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LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 9, apartado 4,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y en particular su artículo 10, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1)
La Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 de la Comisión (3) se adoptó a raíz de la aparición de brotes de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5 en varios Estados miembros («los Estados miembros afectados») y del establecimiento de zonas de protección y de vigilancia por la autoridad competente de los Estados miembros afectados de conformidad con la Directiva 2005/94/CE del Consejo (4).
(2)
La Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 dispone que las zonas de protección y de vigilancia establecidas por las autoridades competentes de los Estados miembros afectados de conformidad con la Directiva 2005/94/CE deben abarcar, como mínimo, las zonas de protección y de vigilancia indicadas en el anexo de dicha Decisión de Ejecución. La Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 dispone asimismo que las medidas que deben aplicarse en las zonas de protección y de vigilancia, tal como se prevé en el artículo 29, apartado 1, y el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE, deben mantenerse, como mínimo, hasta las fechas correspondientes a las zonas de protección establecidas en el anexo de la mencionada Decisión de Ejecución.
(3)
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 fue modificado posteriormente por las Decisiones de Ejecución (UE) 2017/417 (5), (UE) 2017/554 (6), (UE) 2017/696 (7), (UE) 2017/780 (8) y (UE) 2017/819 (9) de la Comisión, para tener en cuenta los cambios en las zonas de protección y de vigilancia establecidas por las autoridades competentes de los Estados miembros de conformidad con la Directiva 2005/94/CE a raíz de nuevos brotes de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5 en la Unión. Además, la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 se modificó mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2017/696 a fin de establecer normas relativas al envío de partidas de pollitos de un día procedentes de las zonas enumeradas en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, a raíz de ciertas mejoras en la situación epidemiológica en relación con el mencionado virus en la Unión.
(4)
Si bien la situación general de la enfermedad en la Unión no ha dejado de mejorar, desde la fecha de la última modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 por la Decisión de Ejecución (UE) 2017/819, se han producido unos cuantos brotes más. Italia y el Reino Unido han notificado a la Comisión sendos brotes nuevos de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5N8 en explotaciones situadas fuera de las zonas que figuran actualmente en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 para esos Estados miembros. Además, Luxemburgo ha notificado a la Comisión el primer caso de detección del virus de la gripe aviar altamente patógena del subtipo H5N8 en explotaciones de aves cautivas. Estos tres Estados miembros también han notificado a la Comisión que han adoptado las medidas necesarias exigidas de conformidad con la Directiva 2005/94/CE, incluido el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia en torno a estos nuevos brotes.
(5)
La Comisión ha examinado las medidas adoptadas por Italia, el Reino Unido y Luxemburgo con arreglo a la Directiva 2005/94/CE a raíz de los recientes brotes de gripe aviar del subtipo H5N8 en dichos Estados miembros, y se ha cerciorado de que los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas por las autoridades competentes de esos Estados miembros se encuentran a una distancia suficiente de toda explotación en la que se haya confirmado un brote de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5.
(6)
Con objeto de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y evitar la imposición de obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países, es necesario describir rápidamente a nivel de la Unión, en colaboración con Italia, el Reino Unido y Luxemburgo las nuevas zonas de protección y de vigilancia establecidas en dichos Estados miembros de conformidad con la Directiva 2005/94/CE. Por tanto, deben modificarse las zonas de Italia y el Reino Unido que figuran en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, y deben insertarse en dicho anexo nuevas zonas correspondientes a Luxemburgo.
(7)
En consecuencia, debe modificarse el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 para actualizar la regionalización a nivel de la Unión, con el fin de incluir las nuevas zonas de protección y de vigilancia establecidas de conformidad con la Directiva 2005/94/CE, así como la duración de las restricciones aplicables en ellas.
