 1995 y 2015 para establecer una zona libre de ADM en Oriente Próximo que colme una importante laguna de investigación y extraiga las enseñanzas para acciones futuras.

— Determinar las principales cuestiones, oportunidades, barreras e ideas que sean importantes actualmente a la hora de considerar el establecimiento de una zona libre de ADM, así como las acciones para mejorar la cooperación en seguridad regional, de manera que se aporten elementos sobre los aspectos de fondo y de desarrollo de la zona y posibles vías para avanzar en un entorno estratégico cambiante.

— Captar y obtener las perspectivas y los análisis a este respecto de una amplia comunidad de investigadores, responsables políticos y estudiosos de la región y ampliar así el número y la diversidad de los participantes que estudian las posibilidades de diálogo y progreso sobre la cuestión pendiente de la zona libre de ADM en Oriente Próximo en el contexto regional más amplio de las cuestiones de seguridad y ADM, así como otras experiencias de zonas libres de armas nucleares en otras regiones.

— Facilitar el diálogo entre estos expertos con vistas a fomentar las redes, la comunicación y la participación, lo que a su vez podría contribuir a desarrollar acciones futuras que permitan avanzar en la seguridad regional, el control de las armas, la no proliferación y el avance del desarme en la región.

Va dirigido a tres tipos de destinatarios al mismo tiempo:

— Investigadores en el ámbito de la seguridad internacional y el control de armas, especialmente aquellos especializados en la no proliferación y desarme nuclear, químico y biológico y sus vectores, la seguridad regional o las cuestiones de seguridad en Oriente Próximo. Se centrará especialmente en la nueva generación de estudiosos que dedican mayor atención a las cuestiones regionales e internacionales sobre las ADM a raíz del conflicto sirio, las divisiones sobre el programa nuclear de Irán y otras capacidades nucleares en la región, los avances tecnológicos y las nuevas capacidades armamentísticas, la tensa relación política entre los principales Estados nucleares y la controversia entre algunos Estados nucleares y no nucleares sobre cómo avanzar en el desarme nuclear. Una recopilación fidedigna en inglés de la trayectoria de la zona libre de ADM en Oriente Próximo en el período 1996-2015 será un recurso importante y un registro que habrá que tomar en consideración en varios asuntos relacionados con las ADM, entre otras cosas, con las zonas libres de armas nucleares y otros asuntos específicos de Oriente Próximo.

— Los responsables políticos encargados del control de armas, la no proliferación y el desarme. Esto incluye a personas con perspectivas tanto regionales como internacionales y múltiples foros, especialmente la Conferencia de Examen del TNP de 2020. Independientemente de sus posiciones sobre el desarme nuclear, muchos Estados consideran que es fundamental que esta reunión concluya con un resultado consensuado, después de que en la Conferencia del TNP de 2015 no se acordara un documento final y dadas las múltiples tensiones que suscita el TNP. Se considera que la cuestión de avanzar hacia la zona libre de ADM en Oriente Próximo es un factor clave para lograr resultados en la Conferencia de Examen.

— Estudiosos y profesionales de Oriente Próximo que quieren seguir y entender las dinámicas tan cambiantes de la región, sus Estados miembros y sus poblaciones, las implicaciones de los cambios de alianzas y las capacidades en seguridad regional, así como las perspectivas para evitar y mitigar las tensiones y conflictos actuales y futuros.

2)   Calendario

Se espera que el proyecto comience en la segunda mitad de 2019 y se desarrolle durante 36 meses. Está previsto que termine en la primavera de 2022, momento en el que ya se habrán difundido todas las publicaciones. Los informes descriptivos y financieros definitivos del proyecto se elaborarán para finales de 2022.

3)   Actividades, trabajos y metodologías

Este proyecto está dividido en tres fases. Los eventos y plazos específicos se irán adaptando como corresponda y en función de los principales avances. Los documentos, las conclusiones y las ideas del proyecto se compartirán con la Secretaría de las Naciones Unidas y los participantes, con el objetivo de que sirvan para preparar dichas conferencias anuales organizadas por el Secretario General de las Naciones Unidas. A continuación se exponen las tres fases:

Primera fase:

La primera fase se centrará en la puesta en marcha del proyecto y de las redes de expertos, el acercamiento y la comunicación, y la acotación de las cuestiones y temas que abordar. Las principales actividades incluyen:

— la creación de una primera red regional de expertos e instituciones pertinentes para el proyecto,

— el inicio del contacto y las entrevistas con las personas pertinentes implicadas en distintas iniciativas de la zona libre de ADM en Oriente Próximo,

— la revisión de la documentación y la recopilación de información sobre la zona libre de ADM en Oriente Próximo en el período comprendido entre la Conferencia de Examen del TNP de 1995 y la finalización de la Conferencia del TNP de 2015. También se revisarán otras investigaciones más amplias pertinentes sobre otras zonas libres de armas nucleares e iniciativas, además de experiencias de cooperación en seguridad en Oriente Próximo.

