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Documento DOUE-L-2016-81409

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1322 de la Comisión, de 1 de agosto de 2016, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Kolokasi Sotiras/Kolokasi-Poulles Sotiras (DOP)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 209, de 3 de agosto de 2016, páginas 7 a 7 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-81409

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) nº 1151/2012, la solicitud de registro de la denominación «Κολοκάσι Σωτήρας»/«Κολοκάσι-Πούλλες Σωτήρας» (Kolokasi Sotiras/Kolokasi-Poulles Sotiras) presentada por Chipre, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) nº 1151/2012, procede registrar la denominación citada.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrada la denominación «Κολοκάσι Σωτήρας»/«Κολοκάσι-Πούλλες Σωτήρας» (Kolokasi Sotiras/Kolokasi-Poulles Sotiras) (DOP).

La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.6. Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados, conforme al anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) nº 668/2014 de la Comisión (3).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Věra JOUROVÁ

Miembro de la Comisión

(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2) DO C 105 de 19.3.2016, p. 12.

(3) Reglamento de Ejecución (UE) nº 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de 2014, que establece las normas de desarrollo del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 179 de 19.6.2014, p. 36).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Chipre
  • Denominaciones de origen
  • Legumbres perennes

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