EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 15 de abril de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/219/PESC (1), relativa a la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali), que tiene una validez de 24 meses a partir de la fecha de inicio de EUCAP Sahel Mali.
(2)
El 19 de enero de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/76 (2), por la que se modificó la Decisión 2014/219/PESC, se dio inicio a EUCAP Sahel Mali el 15 de enero de 2015 y se le asignó un importe de referencia hasta el 14 de enero de 2016.
(3)
Conviene modificar la Decisión 2014/219/PESC, con objeto de incluir un nuevo importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 15 de enero de 2016 y el 14 de enero de 2017.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2014/219/PESC se modifica como sigue:
1)
En el artículo 14, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Mali desde el 15 de enero de 2016 hasta el 14 de enero de 2017 será de 14 850 000 EUR.».
2)
En el artículo 14, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. Todos los gastos se gestionarán con arreglo a los procedimientos y las normas aplicables al presupuesto general de la Unión. La participación de personas físicas y jurídicas en las adjudicaciones de licitaciones de la EUCAP Sahel Mali estará abierta sin limitaciones. Además, no se aplicará ninguna norma de origen a los productos adquiridos por la EUCAP Sahel Mali. Previa aprobación de la Comisión, la EUCAP Sahel Mali podrá celebrar acuerdos técnicos con Estados miembros, con el Estado anfitrión, con terceros Estados participantes y otros agentes internacionales en relación con el suministro de equipos, servicios y locales a la EUCAP Sahel Mali.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Se aplicará a partir del 15 de enero de 2016.
Hecho en Bruselas, el 18 de enero de 2016.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
___________
(1) Decisión 2014/219/PESC del Consejo, de 15 de abril de 2014, relativa a la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali) (DO L 113 de 16.4.2014, p. 21).
(2) Decisión (PESC) 2015/76 del Consejo, de 19 de enero de 2015, por la que se inicia la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali) y se modifica la Decisión 2014/219/PESC (DO L 13 de 20.1.2015, p. 5).
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