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Documento DOUE-L-2017-80071

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) nº 569/2014 de la Comisión, de 23 de mayo de 2014, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1389/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido tricloroisocianúrico originario de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 1225/2009 del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 17, de 21 de enero de 2017, páginas 52 a 52 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80071

TEXTO ORIGINAL

En la página 80, en el título:

donde dice:

«[…] que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1389/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido tricloroisocianúrico originario de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1225/2009 del Consejo»,

debe decir:

«[…] que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1389/2011 del Consejo, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido tricloroisocianúrico originario de la República Popular China tras una reconsideración para un nuevo exportador en virtud del artículo 11, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1225/2009 del Consejo».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/01/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 569/2014, de 23 de mayo (Ref. DOUE-L-2014-81085).
Materias
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • Productos químicos

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