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Documento DOUE-L-2017-82295

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/659 de la Comisión, de 6 de abril de 2017, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/141 por el que se establecen derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de determinados accesorios de tubería de acero inoxidable para soldadura a tope, acabados o no, originarios de la República Popular China y de Taiwán.

Publicado en:
«DOUE» núm. 304, de 21 de noviembre de 2017, páginas 69 a 69 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82295

TEXTO ORIGINAL

En la página 9, en el artículo 1, en el texto que sustituye el artículo 1, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/141 de la Comisión:

donde dice:

«1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de accesorios de tubería para soldadura a tope, de grados de acero inoxidable austenítico, correspondientes a los tipos AISI 304, 304L, 316, 316L, 316Ti, 321 y 321H y sus equivalentes en las otras normas, con un diámetro exterior máximo no superior a 406,4 mm y un espesor de pared de hasta 16 mm, con un acabado de la superficie con una media de rugosidad que no sea inferior a 0,8 micrómetros, sin bridas, acabados o no, originarios de China y Taiwán. El producto está clasificado en los códigos NC ex 7307 23 10 y ex 7307 23 90 (códigos Taric 7307231015, 7307231025, 7307239015 y 7307239025).»,

debe decir:

«1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de accesorios de tubería para soldadura a tope, de grados de acero inoxidable austenítico, correspondientes a los tipos AISI 304, 304L, 316, 316L, 316Ti, 321 y 321H y sus equivalentes en las otras normas, con un diámetro exterior máximo no superior a 406,4 mm y un espesor de pared de hasta 16 mm, con una superficie interna con una media de rugosidad que no sea inferior a 0,8 micrómetros, sin bridas, acabados o no, originarios de China y Taiwán. El producto está clasificado en los códigos NC ex 7307 23 10 y ex 7307 23 90 (códigos Taric 7307231015, 7307231025, 7307239015 y 7307239025).».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/11/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2017/659, de 6 de abril (Ref. DOUE-L-2017-80732).
Materias
  • Acero
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Productos siderúrgicos
  • Taiwán
  • Tuberías

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