Está Vd. en

Documento DOUE-L-2014-81065

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 231/2013, de 13 de diciembre de 2013, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 154, de 22 de mayo de 2014, páginas 32 a 33 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81065

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 de la Comisión, de 17 de octubre de 2011, por el que se establecen requisitos comunes para la prestación de servicios de navegación aérea y se modifican el Reglamento (CE) no 482/2008 y el Reglamento (UE) no 691/2010 (1).

(2) El Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 deroga el Reglamento (CE) no 2096/2005 de la Comisión (2), incorporado al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1) En el punto 66wf [Reglamento (CE) no 482/2008 de la Comisión], se añade el texto siguiente:

«, modificado por: — 32011 R 1035: Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 de la Comisión, de 17 de octubre de 2011 (DO L 271 de 18.10.2011, p. 23).».

2) En el punto 66xa [Reglamento (UE) no 691/2010 de la Comisión], se añade el siguiente guion:

«— 32011 R 1035: Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 de la Comisión, de 17 de octubre de 2011 (DO L 271 de 18.10.2011, p. 23).».

3) Después del punto 66xb [Reglamento de Ejecución (UE) no 1034/2011 de la Comisión], se inserta el siguiente punto:

«66xc. 32011 R 1035: Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 de la Comisión, de 17 de octubre de 2011, por el que se establecen requisitos comunes para la prestación de servicios de navegación aérea y se modifican el Reglamento (CE) no 482/2008 y el Reglamento (UE) no 691/2010 (DO L 271 de 18.10.2011, p. 23).».

4) Se suprime el texto del punto 66x [Reglamento (CE) no 2096/2005].

Artículo 2

Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

______

(1) DO L 271 de 18.10.2011, p. 23.

(2) DO L 335 de 21.12.2005, p. 13.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2013, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*), o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 229/2013, de 13 de diciembre de 2013 (1), o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 163/2011, de 19 de diciembre de 2011 (2) si alguna de estas fuese posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2013.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Thórir IBSEN

_______

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

(1) Véase la página 28 del presente Diario Oficial.

(2) DO L 76 de 15.3.2012, p. 51.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/12/2013
  • Fecha de publicación: 22/05/2014
  • Entrada en vigor: 14 de diciembre de 2013, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Navegación aérea

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid