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Documento DOUE-L-2017-82281

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2153 del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 304, de 21 de noviembre de 2017, páginas 3 a 5 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82281

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(2)

A raíz de la organización por la Federación de Rusia, el 10 de septiembre de 2017, de elecciones a gobernadores en la ciudad anexionada ilegalmente de Sebastopol, el Consejo considera que debe añadirse a una persona a la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La persona mencionada en el anexo del presente Reglamento queda añadida a la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2017.

Por el Consejo

La Presidenta

M. REPS

____________________________

(1) DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.

ANEXO

.

Lista de personas a que se refiere el artículo 1

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«161.

Dmitry Vladimirovich OVSYANNIKOV

(Дмитрий Владимирович Овсянников)

Fecha de nacimiento: 21.2.1977

Lugar de nacimiento: Omsk (URSS)

“Gobernador de Sebastopol”.

Ovsyannikov fue elegido gobernador de Sebastopol en las elecciones del 10 de septiembre de 2017, organizadas por la Federación de Rusia en la ciudad ilegalmente anexionada de Sebastopol.

El presidente Putin le había nombrado gobernador en funciones de Sebastopol el 28 de julio de 2016. En calidad de tal, ha trabajado para promover una mayor integración en la Federación de Rusia de la península de Crimea, anexionada ilegalmente, y como tal es responsable de apoyar activamente o llevar a cabo acciones o políticas que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

En 2017 realizó declaraciones públicas en apoyo de la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol, y sobre el día del aniversario del “referéndum” ilegal de Crimea. Rindió homenaje a los veteranos de las denominadas “unidades de autodefensa” que habían facilitado el despliegue de las fuerzas rusas en la península de Crimea antes de su anexión ilegal por la Federación de Rusia, e hizo un llamamiento a que Sebastopol fuera la capital del sur de la Federación de Rusia.

21.11.2017»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 269/2014, de 17 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80489).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Ucrania

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