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Documento DOUE-L-2016-81881

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 284, de 20 de octubre de 2016, páginas 41 a 41 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-81881

TEXTO ORIGINAL

En la página 86, artículo 5, apartado 1, párrafo primero:

donde dice:

«1. Ni el auditor legal o sociedad de auditoría que realice la auditoría legal de una entidad de interés público, ni los miembros de la red de la que forme parte el auditor legal o sociedad de auditoría, podrán prestar dentro de la Unión, directa o indirectamente, a la entidad auditada, a su empresa matriz o a las empresas que controle, los servicios prohibidos ajenos a la auditoría durante:»,

debe decir:

«1. Ni el auditor legal o sociedad de auditoría que realice la auditoría legal de una entidad de interés público, ni los miembros de la red de la que forme parte el auditor legal o sociedad de auditoría, podrán prestar, directa o indirectamente, a la entidad auditada, a su empresa matriz o a las empresas que controle dentro de la Unión, los servicios prohibidos ajenos a la auditoría durante:».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/10/2016
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 537/2014, de 16 de abril (Ref. DOUE-L-2014-81090).
Materias
  • Auditoría de Cuentas
  • Contabilidad
  • Control de calidad
  • Estados financieros

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