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Documento DOUE-L-2018-80852

Decisión n° 1/jp/2018 del Comité Mixto creado en el marco del Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón, de 27 de abril de 2018, relativa al registro de los organismos de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre equipos terminales de telecomunicación y equipos radioeléctricos [2018/759].

Publicado en:
«DOUE» núm. 128, de 24 de mayo de 2018, páginas 19 a 21 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-80852

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón, y en particular, su artículo 8, apartado 3, letra a), y su artículo 9, apartado 1, letra b),

Considerando que la inclusión de uno o varios organismos de evaluación de la conformidad en un anexo sectorial requiere una decisión del Comité Mixto,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

1. Los organismos de evaluación de la conformidad indicados a continuación se registrarán en el anexo sectorial sobre equipos terminales de telecomunicación y equipos radioeléctricos del Acuerdo, a efectos de los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad indicados más adelante.

UL Japan, Inc.

Nombre, acrónimo y señas del organismo de evaluación de la conformidad

Nombre: UL Japan, Inc.

Siglas: ULJ

Dirección: 4383-326 Asama-cho Ise-shi Mie 516-0021, Japón

Número de teléfono: +81 596248999

N.o de Fax +81 596248124

Dirección de correo electrónico: emc.jp@jp.ul.com

Dirección URL: http://greaterasia-ul.com/ja/

Persona de contacto del OEC designado: Tetsuya HASHIMOTO

Alcance del registro por lo que respecta a los productos y procedimientos de evaluación de la conformidad

Productos:

1)Equipos radioeléctricos de corto alcance (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a las normas EN 300 220-2, EN 300 220-3-1, EN 300 220-3-2, EN 300 220-4, EN 300 330, EN 300 440, EN 301 091-1, EN 301 091-2, EN 301 091-3, EN 302 264-2 o EN 305 550-2)

2)Sistemas de transmisión de banda ancha de 2,4 GHz (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a la norma EN 300 328)

3)Terminales de telefonía móvil (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a las normas EN 301 511, EN 301 908-1, EN 301 908-2, EN 301 908-10, EN 301 908-13, EN 301 908-19 o EN 301 908-21)

4)Micrófonos inalámbricos (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a las normas EN 300 422-1, EN 300 422-2, EN 300 422-3, EN 300 422-4, EN 300 454-2, o EN 301 357)

5)RLAN de alto rendimiento en 5 GHz y en 60 GHz (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a las normas EN 301 893 o EN 302 567)

6)Receptores de radiodifusión (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a las normas EN 303 340, EN 303 345, EN 303 372-1, EN 303 372-2 o EN 303 413)

7)Sistemas de radar para vehículos (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a la norma EN 302 858-2)

8)Sistemas de bucle inductivo destinados a la asistencia a personas con discapacidad auditiva (limitado a los equipos radioeléctricos sujetos a la norma EN 303 348)

9)Sistemas que utilizan frecuencias de radio inferiores a 9 kHz (excepto equipos radioeléctricos sujetos a la norma EN 303 348)

Procedimientos de evaluación de la conformidad

Procedimientos de evaluación de la conformidad que se ajusten al artículo 17 y al anexo III de la Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

TELECOM ENGINEERING CENTER

Nombre, acrónimo y señas del organismo de evaluación de la conformidad

Nombre: TELECOM ENGINEERING CENTER

Siglas: TELEC

Dirección: 5-7-2 Yashio, Shinagawa-ku, Tokio, 140-0003, Japón

Número de teléfono: +81 337990137

Número de fax +81 337907152

Dirección de correo electrónico: rftest@telec.or.jp

Dirección URL: http://www.telec.or.jp/eng/Index.html

Persona de contacto del OEC designado: Kazuyuki KUGA

Alcance del registro por lo que respecta a los productos y procedimientos de evaluación de la conformidad

Productos:

1)Equipos radioeléctricos de corto alcance (limitado a los equipos radioeléctricos incluidos en un rango en el que sean de aplicación las normas 300 220-2, EN 300 220-3-1, EN 300 220-3-2, EN 300-220-4, EN 300 330, EN 300 440-2, EN 301 489-1, EN 301 489-3 o EN 302-291-2)

2)Sistemas de transmisión en banda ancha de 2,4 GHz (limitado a los equipos radioeléctricos incluidos en un rango en el que sean de aplicación las normas EN 300 328, EN 301 489-1 o EN 301 489-17)

3)RLAN inalámbrica en 5 GHz (limitado a los equipos radioeléctricos incluidos en un rango en el que sean de aplicación las normas EN 301-489-1, EN 301 489-17 o EN 301 893)

Procedimientos de evaluación de la conformidad

Procedimientos de evaluación de la conformidad que se ajusten al artículo 17 y al anexo III de la Directiva 2014/53/UE.

2. La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los copresidentes. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de la última de ambas firmas.

Firmado en Tokio, el 9 de abril de 2018.

En nombre de Japón

Daisuke OKABE

Firmado en Bruselas, el 27 de abril de 2018.

En nombre de la Comunidad Europea

Ignacio IRUARRIZAGA

__________

(1) Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos radioeléctricos, y por la que se deroga la Directiva 1999/5/CE (DO L 153 de 22.5.2014, p. 62).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Certificación comunitaria
  • Electricidad
  • Entidades de certificación
  • Equipos de telecomunicación
  • Japón
  • Normalización

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