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Documento DOUE-L-2018-81663

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1539 del Consejo, de 15 de octubre de 2018, que aplica el Reglamento (UE) 2016/1686 por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 257, de 15 de octubre de 2018, páginas 1001 a 1002 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81663

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/1686 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 20 de septiembre de 2016, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2016/1686.                                                                                                                             

(2)

En vista de la amenaza persistente del EIIL (Daesh) y Al Qaida y de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos, procede añadir una persona a la lista de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 en consecuencia.                                                                                               

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de octubre de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI

 ______________________

(1)  DO L 255 de 21.9.2016, p. 1.

ANEXO

La siguiente persona se añade a la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686:

«3.

Hocine BOUGUETOF; fecha de nacimiento: 1 de julio de 1959; lugar de nacimiento: Tebessa (Argelia); nacionalidad: argelina.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2016/1686, de 20 de septiembre (Ref. DOUE-L-2016-81669).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Delincuencia organizada
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

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