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Documento DOUE-L-2017-81301

Decisión (UE) 2017/1163 del Consejo, de 20 de junio de 2017, relativa a la celebración, en nombre de la Unión y sus Estados miembros, del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 170, de 1 de julio de 2017, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-81301

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 217, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso i), y apartado 8, párrafo segundo,

Vista el Acta de adhesión de la República de Croacia, y en particular su artículo 6, apartado 2, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con la Decisión (UE) 2017/75 del Consejo (2), el Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo, «Protocolo») se firmó el 15 de diciembre de 2016, a reserva de su celebración.

(2)

La celebración del Protocolo es objeto de un procedimiento separado en lo que respecta a materias que son competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(3)

Procede aprobar el Protocolo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión y sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (3).

Artículo 2

El Presidente del Consejo designará a la persona o personas facultadas para depositar, en nombre de la Unión y sus Estados miembros, el instrumento de aprobación previsto en el artículo 7 del Protocolo (4).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 20 de junio de 2017.

Por el Consejo

La Presidenta

H. DALLI

_________________________________

(1) Aprobación de 16 de mayo de 2017 (pendiente e publicación en el Diario Oficial).

(2) Decisión (UE) 2017/75 del Consejo, de 21 de noviembre de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión y sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (DO L 12 de 17.1.2017, p. 1).

(3) El texto del Protocolo se publicó en el DO L 12 de 17 de enero de 2017 junto con la Decisión relativa a su firma.

(4) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Protocolo.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Decisión 2017/75, de 21 de noviembre (Ref. DOUE-L-2017-80028).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Bosnia Herzegovina
  • Cooperación comercial
  • Croacia

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