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Documento DOUE-L-2017-82476

Decisión (UE) 2017/2284 del Consejo, de 11 de diciembre de 2017, para la prestación de asistencia a los Estados de África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe a efectos de su participación en el proceso de consulta del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible.

Publicado en:
«DOUE» núm. 328, de 12 de diciembre de 2017, páginas 32 a 37 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82476

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de diciembre de 2003, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (en lo sucesivo, «Estrategia»), en cuyo capítulo II se enumeran una serie de medidas que deben adoptarse para lograr un multilateralismo eficaz, que es la piedra angular de la estrategia europea de lucha contra la proliferación de las armas de destrucción masiva. En él se establece, entre otras cosas, que «la UE se ha comprometido con el sistema de tratados multilaterales, que constituye el marco jurídico y normativo para todos los esfuerzos de no proliferación» y que «la política de la UE es aspirar a un acuerdo internacional sobre la prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares».

(2)

La UE está aplicando activamente la Estrategia y dando efecto a las medidas enumeradas en su capítulo III, en particular mediante la aportación de recursos financieros para apoyar proyectos concretos destinados a mejorar el sistema multilateral de no proliferación y las medidas multilaterales de fomento de la confianza.

(3)

El 8 de diciembre de 2008, el Consejo adoptó junto a sus Conclusiones un documento titulado «Nuevas líneas de actuación de la Unión Europea en la lucha contra la proliferación de las armas de destrucción masiva y sus vectores». El citado documento afirma, entre otras cosas, que la UE se compromete a proseguir e intensificar su labor «de favorecer el inicio de negociaciones sobre un tratado para la prohibición de producción de material fisible para armas nucleares».

(4)

La Unión Europea ha pedido reiteradamente el inicio inmediato y la pronta conclusión de las negociaciones sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible (en lo sucesivo, «TPMF»), para la fabricación de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, a partir del documento CD/1299 y del mandato contenido en el mismo. En la misma línea, la UE ha instado a todos los miembros de la Conferencia de Desarme (CD) a que hagan todo lo posible por superar el bloqueo y adoptar un programa de trabajo equilibrado y completo que prevea el inicio inmediato de las negociaciones sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible.

(5)

En 2013, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución por la que se establecía un Grupo de Expertos Gubernamentales, con representantes de veinticinco Estados, para que formulara recomendaciones sobre los aspectos que podrían contribuir a un TPMF para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, pero no para que lo negociara. El Grupo de Expertos Gubernamentales presentó su informe a la Primera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Desarme) en 2015.

(6)

En 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 71/259, titulada «Tratado de prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares». En ella se solicita al Secretario General que establezca un grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un TPMF, para que examine los elementos sustantivos de un futuro tratado no discriminatorio, multilateral y efectivamente verificable a nivel internacional de prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, y formule recomendaciones al respecto. El grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un TPMF contará con representantes de veinticinco Estados y celebrará dos reuniones informales de carácter consultivo, abiertas a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas para permitir la participación de todos los Estados en los preparativos del TPMF. Se espera que los trabajos que lleve a cabo el grupo preparatorio den lugar al inicio de negociaciones sobre esta relevante cuestión con el fin de seguir avanzando en el desarme nuclear y la no proliferación.

(7)

Todos los Estados miembros de la UE votaron a favor de la Resolución 71/259 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2016 sobre el TPMF, que fue presentada por Canadá, Alemania y los Países Bajos. La resolución establece un proceso incluyente mediante la organización de reuniones informales de carácterconsultivo con todos los Estados miembros de las Naciones Unidas y con la Presidencia del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF. Varios Estados miembros de la UE participarán en los trabajos del grupo preparatorio de alto nivel de expertos, cuyo mandato es formular recomendaciones sobre los elementos sustantivos de un futuro tratado, sin perjuicio de las posiciones nacionales en las futuras negociaciones.

(8)

El grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF supondrá una contribución práctica a los esfuerzos de desarme nuclear y de no proliferación. El Grupo de Expertos Gubernamentales (1) y dos informes del Secretario General (2) han señalado la complejidad del asunto y han identificado varias cuestiones que los Estados miembros de las Naciones Unidas deben seguir analizando y examinando. El grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF informará a la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 73.o período de sesiones (2018).