(8)
Además, la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 es de aplicación hasta el 30 de junio de 2017. Debido a los brotes actuales confirmados en Italia, el Reino Unido y Luxemburgo, seguirán manteniéndose después de esa fecha las medidas que deben aplicar dichos Estados miembros en las nuevas zonas de su territorio que figuren en el anexo de dicha Decisión de Ejecución. Conviene, por tanto, prolongar el período de aplicación de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 hasta el 31 de diciembre de 2017, habida cuenta de las medidas que deben aplicarse en estos tres Estados miembros y en caso de que tengan lugar nuevos brotes de gripe aviar altamente patógena en la Unión.
(9)
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 en consecuencia.
(10)
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 se modifica como sigue:
1)En el artículo 5, la fecha «30 de junio de 2017» se sustituye por «31 de diciembre de 2017».
2)El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2017.
Por la Comisión
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión
_________________________
(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.
(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(3) Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 de la Comisión, de 9 de febrero de 2017, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 36 de 11.2.2017, p. 62).
(4) Directiva 2005/94/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la influenza aviar y por la que se deroga la Directiva 92/40/CEE (DO L 10 de 14.1.2006, p. 16).
(5) Decisión de Ejecución (UE) 2017/417 de la Comisión, de 7 de marzo de 2017, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 63 de 9.3.2017, p. 177).
(6) Decisión de Ejecución (UE) 2017/554 de la Comisión, de 23 de marzo de 2017, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 79 de 24.3.2017, p. 15).
(7) Decisión de Ejecución (UE) 2017/696 de la Comisión, de 11 de abril de 2017, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 101 de 13.4.2017, p. 80).
(8) Decisión de Ejecución (UE) 2017/780 de la Comisión, de 3 de mayo de 2017, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 116 de 5.5.2017, p. 30).
(9) Decisión de Ejecución (UE) 2017/819 de la Comisión, de 12 de mayo de 2017, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247, sobre las medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar altamente patógena en determinados Estados miembros (DO L 122 de 13.5.2017, p. 76).
ANEXO
.
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/247 se modifica como sigue:
1)La parte A se modifica como sigue:
a)la entrada correspondiente a Italia se sustituye por el texto siguiente:
«Estado miembro: Italia
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 29, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE
—Comune di CERESARA: a Sud Est di SP7 e a Nord-Est di SP6
—Comune di GOITO: a ovest di SP19, a sud-ovest di Strada le Fabbriche, ad ovest di Strada Lorenzina-Costa, a nord-ovest di Strada Torre, a ovest della SP 236; a Est di SP7; a Nord Est di SP6
24.6.2017»
b)se inserta la siguiente entrada correspondiente a Luxemburgo después de la correspondiente a Italia y antes de la correspondiente a Hungría:
«Estado miembro: Luxemburgo
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 29, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE
Sandweiler; Schuttrange; Munsbach; Schrassig; Uebersyren; Mullendorf; Steinsel; Hollenfels; Ansembourg; Marienthal; Bour; Trintingerthal; Welscheid; Kehmen; Scheidel; Oetrange; Moutfort; Medingen; Contern; Muehlbach; Burden; Warken; Ettelbruck; Grentzingen; Niederfeulen; Oberfeulen; Schoos; Angelsberg; Kehlen; Nospelt; Dondelange; Keispelt; Meispelt; Kopstal; Lenningen; Lintgen; Gosseldange; Prettingen; Lorentzweiler; Hunsdorf; Beringen; Rollingen; Reckange-Mersch; Mersch;Schoenfels; Mertzig; Senningen 28.6.2017»