Entre los principales trabajos figuran:

— una primera reunión del grupo de referencia del proyecto,

— un acto paralelo en la Primera Comisión de la Asamblea General de octubre de 2019, con la participación de expertos e instituciones regionales pertinentes, para describir el proyecto, presentar los temas iniciales y debatir las principales áreas que se analizarán,

— una cronología de los acontecimientos principales y un resumen de los temas, los asuntos y los debates que constituyen una descripción del debate de la cuestión de la zona libre de ADM en esta región. Para facilitar la consulta, esta revisión incluirá un índice y estará dividida en secciones donde se destacarán las conclusiones más importantes. Este material se podrá compartir con los participantes y observadores de la Conferencia sobre la zona libre de ADM en Oriente Próximo que convocará la Secretaría General de las Naciones Unidas en 2019,

— un taller que se organizará en La Valeta, Malta, en diciembre de 2019, que reunirá a entre 15 y 20 miembros de la red regional del proyecto y del grupo de referencia del proyecto para compartir los últimos avances en la conferencia de las Naciones Unidas, los próximos posibles pasos y cualquier asunto que surja y que el proyecto quiera tener en cuenta o revisar como resultado de la Conferencia.

Segunda fase:

La segunda fase del proyecto se centrará en tratar con las personas adecuadas, los expertos, los investigadores del mundo académico y del ámbito político e institutos de la región, con el fin de obtener opiniones y perspectivas sobre las cuestiones y temas decididos en la primera fase y validar la descripción de los esfuerzos realizados con vistas a instaurar una zona libre de armas de destrucción masiva entre 1995 y 2015. Entre las principales actividades figuran:

— hasta cincuenta entrevistas individuales con personas de dentro y fuera de la región que hayan participado en los debates sobre la zona libre de ADM en Oriente Próximo y en actividades de investigación desde 1995 (en reuniones en la región, en paralelo a otras reuniones y conferencias internacionales pertinentes, por Skype o por teléfono),

— hasta seis pequeñas reuniones de expertos (hasta 25) en la materia que trabajen en la región, facilitadas por el instituto de investigación, para: a) validar y pulir los borradores del informe descriptivo, en particular los datos y las fechas clave; b) recabar distintas opiniones sobre los asuntos prioritarios, los obstáculos, los desafíos y las oportunidades para avanzar en la zona, y c) estudiar posibles vías de superar los obstáculos y desafíos hallados para poder avanzar hacia la zona libre de ADM en Oriente Próximo y en las cuestiones de seguridad regional en Oriente Próximo. Se prevé celebrar las reuniones en Egipto (El Cairo), Jordania (Amán), Irán (Teherán), Líbano (Beirut) y Kuwait.

Entre los principales trabajos figuran:

— un borrador completo del informe del UNIDIR sobre la iniciativa de la zona libre de ADM en Oriente Próximo,

— un resumen compilado por el UNIDIR de los principales problemas y obstáculos, que incluya ideas sobre las iniciativas y perspectivas actuales y futuras en relación con las posibles vías para avanzar definidas durante la investigación y los debates de los expertos,

— una segunda reunión del grupo de referencia del proyecto para hacer balance, evaluar los avances del proyecto y validar el resumen del UNIDIR de los principales asuntos,

— un acto especial organizado en paralelo a la Conferencia de Examen del TNP de 2020,

— una reunión organizada en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York en 2020 para presentar las actualizaciones y conclusiones del proyecto a los Estados miembros de las Naciones Unidas y a otras partes interesadas,

— un taller en Aqaba (Jordania) para informar sobre los progresos hechos hasta la fecha en el proceso de la conferencia de la Secretaría General de las Naciones Unidas y estudiar las áreas prioritarias que podrían seguir tratándose en reuniones posteriores.