(9)

En términos más generales, el material fisible (como el uranio o el plutonio muy enriquecidos), capaz de producir una reacción de fisión en cadena, es un elemento esencial de las armas nucleares. El inicio inmediato y la pronta conclusión de las negociaciones, en el seno de la Conferencia de Desarme, sobre un TPMF para la fabricación de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares es, desde hace tiempo, una de las prioridades de la UE.

(10)

La celebración de un TPMF para la fabricación de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares supondría un paso fundamental para crear las condiciones para un mundo sin armas nucleares. El TPMF es un instrumento multilateral que debe negociarse en el ámbito del desarme nuclear como un complemento del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP), y el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (TPCE).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. De conformidad con la Estrategia de la UE, que establece el objetivo de defender, aplicar y fortalecer los tratados y acuerdos multilaterales de desarme y no proliferación, la Unión debe prestar asistencia a los Estados de África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe para su participación en el proceso de consulta del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible, (en lo sucesivo, «TPMF»).

2. Los proyectos mediante los que se prestará asistencia a los Estados de África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe para su participación en el proceso de consulta del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un TPMF, que estarán en consonancia con la Estrategia de la UE, consistirán en talleres subregionales, reuniones de expertos, actividades de apoyo temático ofrecidas por los Estados miembros de las Naciones Unidas y la creación de un repositorio de información y publicaciones pertinentes.

3. Los proyectos perseguirán los siguientes objetivos:

—facilitar el diálogo a escala regional entre las regiones de los Estados de África, de Asia y el Pacífico, y de América Latina y el Caribe,

—desarrollar un sentimiento de responsabilización sobre la cuestión entre los Estados en dichas regiones,

—identificar las necesidades y prioridades políticas nacionales de los Estados en dichas regiones,

—implicar a las organizaciones regionales pertinentes en los debates sobre un TPMF para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares que se negociará en el marco de la Conferencia de Desarme,

—evaluar las implicaciones del proceso a escala regional y del papel que las organizaciones regionales e internacionales pertinentes puedan tener en dicho proceso,

—realizar un análisis comparativo de las implicaciones del proceso para cada región,

—facilitar la transmisión de los conocimientos sobre la cuestión entre el mundo académico, las organizaciones de la sociedad civil y los Estados miembros relativos a materiales fisibles.

4. Los proyectos se describen pormenorizadamente en el anexo.

Artículo 2

1. La Alta Representante será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

2. La Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (OADNU) llevará a cabo la aplicación técnica de los proyectos mencionados en el artículo 1, apartado 2, a través de la Oficina de Ginebra y su Subdivisión de Desarme Regional, los tres Centros Regionales para la Paz y el Desarme en África, en Asia y en el Pacífico, y en América Latina y el Caribe. La OADNU desempeñará esta labor bajo la responsabilidad de la Alta Representante. Para ello, la Alta Representante suscribirá los acuerdos necesarios con la OADNU.

Artículo 3

1. El importe de referencia financiera para la ejecución de los proyectos a que se refiere el artículo 1, apartado 2, será de 1 220 880,51 EUR.

2. Los gastos financiados con cargo al importe establecido en el apartado 1 se gestionarán de conformidad con los procedimientos y las normas aplicables al presupuesto general de la Unión.

3. La Comisión supervisará la correcta gestión del gasto mencionado en el apartado 1. A tal fin, celebrará con la OADNU un convenio de financiación por el importe de referencia en el momento de la adopción de la presente Decisión del Consejo. En el acuerdo se estipulará que la OADNU debe garantizar que la visibilidad de la contribución de la Unión sea acorde con su cuantía.

4. La Comisión procurará celebrar el convenio de financiación mencionado en el apartado 3 lo antes posible una vez haya entrado en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad que surja en ese proceso y de la fecha de celebración del convenio de financiación.

Artículo 4

1. La Alta Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión basándose en los informes periódicos de la OADNU. El Consejo realizará una evaluación sobre la base de dichos informes.

2. La Comisión facilitará información sobre los aspectos financieros de los proyectos mencionados en el artículo 1, apartado 2.

Artículo 5

1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2. La presente Decisión expirará a los 36 meses de la fecha de celebración del convenio de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, expirará a los seis meses de su entrada en vigor en caso de que no se haya celebrado ningún convenio de financiación para entonces.

Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2017.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI

__________________________

(1) A/70/81, Informe del Grupo de Expertos Gubernamentales para formular recomendaciones sobre los aspectos que podrían contribuir a un tratado de prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, pero no para negociarlo.

(2) A/68/154, A/68/154/Add.1, A/71/140/Rev.1 y A/71/140/Rev.1/Add.1.