c)la entrada correspondiente al Reino Unido se sustituye por el texto siguiente:
«Estado miembro: Reino Unido
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 29, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE
The area of the parts of the country of Norfolk (ADNS code 00154) contained within a circle with a radius of three kilometres and centred on WGS84 dec. coordinates N52.3722 and E1.1643 26.6.2017»
2)La parte B se modifica como sigue:
a)la entrada correspondiente a Italia se sustituye por el texto siguiente:
«Estado miembro: Italia
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE
—
Comune di CASTEL GOFFREDO: a est di strada Brughiere
—
Comune di CASTELLUCCHIO: a nord di SP 10
—
Comune di CAVRIANA: a sud di SP13 e SP15, a sud di Via Monte Pagano
—
Comune di CERESARA: a Nord Ovest di SP7 e ad sud-ovest di SP6
—
Comune di GAZOLDO DEGLI IPPOLITI
—
Comune di GIUDIZZOLO
—
Comune di GOITO: a Ovest di SP7; a Sud Ovest di SP6; a est di SP19, a nord-est di Strada le Fabbriche, ad est di Strada Lorenzina-Costa, a sud-est di Strada Torre, a est della SP 236
—
Comune di MARMIROLO
—
Comune di MEDOLE: a sud di SP8
—
Comune di PIUBEGA
—
Comune di PORTO MANTOVANO
—
Comune di RODIGO
—
Comune di ROVERBELLA: a Ovest Via Monfalcone, di via M. Sabotino, Strada Bassa Belvedere, di via Vittorio Veneto, Strada Fienili, SR62
—
Comune di VALEGGIO SUL MINCIO: a sud di località Cornesel, a sud di località Pittarnella, ad ovest di località Turchetti
—
Comune di VOLTA MANTOVANA
3.7.2017
—
Comune di CERESARA: a Sud Est di SP7 e a Nord-Est di SP6
—
Comune di GOITO: a ovest di SP19, a sud-ovest di Strada le Fabbriche, ad ovest di Strada Lorenzina-Costa, a nord-ovest di Strada Torre, a ovest della SP 236; a Est di SP7; a Nord Est di SP6
Del 25.6.2017 al 3.7.2017»
b)se inserta la siguiente entrada correspondiente a Luxemburgo después de la correspondiente a Italia y antes de la correspondiente a Hungría:
«Estado miembro: Luxemburgo
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE
Das Hoheitsgebiet von Luxemburg mit der Ausnahme von:
Sandweiler; Schuttrange; Munsbach; Schrassig; Uebersyren; Mullendorf; Steinsel; Hollenfels; Ansembourg; Marienthal; Bour; Trintingerthal; Welscheid; Kehmen; Scheidel; Oetrange; Moutfort; Medingen; Contern; Muehlbach; Burden; Warken; Ettelbruck; Grentzingen; Niederfeulen; Oberfeulen; Schoos; Angelsberg; Kehlen; Nospelt; Dondelange; Keispelt; Meispelt; Kopstal; Lenningen; Lintgen; Gosseldange; Prettingen; Lorentzweiler; Hunsdorf; Beringen; Rollingen; Reckange-Mersch; Mersch;Schoenfels; Mertzig; Senningen 5.7.2017
Sandweiler; Schuttrange; Munsbach; Schrassig; Uebersyren; Mullendorf; Steinsel; Hollenfels; Ansembourg; Marienthal; Bour; Trintingerthal; Welscheid; Kehmen; Scheidel; Oetrange; Moutfort; Medingen; Contern; Muehlbach; Burden; Warken; Ettelbruck; Grentzingen; Niederfeulen; Oberfeulen; Schoos; Angelsberg; Kehlen; Nospelt; Dondelange; Keispelt; Meispelt; Kopstal; Lenningen; Lintgen; Gosseldange; Prettingen; Lorentzweiler; Hunsdorf; Beringen; Rollingen; Reckange-Mersch; Mersch;Schoenfels; Mertzig; Senningen Del 29.6.2017 al 5.7.2017»
c)la entrada correspondiente al Reino Unido se sustituye por el texto siguiente:
«Estado miembro: Reino Unido
Superficie que comprende:
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE
The area of the parts of Norfolk County (ADNS code 00154) contained within a circle with a radius of ten kilometres and extending beyond the protection zone in part A, centred on WGS84 dec. coordinates N52.3722 and E1.1643 26.6.2017
The area of the parts of Norfolk County (ADNS code 00154) contained within a circle with a radius of three kilometres and centred on WGS84 dec. coordinates N52.3722 and E1.1643 Del 27.6.2017 al 5.7.2017»
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