Tercera fase:

La última fase del proyecto conllevará la finalización del informe descriptivo para que lo publique el UNIDIR. Durante este período y a partir del balance y los análisis globales realizados durante la segunda fase, el proyecto convocará dos últimos talleres con una pluralidad de partes implicadas para considerar la síntesis de las posibilidades y recomendaciones para el futuro.

Entre las principales actividades figuran:

— la publicación del resto de los documentos informativos en los que se establecen esas posibilidades y perspectivas consideradas como potencialmente prometedoras para la cooperación reforzada en materia de seguridad regional, entre ellas, la creación de una zona libre de AMD en Oriente Próximo, y las consideraciones pertinentes para los responsables políticos,

— actos de lanzamiento (ronda de presentaciones y debates) en Ginebra, Bruselas y Washington para dar publicidad al informe descriptivo y a las conclusiones del UNIDIR,

— dos talleres que reúnan a expertos y funcionarios que actúen a título personal y que se diseñarán en función del resultado de la Conferencia de Examen de 2020 y de los debates pertinentes en las conferencias de las Naciones Unidas sobre la zona libre de ADM en Oriente Próximo. Los posibles lugares para celebrar estos talleres serán El Cairo (Egipto) y Roma (Italia).

Entre los principales trabajos figuran:

— un informe descriptivo de la zona libre de ADM en Oriente Próximo, al que se podrá acceder de forma gratuita en el sitio web del UNIDIR, con cronologías, anexos y datos clave,

— hasta cinco documentos informativos sobre aspectos específicos, opciones y perspectivas de la zona libre de ADM en Oriente Próximo,

— dos resúmenes de los talleres que se compartirán con los funcionarios, las autoridades y los procesos multilaterales correspondientes, donde se explicarán brevemente las perspectivas, las opiniones y las vías para avanzar en la zona libre de ADM en Oriente Próximo.

En el transcurso de este proyecto se utilizará una combinación de metodologías, en particular la revisión y el análisis de literatura comparada, la recopilación y el análisis de documentación de fuentes abiertas y las entrevistas orales. En estas últimas se aplicarán los procedimientos normalizados de investigación, en concreto el consentimiento firmado del entrevistado para grabar la entrevista, la revisión con el entrevistado de cualquier informe escrito o resumen para comprobar su exactitud y la no distribución de las grabaciones o los informes de la entrevista sin el consentimiento expreso del entrevistado, de conformidad con un protocolo de entrevista normalizado. Los informes y los datos procedentes de fuentes abiertas e historia oral se corroborarán para verificar su exactitud.

Todas las reuniones celebradas durante este proyecto seguirán la regla de Chatham House.

Todo el material del proyecto, incluido el material oral y el procedente de fuentes abiertas, será archivado y custodiado por el UNIDIR por un período determinado. Las guías de estilo y los procedimientos de garantía de calidad del UNIDIR se aplicarán a todas las publicaciones, en particular a las revisiones interpares externas de los borradores de los manuscritos.

4)   Composición del proyecto

Este proyecto estará dirigido por un director o directora de proyecto, que tendrá los conocimientos y la experiencia necesarios sobre la región y las AMD. Dicha persona tendrá una amplia red y disfrutará de una posición elevada dentro de la región. Informará al director del UNIDIR, coordinará el equipo del proyecto, dirigirá los preparativos del informe descriptivo de los procesos para establecer una zona libre de ADM desde 1995 y encabezará los trabajos para implicar a expertos y antiguos funcionarios y recopilar opiniones sobre las acciones del pasado y las perspectivas actuales para la zona.

Se contratará a tiempo completo a un jefe investigador o jefa investigadora de proyecto que dirigirá y se encargará de la revisión de la documentación pertinente, de la recopilación de información y de las entrevistas orales. Dicha persona deberá: a) disponer de titulación en una materia pertinente (Oriente Próximo, seguridad internacional o cuestiones relativas a las ADM), tener un excelente conocimiento de Oriente Próximo, conocer los idiomas correspondientes y contar con un sólido compendio de publicaciones; b) demostrar que ha efectuado investigaciones de alta calidad, imparciales y fiables, y disponer de excelentes capacidades interpersonales; y c) desempeñará un papel primordial en la elaboración de los informes de síntesis sobre las opiniones relativas a las cuestiones y las vías para avanzar que se recojan en el informe.

