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Documento DOUE-L-2017-80029

Decisión (Euratom) 2017/76 del Consejo, de 21 de noviembre de 2016, por la que se aprueba la celebración por la Comisión Europea, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 12, de 17 de enero de 2017, páginas 22 a 23 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80029

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 101, párrafo segundo,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra (en lo sucesivo, «AEA»), se firmó el 16 de junio de 2008 y entró en vigor el 1 de junio de 2015 (1).

(2)

La República de Croacia se convirtió en Estado miembro de la Unión el 1 de julio de 2013.

(3)

De conformidad con el artículo 6, apartado 2, párrafo segundo, del Acta de 2012 relativa a las condiciones de adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, la adhesión de Croacia al AEA debe aprobarse mediante la celebración de un Protocolo de dicho AEA entre el Consejo, por unanimidad y en nombre de los Estados miembros, y el tercer país de que se trate.

(4)

El 24 de septiembre de 2012, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Bosnia y Herzegovina para la celebración de un protocolo del AEA.

(5)

Dichas negociaciones concluyeron con éxito y el 18 de julio de 2016 se rubricó el Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo, «Protocolo»).

(6)

El Protocolo trata materias que entran en el ámbito de competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(7)

Procede aprobar la celebración por la Comisión, en nombre de Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Protocolo en lo que respecta a las materias que son competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(8)

La firma y la celebración del Protocolo son objeto de un procedimiento separado en lo que respecta a materias reguladas por el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba la celebración por la Comisión Europea, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (2).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 21 de noviembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. PLAVČAN

___________

(1) DO L 164 de 30.6.2015, p. 2.

(2) Véase la página 3 del presente Diario Oficial.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Decisión 2017/75, de 21 de noviembre (Ref. DOUE-L-2017-80028).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Bosnia Herzegovina
  • Certificados de origen
  • Comunidad Europea
  • Cooperación comercial
  • Cooperación internacional
  • Croacia
  • Derechos arancelarios
  • Unión Europea

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