ANEXO

.

1. OBJETIVO

Resulta necesario que los Estados comprendan plenamente las implicaciones de un futuro tratado y su relación con los instrumentos regionales en las zonas libres de armas nucleares, el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TPCE) y otros instrumentos en una etapa temprana del proceso. Por lo tanto, el objetivo general de la nueva Decisión del Consejo debe ser proporcionar financiación para construir una amplia base de conocimientos sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, también denominado tratado de prohibición de la producción de material fisible (TPMF), entre la comunidad internacional con el fin de garantizar que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas estén en condiciones de participar plenamente en el proceso de consulta y en las negociaciones futuras sobre dicho tratado en el marco de la Conferencia de Desarme.

La participación de los Estados miembros de las Naciones Unidas a escala regional complementará las reuniones consultivas informales organizadas por el presidente del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF en Nueva York, y, de este modo, fomentará la participación cuantitativa y cualitativa de los Estados y reforzará el carácter integrador de las negociaciones futuras sobre dicho tratado en el marco de la Conferencia de Desarme.

La organización de una serie de seminarios (sub)regionales permitirá compartir los conocimientos y la información a escala regional y entre las regiones. Los seminarios incluirán una combinación de informes técnicos y debates sobre la pertinencia y las consecuencias de estos futuros tratados en los acuerdos regionales existentes. Los informes técnicos elaborados por los expertos correspondientes profundizarán en las cuestiones de fondo relativas al TPMF, mientras que los debates harán que los participantes se planteen las consecuencias y la importancia a nivel regional de un posible tratado.

El grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF informará a la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 73.o período de sesiones (2018). La Asamblea General podrá decidir adoptar medidas adicionales sobre esta cuestión. A fin de respaldar la participación de los Estados miembros de las Naciones Unidas en el debate sobre esta cuestión, el proyecto se prolongará hasta el final del período ordinario de sesiones del 74.o período de sesiones de la Asamblea General (diciembre de 2019).

La Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (OADNU) a través de la Subdivisión de Ginebra y de la Subdivisión de Desarme Regional, que incluye el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, situado en Lomé (Togo), el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en Asia y el Pacífico, situado en Katmandú (Nepal) y el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, con sede en Lima (Perú), cuenta con una dilatada experiencia en el apoyo a los Estados y la promoción del diálogo en sus respectivas regiones sobre cuestiones de desarme y no proliferación nuclear.

Se contará con expertos de varios países, sobre una base geográfica amplia, procedentes de los gobiernos, las organizaciones regionales y las organizaciones de la sociedad civil, como el Grupo Internacional sobre Material Fisible, el Centro de Investigaciones, Capacitación e Información sobre la Verificación (VERTIC), el Instituto de Estudios de Seguridad (IES) y el mundo académico.

En el objetivo 16.8 de los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas se ha identificado la necesidad de: «ampliar y fortalecer la participación de los países en desarrollo en las instituciones de gobernanza mundial». Por ello, las actividades previstas en el marco de este proyecto podrían contribuir a dicho objetivo.

2. ACTIVIDADES

2.1. Objetivos de las medidas

—Facilitar el diálogo a escala regional y subregional entre los Estados en las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe.

—Implicar a las organizaciones regionales pertinentes en los debates sobre un TPMF.

—Desarrollar el sentido de inclusión en un futuro TPMF entre todos los Estados.

—Facilitar la transmisión y la aplicación de los conocimientos entre el mundo académico, las organizaciones de la sociedad civil y los Estados miembros sobre cuestiones pertinentes para la prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares.

2.2. Descripción de las actividades

Todas las actividades estarán organizadas por la OADNU, a través de la Subdivisión de Ginebra y de la Subdivisión de Desarme Regional, incluidos el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, situado en Lomé (Togo), por el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en Asia y el Pacífico, con sede en Katmandú (Nepal), y por el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, situado en Lima (Perú).

a)Talleres subregionales en África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe La OADNU organizará hasta seis seminarios subregionales en las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe. La OADNU organizará uno o dos seminarios subregionales de dos días en cada una de las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe.

Los seminarios contarán con la participación de expertos procedentes de las capitales de los países de las subregiones respectivas, así como el grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF, expertos de la Unión Europea y procedentes de la sociedad civil y el mundo académico.