Un colaborador o colaboradora principal, que trabajará a media jornada (50 %), proporcionará orientaciones, conocimientos y asesoramiento al director(a) del proyecto y al jefe(a) investigador(a) y contribuirá a recopilar y redactar el informe descriptivo. El colaborador o colaboradora principal tendrá amplios conocimientos y experiencia en las cuestiones relacionadas con la región de Oriente Próximo y en los esfuerzos para establecer una zona libre de ADM en Oriente Próximo.

Se creará un grupo de referencia de 4 o 5 personas que aconsejarán y orientarán en el proyecto, revisarán los borradores de las publicaciones, ayudarán a establecer contacto con los expertos e institutos pertinentes y participarán en las reuniones y en los diálogos con expertos en la región. Estas personas serán seleccionadas en función de su experiencia y sus conocimientos sobre las iniciativas relacionadas con la zona libre de ADM en Oriente Próximo y participarán a título personal. Tendrán derecho a cobrar los gastos de desplazamiento y recibirán una dieta diaria cuando participen en actividades relacionadas con el proyecto, así como unos honorarios reducidos.

Dado que este proyecto requerirá un alto grado de desplazamientos y reuniones con una amplia y diversa red de expertos, se contratará un equipo asistente que apoyará en las tareas administrativas y logísticas, como los viajes a la región y dentro de ella, la organización de las reuniones y las gestiones administrativas y financieras en el contexto del sistema de planificación de los recursos institucionales, de las Naciones Unidas (Umoja). Sería conveniente que el equipo asistente hablara árabe.

Un becario o becaria trabajará en el proyecto a media jornada (50 %) para recopilar y revisar documentación, comprobar datos, elaborar tablas o listas de datos y archivar.

III.   Administración y supervisión del proyecto

Este proyecto se llevará a cabo bajo los auspicios del UNIDIR. El UNIDIR es una institución autónoma en el marco de las Naciones Unidas, creada en 1980 con el objetivo de realizar investigaciones independientes sobre el desarme y sus problemas relacionados, especialmente cuestiones de seguridad internacional. Situado en Ginebra, cuenta con reputación mundial y una dilatada experiencia en cuestiones relativas a las ADM, especialmente una significativa memoria institucional y un archivo de los procesos de desarme, incluidos el TNP y las zonas libres de armas nucleares en el mundo, y dispone de un considerable compendio de publicaciones, todo ello de acceso público y disponible en línea de forma gratuita.

Un elemento importante de las funciones del UNIDIR es convocar y facilitar el diálogo informal entre distintos expertos en asuntos de desarme, que pueden abarcar desde las ADM hasta las nuevas tecnologías armamentísticas emergentes. Por tanto, el UNIDIR cuenta con una amplia red en la que apoyarse y con experiencia a la hora de organizar reuniones en Ginebra u otros lugares, elaborar informes de síntesis o dar recomendaciones para el futuro.

El UNIDIR está dirigido por una Junta de Consejeros que también actúa como Junta Consultiva en Asuntos de Desarme, a quien informa el director del UNIDIR. La Junta de Consejeros congrega a un diverso grupo de expertos de todo el mundo, que participan a título personal y que se reúnen dos veces al año para revisar las actividades financieras y de fondo del UNIDIR. La Junta de Consejeros informa anualmente sobre su trabajo al Secretario General de las Naciones Unidas. El director del UNIDIR es responsable de la organización, la dirección y la administración del UNIDIR, especialmente de sus principales trabajos de investigación y sus procesos administrativos y financieros.

Si bien el UNIDIR es una organización autónoma, respeta el Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas y sus finanzas están sujetas a la auditoría de la Junta de Auditores de Naciones Unidas. Todas las finanzas del proyecto están administradas y gestionadas mediante el Umoja, y sometidas a una revisión trimestral. El UNIDIR informa sobre los avances y las finanzas de cada uno de los proyectos a los donantes correspondientes una vez al año como mínimo y hasta cuatro veces al año, dependiendo de los requisitos de cada donante.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 06/06/2019
  • Fecha de publicación: 07/06/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 06/06/2019
  • La fecha de aplicación queda establecida en el art. 1 de la Decisión 2022/753, de 16 de mayo; (Ref. DOUE-L-2022-80752).
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2019/938/spa
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 5.2, por Decisión 2022/753, de 16 de mayo (Ref. DOUE-L-2022-80752).
Materias
  • Armas
  • Cooperación internacional
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Pacificación
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