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Documento DOUE-L-2014-83233

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 110/2014, de 16 de mayo de 2014, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.

Publicado en:
«DOUE» núm. 310, de 30 de octubre de 2014, páginas 82 a 82 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83233

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Procede ampliar la cooperación de las Partes contratantes del Acuerdo EEE para incluir el Reglamento (UE) no 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones no 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (1).

(2)

Para hacer posible esta cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2014, es preciso modificar en consecuencia el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 4 del Protocolo 31 del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1)

Después del apartado 2m, se inserta el texto siguiente:

«2n.

Con efecto a partir del 1 de enero de 2014, los Estados de la AELC participarán en el programa siguiente:

32013 R 1288: Reglamento (UE) no 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa “Erasmus+”, de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones no 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).»

.

2)

El apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

«Los Estados de la AELC contribuirán financieramente, de conformidad con el artículo 8, apartado 1, letra a), del presente Acuerdo, a los programas y acciones mencionados en los apartados 1, 2, 2a, 2b, 2c, 2d, 2e, 2f, 2g, 2h, 2i, 2j, 2k, 2l, 2m y 2n.»

.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2).

Se aplicará a partir del 1 de enero de 2014.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 2014.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Gianluca GRIPPA

_________

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 50.

(2) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/05/2014
  • Fecha de publicación: 30/10/2014
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2014.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Protocolo 31 del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Educación
  • Espacio Económico Europeo
  • Juventud
  • Programas

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