Estos seminarios complementarán las reuniones consultivas informales de participación abierta dirigidas por el presidente del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF en Nueva York, de conformidad con la Resolución 71/259 de la Asamblea General de las Naciones Unidas y facilitarán la participación de expertos de los Estados miembros de las Naciones Unidas en las futuras negociaciones sobre el TPMF en la capital.

b)Reuniones de expertos con expertos de organizaciones regionales La OADNU organizará tres reuniones de expertos con las organizaciones regionales pertinentes en las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe, entre ellas la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC), la Comisión Africana de Energía Nuclear (AFCONE), el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL) y el Foro Regional de la ASEAN, para reunir a miembros del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF, expertos de organizaciones regionales y expertos de organizaciones de la sociedad civil, incluido el Consorcio de No Proliferación de la UE, VERTIC, el Grupo Internacional sobre Material Fisible y el IES, con objeto de preparar las negociaciones futuras sobre el TPMF y favorecer la aportación de la experiencia y de los conocimientos técnicos regionales en estas negociaciones.

c)Apoyo sustancial a los Estados miembros

La OADNU atenderá un máximo de seis solicitudes de apoyo sustancial procedentes de Estados miembros de las regiones de África, de Asia y del Pacífico, de América Latina y del Caribe, como actuación consecutiva a los seminarios y teniendo en cuenta el equilibrio geográfico.

d)Repositorio de material de referencia y publicación de resultados Durante el tiempo que dure el proyecto, la OADNU creará y conservará un sitio web específico que contenga material de referencia pertinente para ayudar a los Estados a prepararse para el futuro TPMF y para que tanto los Estados, como las organizaciones regionales, las organizaciones de la sociedad civil y los investigadores lo utilicen como repositorio de recursos y se favorezca así la comunicación interregional.

La OADNU publicará hasta dos documentos ocasionales sobre los resultados de los seminarios regionales y las reuniones de expertos con las organizaciones regionales.

2.3. Repercusión de las actividades

—Se facilita la participación de los Estados en las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y el Caribe en las futuras negociaciones sobre el TPMF.

—Se incorporan a las negociaciones del futuro TPMF los conocimientos generales y técnicos regionales existentes sobre la prohibición de la producción de material fisible para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares.

—El material de referencia pertinente se pone a disposición de futuros negociadores y expertos de los Estados, las organizaciones regionales, las organizaciones de la sociedad civil y el mundo académico.

3. COLABORADORES EN LAS MEDIDAS

—Sistema de las Naciones Unidas: la OADNU, a través de la Subdivisión de Ginebra y de la Subdivisión de Desarme Regional, que incluye los tres Centros Regionales para la Paz y el Desarme en África, en Asia y el Pacífico, y en América Latina y el Caribe.

—Organizaciones regionales y subregionales: ABACC, AFCONE, OPANAL, Foro Regional de la ASEAN.

—Organizaciones no gubernamentales: el Consorcio de No Proliferación de la UE, VERTIC, el Grupo Internacional sobre Material Fisible y el IES.

4. INTERACCIÓN CON LA LABOR DE LA UNIÓN A partir de la información periódica que facilite la OADNU acerca de sus actividades, la Unión podrá decidir complementar dichas tareas mediante una actuación diplomática específica destinada a concienciar sobre la importancia de superar el prolongado estancamiento en las negociaciones de la Conferencia de Desarme y la importancia de iniciar de inmediato y concluir con prontitud las negociaciones en la Conferencia de Desarme de un TPMF para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares (TPMF), sobre la base del documento CD/1299 y el mandato que este contiene.

5. BENEFICIARIOS DE LAS ACTIVIDADES

—Estados de las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe;

—Miembros del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre el TPMF.

—Grupo de expertos gubernamentales sobre verificación del desarme nuclear.

—Organizaciones de la sociedad civil en las regiones de África, de Asia y del Pacífico, y de América Latina y del Caribe dedicadas al desarme nuclear y la no proliferación.

6. LUGAR

Los seminarios subregionales se organizarán en la sede de los centros regionales o en lugares de la subregión correspondiente en los que exista una oficina regional de las Naciones Unidas, a fin de facilitar la participación de expertos nacionales procedentes de las capitales.

Las reuniones de expertos se celebrarán en la sede de las organizaciones regionales o en la sede de los centros regionales.

Se proporcionará apoyo sustancial a los Estados miembros en las capitales.

7. DURACIÓN

La duración total estimada del proyecto es de 36 meses.

ANÁLISIS

Materias
  • Armas
  • Ayudas
  • Cooperación internacional
  • Energía nuclear
  • Financiación comunitaria
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Unión Europea

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