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Documento DOUE-L-2016-82395

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/1015 de la Comisión, de 17 de junio de 2016, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de 1-naftilacetamida, ácido 1-naftilacético, cloridazona, fluacifop-P, fuberidazol, mepicuat y tralcoxidim en determinados productos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 340, de 15 de diciembre de 2016, páginas 72 a 72 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-82395

TEXTO ORIGINAL

En la página 21, en el anexo, punto 2:

donde dice:

«2)

Se suprimen del anexo III, parte B, las columnas correspondientes a las sustancias 1-naftilacetamida, ácido 1-naftilacético, cloridazona, fluacifop-P, fuberidazol, mepicuat y tralcoxidim.»

debe decir:

«2)

Se suprimen del anexo III, parte A, las columnas correspondientes a las sustancias 1-naftilacetamida, ácido 1-naftilacético, cloridazona, fluacifop-P, fuberidazol, mepicuat y tralcoxidim.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/12/2016
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2016/1015, de 17 de junio (Ref. DOUE-L-2016-81136).
Materias
  • Plaguicidas
  • Productos agrícolas
  • Productos alimenticios
  • Residuos
  • Sustancias peligrosas

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